Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2019 (25/10/2019)
Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.
TEXTO DE LA PÁGINA 61
El Peruano / Viernes 25 de octubre de 2019
NORMAS LEGALES
61
Sexta.- La Gerencia de Administración Tributaria, deberá realizar las acciones de su competencia orientadas a la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, para lo cual contará con el apoyo de la Secretaría de Imagen Institucional para la difusión respectiva, de la Gerencia de Tecnologías de la Información para los respectivos procesos en el Sistema RECATRIB; así como de las demás áreas de la Municipalidad en lo que fuera pertinente. Séptima.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente normativa, pudiendo determinar la vigencia y/o derogación de los artículos de la presente Ordenanza; así como para establecer prórrogas en la vigencia de la misma. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese, y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1819773-3
MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Dejan sin efecto Acuerdo de Concejo N° 0212018/CDL que aprobó donación de terreno a favor del Poder Judicial del Perú
ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-2019/CDL Chosica, 28 de mayo de 2019 VISTO:
Municipalidad Distrital de Lurigancho, constituido por el Sub Lote 7B, con un área de 2,500.00 m², ubicado en la Mz. C, con frente a la Calle C de la Urbanización Nievería del distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 14092433 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP, ZONA REGISTRAL Nº IX Sede Lima, Oficina Registral Lima; Que, en la Sesión de Concejo de fecha 24 de mayo de 2018, donde se aprobó el precitado Acuerdo de Concejo, el Regidor Miguel Zevallos Salinas, tal como consta en Actas, expresó su posición para que se apoye con la donación, a fin que los vecinos puedan tener cercanía con el Poder Judicial del Perú; pero debería reservarse un área importante para un moderno local municipal donde se pueda otorgar los servicios municipales a los vecinos de Nievería, Cajamarquilla, Huachipa y Cerro Camote, además de acercar la Municipalidad a los vecinos de esas zonas; por lo que expresó en ese momento estar en desacuerdo con que se done toda el área antes mencionada; dejando constancia de su voto en ABSTENCIÓN; Que, en su pedido ante el Pleno del Concejo Municipal, el regidor Miguel Zevallos hace hincapié, respecto a que existe en un sector de los vecinos de la denominada parte baja del distrito la intención de desligarse del distrito de Lurigancho y conformar otro distrito, porque consideran que han estado desatendidos por el gobierno local en las décadas pasadas; por lo que considera imprescindible reservar un área amplia y suficiente para un complejo municipal que además de áreas administrativas incluya áreas para el desarrollo humano en la parte baja del distrito, en concordancia con el interés público, vecinal e institucional, y una visión integradora del distrito. Además, subrayó, a la fecha no se ha culminado con el proceso de transferencia, por lo que es necesario replantear la situación del predio ubicado en Calle C manzana C Sub lote 7 de la Urbanización Nievería; Estando a lo expuesto, con el correspondiente debate, tal como consta en Actas, y luego de sometido a votación, por MAYORÍA y con dos ABSTENCIONES, el Pleno del Concejo Municipal del Distrito de Lurigancho, conforme al artículo Nº 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; ACORDÓ
En Sesión de Concejo de la fecha, el pedido del señor regidor Miguel Ángel Zevallos Salinas, respecto a "LA APROBACIÓN PARA DEJAR SIN EFECTO EL ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-2018/CDL, QUE APROBÓ LA DONACIÓN A FAVOR DEL PODER JUDICIAL DEL PERÚ, UN TERRENO DE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO, CONSTITUIDO POR EL SUBLOTE 7B CON UN ÁREA DE 2,500.00 M², UBICADO EN LA MZ. C, CON FRENTE A LA CALLE C DE LA URBANIZACIÓN NIEVERÍA DEL DISTRITO DE LURIGANCHO". CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece, en su Artículo 194º, que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo señalado en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 1) del artículo Nº 10 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala como atribución de los regidores: "Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos"; Que, el numeral 8) del artículo Nº 9 de la misma ley establece como atribución del Concejo Municipal, "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos"; Que, además, el artículo Nº 41 de la Ley Nº 27972 señala que "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional"; Que, el Acuerdo de Concejo Nº 021-2018/CDL, por Mayoría Calificada, aprobó la donación a favor del Poder Judicial del Perú, un terreno de propiedad de la
Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 021-2018/CDL, que aprobó la donación a favor del Poder Judicial del Perú, un terreno de propiedad de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, constituido por el sub-lote 7B, con un área de 2,500.00 M², ubicado en la Mz. C. Con frente a la Calle C de la urbanización Nievería del distrito de Lurigancho. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal para que, a través de sus áreas competentes, elabore una nueva propuesta técnica, con la respectiva documentación sustentatoria, para la posterior donación a favor del Poder Judicial del Perú, estableciendo un área razonable en parte de uno de los sub lotes de terreno de propiedad de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, ubicado en la Calle C. Manzana C, sub lote 7B de la urbanización Nievería, Distrito de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Tercero.- Disponer su publicación y notificación correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 1820009-1
Dejan sin efecto Acuerdo de Concejo N° 0222018/CDL que aprobó donación de terreno a favor del Ministerio Público - Distrito Judicial de Lima Este
ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2019/CDL Chosica, 28 de mayo de 2019