Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2005 (26/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 26 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion extraordinaria de la fecha, sin las intervenciones de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, por encontrarse de vacaciones y de licencia, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, a partir del 26 de junio del 2005, al senor MORDAZA MORDAZA Capurro MORDAZA en el cargo de Juez Titular del Juzgado Especializado en lo Penal de la Provincia de Ascope, y actual Vocal Provisional de la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

quia comprendidos en la MORDAZA judicial es al cumplir 70 anos de edad; Que, al respecto, del informe Nº 025-2005-GPEJGG/PJ, remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asi como de la MORDAZA de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, nombrado mediante Resolucion Suprema Nº 005-91-JUS del 15 de enero de 1991, nacio el 26 de junio de 1935, y en consecuencia el dia 26 de junio del presente ano cumplira setenta (70) anos de edad; razon por la que corresponde disponer su cese por limite de edad, de conformidad con la precitada normatividad, asi como en el inciso a) del articulo 35º del Decreto Legislativo Nº 276, concordado con el articulo 186º, inciso a), del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion extraordinaria de la fecha, sin las intervenciones de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, por encontrarse de vacaciones y de licencia, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE:

SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA 11514 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 141-2005-CE-PJ MORDAZA, 23 de junio del 2005 SS. VISTO: El Informe Nº 025-2005-GPEJ-GG/PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular de la Cor te Super ior de Justicia de Apurimac; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 245º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial establece que el cargo de Magistrado termina: 1) Por muerte; 2) Por cesantia o jubilacion; 3) Por renuncia desde que es aceptada; 4) Por destitucion dictada en el correspondiente procedimiento; 5) Por separacion de cargo; 6) Por incurrir en incompatibilidad; y 7) Por inhabilitacion fisica o mental comprobada; Que, la Ley Nº 27367, de fecha 4 noviembre del 2000, que desactivo las Comisiones Ejecutivas del Poder Judicial y del Ministerio Publico y establecio el Consejo Transitorio del Poder Judicial y el Consejo Transitorio del Ministerio Publico, en su MORDAZA Disposicion Final prescribe que los Vocales Supremos y Fiscales Supremos cesan definitivamente al cumplir los setenta anos, precisando que dicha disposicion se aplicara a los Magistrados que ingresen al Poder Judicial y al Ministerio Publico con posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Ley; Que, por consiguiente, resulta MORDAZA que lo dispuesto en la Ley Nº 27367 solo es de aplicacion al caso de los Vocales Supremos y Fiscales Supremos, por lo que el cese de los Magistrados de menor jerarWALTER MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA 11515 Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, a partir del 26 de junio del 2005, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Juez Titular del Juzgado Mixto de Abancay del Distrito Judicial de Apurimac; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ilicitos penales en agravio de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de la Contraloria General
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 298-2005-CG MORDAZA, 23 de junio de 2005 Visto, el Informe Especial Nº 186-2005-CG/ZC, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, periodo 1996 2001; y,