Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2005 (26/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Nº DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS

NORMAS LEGALES
DERECHOS DE PAGO % de UIT Automatico Evaluacion Previa Posi- Negativo tivo

MORDAZA, MORDAZA 26 de junio de 2005
DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD RECURSOS IMPUGNATORIOS APRUEBA 1. Recurso de--dirigido--al plazo--dias
2. Autoridad que resuelve--en plazo--dias 3. Acompanar los requisitos ---

Los Informes Ad Hoc que presenten Observaciones, de ser levandatas dentro de los 90 dias utiles. En el caso de no ser subsanables, estas observaciones contenidas en los informes Ad Hoc se declararan cargas por el verificador Responsable en el formulario o en hojas adicionales, de acuerdo al Articulo 32º del Decreto Supremo Nº 0082000-MTC Se permitira en la MORDAZA de los planos, el uso de otras escalas para Proyectos especiales o de gran envergadura, debidamente sustentados en la memoria descriptiva. Los Planos indicados en los incisos 6.4 y 6.5 deberan adjuntarse tambien en medio magnetico (Autocad) CERTIFICADO DE LEVANTAMIENTO DE CARGAS Base Legal *Ley 27157 20/7/99 *D.S. 008-2000-MTC 17/2/00 Titulo de propiedad que acredite la adquisicion de espacios de estacionamiento o Recibo de Pago cancelado por concepto de deficit de espacios de estacionamiento. 1.- Formato de Solicitud 2.- Documentacion que acredite el levantamiento de carga: Nº de Licencia de Obra en los casos de Demolicion y modificatorias del proyecto y copias autenticadas de los planos aprobados 1.- APELACION al Gerente Municipal 10 dias habiles. 2.- Resuelve: El Gerente Municipal Derecho de Tramite 4.63% 15 Jefatura de Autorizaciones y Gestion Documentaria Gerencia MORDAZA 1.-RECONSIDERACION al Gerente de 2.- Resuelve al Gerente de Desarrollo MORDAZA 15 dias habiles. 3.- Requisitos: Nueva prueba instrumental firmada por un abogado.

de Desarrollo Desarrollo MORDAZA 10dias habiles.

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Inician MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 272 San MORDAZA de Lurigancho, 8 de junio de 2005 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Informe N° 016-2005-CEPAD/MDSJL, de fecha 27 de MORDAZA del 2005, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, el Organo de Control Institucional de esta Municipalidad ha emitido el Informe N° 006-2004-2-2184, denominado "Examen Especial de Verificacion de Recomendaciones, periodo 2002-2003", senalando en el numeral 1) de sus conclusiones la existencia de ocho procesos administrativos prescritos al haberse vencido los tiempos de ley, inclusive al 31-ENE-2004, establecidos por los articulos 163º y 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, hecho que tiene como causa el incumplimiento de la convocatoria por parte del Presidente de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, a los demas miembros de dicha comision, para la calificacion y graduacion de las faltas en cada caso (Observacion Nº 01); asimismo, en el numeral 2) de las conclusiones del informe Nº 0062004-2-2184, se senala la existencia de cinco procesos administrativos disciplinarios aperturados y prescritos al no haberse culminados dentro del plazo de treinta dias habiles y que tiene como causa el incumpli-

miento del Presidente de convocar a los demas miembros para la culminacion del MORDAZA iniciado (Observacion Nº 02); Que, en el numeral 1) de las recomendaciones del Informe N° 006-2004-2-2184, se recomienda disponer el inicio de los procesos administrativos disciplinarios para la aplicacion de las sanciones a los ex funcionarios involucrados en los hechos observados en el presente informe, de acuerdo a la graduacion de las responsabilidades establecidas, de conformidad con el Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico del Sector Publico, D.S. N° 005-90-PCM de 15-01-90 (Conclusiones Nºs. 1 y 2); Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolucion de Alcaldia N° 573 de fecha 7 de octubre del 2004, ha evaluado y analizado el Informe N° 006-2004-2-2184, encontrando merito suficiente para aperturar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios publicos de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, involucrados en las observaciones del citado informe, por los hechos que seguidamente se consignan; Que, respecto a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Huanay, MORDAZA MORDAZA Carhuaz Galloso y Yony MORDAZA MORDAZA, todos ex Presidentes de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, por el hecho de que hayan prescrito ocho (8) recomendaciones referidas a la apertura de procesos administrativos disciplinarios, al haberse vencido los tiempos de ley, inclusive al 31-ENE-2004, establecidos por los articulos 163º y 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, "Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa" (Observacion Nº 01). Los referidos procesos derivan de los siguientes informes: (1) 0012001-2-2184 "Examen Especial al Programa del Vaso de Leche, periodo 2000", responsable de su implantacion: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la CE-