Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2018 (13/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 13 de enero de 2018

NORMAS LEGALES
INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO

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En Soles 1 : Recursos Ordinarios 38 495 510,00 ------------ TOTAL INGRESOS 38 495 510,00 ===========

viene realizando en el marco de la visita de su Santidad el Papa Francisco al Perú en el presente año; Que, mediante Oficio N° 01-2018-GOREMAD/GR, el Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios solicita la incorporación en su presupuesto institucional del presente año, de los recursos que le fueron transferidos mediante Decreto Supremo N° 292-2017-EF, no ejecutados al cierre del año fiscal 2017, hasta por la suma de CATORCE MIL Y 00/100 SOLES (S/ 14 000,00), a fin de dar continuidad a las actividades que viene realizando en el marco de la visita de su Santidad el Papa Francisco al Perú en el presente año; Que, a través del Oficio N° 005-2018-MDH, la Municipalidad Distrital de Huanchaco solicita la incorporación en su presupuesto institucional del presente año, de los recursos que le fueron transferidos mediante Decreto Supremo N° 319-2017-EF, no ejecutados al cierre del año fiscal 2017, hasta por la suma de CIENTO VEINTE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 120 679,00), a fin de dar continuidad a las actividades que viene realizando en el marco de la visita de su Santidad el Papa Francisco al Perú en el presente año; Que, con Oficio N° 001-2018-A-MSS, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco solicita la incorporación en su presupuesto institucional del presente año, de los recursos que le fueron transferidos mediante Decreto Supremo N° 319-2017-EF, no ejecutados al cierre del año fiscal 2017, hasta por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 2 797 463,00), a fin de dar continuidad a las actividades que viene realizando en el marco de la visita de su Santidad el Papa Francisco al Perú en el presente año; Que, mediante Oficio N° 003-2018-MPT-ALCALDIA, la Municipalidad Provincial de Tambopata solicita la incorporación en su presupuesto institucional del presente año, de los recursos que le fueron transferidos mediante los Decretos Supremos N°s 292 y 319-2017EF, no ejecutados al cierre del año fiscal 2017, a fin de dar continuidad a las actividades y proyectos que viene realizando en el marco de la visita de su Santidad el Papa Francisco al Perú en el presente año; Que, con Oficio N° 03-2018-MPT/A, la Municipalidad Provincial de Trujillo, solicita la incorporación en su presupuesto institucional del presente año, de los recursos que le fueron transferidos mediante Decreto Supremo N° 319-2017-EF, no ejecutados al cierre del año fiscal 2017, a fin de dar continuidad a las actividades que viene realizando en el marco de la visita de su Santidad el Papa Francisco al Perú en el presente año; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar un Crédito Suplementario hasta por la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 38 495 510,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales mencionados en los considerados precedentes, para financiar la continuidad de las actividades vinculadas a la visita de Su Santidad el Papa Francisco al Perú del 18 al 21 de enero del presente año; De conformidad con lo establecido en el literal d) de la Quincuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 38 495 510,00) a favor de los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales señalados en la parte considerativa, para ser destinados al financiamiento de las intervenciones a cargo de dichos pliegos vinculadas a la visita de Su Santidad el Papa Francisco al Perú del 18 al 21 de enero del presente año, de acuerdo al siguiente detalle:

GASTOS: SECCIÓN PRIMERA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros TOTAL GOBIERNO CENTRAL : GOBIERNO CENTRAL : Gobierno Nacional 1 : Recursos Ordinarios 34 036 371,00 280 184,00 ------------34 316 555,00 =========== En Soles SECCIÓN SEGUNDA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL GOBIERNOS REGIONALES PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros TOTAL GOBIERNOS LOCALES TOTAL INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL GASTOS: :Gobiernos Locales 1 : Recursos Ordinarios 3 104 900,00 1 060 055,00 --------------4 164 955,00 =========== 4 178 955,00 =========== 38 495 510,00 =========== : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS : Gobiernos Regionales 1 : Recursos Ordinarios 14 000,00 ----------14 000,00 =========

1.2 Los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos del Crédito Suplementario por pliegos, se detallan en los Anexos N°s 1, 2 y 3, respectivamente, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en el presente Crédito Suplementario, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirán a la Unidad