Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2004 (29/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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Nº ORDEN DENOMINACION DEL SERVICIO

NORMAS LEGALES
REQUISITOS

MORDAZA, jueves 29 de enero de 2004
COSTO DEL SERVICIO (UIT) DEPENDENCIA AUTORIDAD DONDE SE QUE INICIA EL OTORGA EL TRAMITE SERVICIO

D.L. Nº 22155 Articulo 11º D.S. Nº 014-2003-MINCETUR Articulo 56º

- Ademas todos los documentos descritos en a) Nota: De no contar con alguno de los documentos descritos, podra presentar Declaracion Jurada, sin embargo de obtener el ingreso debera presentar al momento de la matricula todos los documentos solicitados, de lo contrario perdera este derecho. Solicitud dirigida al Director de la Escuela respectiva - Certificado de Estudios Superiores (originales) - Syllabus por curso (original) - Recibo de pago emitido por Tesoreria: - Hasta 3 Asignaturas - De 4 a 6 Asignaturas - De 7 a mas Asignaturas Administracion Turistica Administracion Hotelera Guias Oficiales de Turismo Titulados - Titulo Legalizado - Certificados de Estudios Original o Legalizados - Syllabus por Cursos Mesa de Partes Director de la Escuela

02

SOLICITUD DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS PARA TRASLADOS EXTERNOS Y/O POR TITULO PROFESIONAL (A NIVEL NACIONAL)

0.0138 0.0155 0.0444 0.0468 0.0444

D.L. Nº 22155 Articulo 11º D.S. Nº 014-2003-MINCETUR Articulo 56º

01886

Autorizan a empresa a proseguir explotacion de maquinas tragamonedas en local ubicado en la provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 047-2004-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 23 de enero de 2004 Visto, el Expediente Nº 000458-2002-MINCETUR, de fecha 29.8.2002, en el que la empresa Midas Inversiones S.A.C. solicita la renovacion de la autorizacion expresa para la explotacion de maquinas tragamonedas en la Sala de Juegos del Bingo: "Midas Palace" ubicada en el Jr. MORDAZA Dasso Nº 160, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se regula la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el pais; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27796, excepcionalmente las empresas que explotan maquinas tragamonedas en bingos y discotecas podran renovar la autorizacion expresa concedida por un periodo que no excedera del 31.12.2005; Que, al MORDAZA de la mencionada disposicion, la empresa Midas Inversiones S.A.C. solicita la renovacion de la autorizacion expresa para la explotacion de maquinas tragamonedas que fuera concedida mediante Resolucion Directoral Nº 219-2000-MITINCI/VMT/DNT; Que, de la evaluacion de la presente solicitud se advierte que la empresa cumple con los requisitos legales, financieros y tecnicos previstos en la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y Directivas, para acceder a la renovacion de la autorizacion expresa otorgada; Que, segun consta en el Informe Tecnico Nº 094-2003MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT/SDFCS-YGP, la sala de juegos cumple con las normas tecnicas de funcionamiento, encontrandose las maquinas tragamonedas y memorias de solo lectura contenidas en los Anexos I y II de la presente resolucion autorizadas y registradas (homologadas) por la Direccion Nacional de Turismo; Que, con relacion al cumplimiento de la distancia minima establecida en el articulo 5º de la Ley Nº 27153, modifi-

cada por la Ley Nº 27796, de los resultados del Informe Tecnico Nº 094-2003-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT/SDFCSYGP, se determino que en un radio de ciento cincuenta (150) metros de la sala de juegos no se encuentra instalada ninguna iglesia, centro de educacion inicial, primaria, secundaria o superior, cuarteles, comisarias y/o centros hospitalarios a que se refiere la MORDAZA MORDAZA indicada; Que, asimismo, la empresa cumple con adjuntar a su solicitud MORDAZA del Informe Tecnico de Seguridad de Detalle Nº 1178-2003, de fecha 22 de marzo del 2003, elaborado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), en el que se deja MORDAZA que la sala de juegos cumple con las condiciones de seguridad exigibles a este MORDAZA de establecimientos, con especial mencion de las estructuras, instalaciones electricas, electronicas y de proteccion contra incendio, entre otros; Que, de la evaluacion de la solvencia economica e idoneidad moral del solicitante y de los socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decision, contenida en el Informe Financiero Nº 006-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/CADTN, se advierte que la solicitante y las personas MORDAZA indicadas cumplen con los criterios de evaluacion establecidos en el articulo 15º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796 asi como en la Directiva Nº 004-2003MINCETUR/VMT/DNT; Que, en observancia de lo establecido en los articulos 19º y siguientes de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la solicitante ha cumplido con otorgar garantia por las obligaciones y sanciones derivadas de su aplicacion y en resguardo de los derechos de los usuarios y el Estado, la misma que se encuentra constituida por el Seguro de Caucion Nº J0009-00-2003, de fecha 18 de febrero del 2003, expedido por la Compania de Seguros de Credito y Garantias - SECREX; Que, en aplicacion de los Principios de Presuncion de Veracidad y de Privilegio de Controles Posteriores regulado en los numerales 1.7 y 1.16 del articulo IV de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", se presume la veracidad de la documentacion y/o informacion presentada, no obstante, la Administracion en ejercicio de su facultad de fiscalizacion prevista en el articulo 24º de la Ley Nº 27153, modificado por la Ley Nº 27796, se reserva el derecho de verificar su autenticidad y aplicar de ser el caso la sancion administrativa correspondiente; De conformidad con las Leyes Nºs. 27153, 27796 y 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" y el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Financiero Nº 006-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/CADTN, Tecnico Nº 094-2003MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT/SDFCS-YGP y Legal Nº 625-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR;