Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2005 (26/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 26 de junio de 2005

Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 11477 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 553-2005-DE/EP MORDAZA, 20 de junio de 2005 Visto la Hoja de Recomendacion Nº 042/OAIE-JEMGE/A4 del 24 de MORDAZA del 2005, de la Oficina de Asuntos Internacionales del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales nombrar en Comision de Servicio al senor Tco. JS MVR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en la Conferencia Latinoamericana de Tecnicos Superiores - LATAM SEA 2005, a llevarse a cabo del 8 al 12 de agosto del 2005, en el Fuer te San MORDAZA, San MORDAZA, Texas, Estados Unidos de MORDAZA, por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru; Que, los gastos de alimentacion, alojamiento, transporte aereo internacional y otros seran cubiertos por el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de America; Que, el Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 5 de junio del 2002, establece que los viajes al extranjero que no irroguen ningun MORDAZA de gastos al Estado, seran autorizados mediante Resolucion del titular del sector correspondiente; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, y Articulo 3º del D.U. Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Ser vicio del senor Tco JS MVR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en la Conferencia Latinoamericana de Tecnicos Superiores LATAM SEA 2005, a llevarse a cabo del 8 al 12 de agosto del 2005, en el Fuerte San MORDAZA, San MORDAZA, Texas, Estados Unidos de America. Articulo 2º.- Los gastos de alimentacion, alojamiento, transporte aereo internacional y otros seran cubiertos por el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de America. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa -Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: TARIFA UNICA DE USO DE AEROPUERTO US$ 28.24 x 1 persona Articulo 4º.- El General de Ejercito Comandante General del Ejercito, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino del Nombramiento, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneraciones ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 11479

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Cesan por limite de edad a magistrados de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA y del Juzgado Mixto de Abancay
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 140-2005-CE-PJ MORDAZA, 23 de junio del 2005 VISTO: El informe Nº 024-2005-GPEJ-GG/PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del senor MORDAZA MORDAZA Capurro MORDAZA, Juez Titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 245º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial establece que el cargo de Magistrado termina: 1) Por muerte; 2) Por cesantia o jubilacion; 3) Por renuncia desde que es aceptada; 4) Por destitucion dictada en el correspondiente procedimiento; 5) Por separacion de cargo; 6) Por incurrir en incompatibilidad; y 7) Por inhabilitacion fisica o mental comprobada; Que, la Ley Nº 27367, de fecha 4 noviembre del 2000, que desactivo las Comisiones Ejecutivas del Poder Judicial y del Ministerio Publico y establecio el Consejo Transitorio del Poder Judicial y el Consejo Transitorio del Ministerio Publico, en su MORDAZA Disposicion Final prescribe que los Vocales Supremos y Fiscales Supremos cesan definitivamente al cumplir los setenta anos, precisando que dicha disposicion se aplicara a los Magistrados que ingresen al Poder Judicial y al Ministerio Publico con posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Ley; Que, por consiguiente, resulta MORDAZA que lo dispuesto en la Ley Nº 27367 solo es de aplicacion al caso de los Vocales Supremos y Fiscales Supremos, por lo que el cese de los Magistrados de menor jerarquia comprendidos en la MORDAZA judicial es al cumplir 70 anos de edad; Que, al respecto, del informe Nº 024-2005-GPEJGG/PJ, remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asi como de la MORDAZA de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el senor MORDAZA MORDAZA Capurro MORDAZA, nombrado mediante Resolucion Directoral Nº 113-76-DC del 17 de marzo de 1976, nacio el 26 de junio de 1935, y en consecuencia el dia 26 de junio del presente ano cumplira setenta (70) anos de edad; razon por la que corresponde disponer su cese por limite de edad, de conformidad con la precitada normatividad, asi como en el inciso a) del articulo 35º del Decreto Legislativo Nº 276, concordado con el articulo 186º, inciso a), del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el