Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2019 (25/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de octubre de 2019 /

El Peruano

Docente Contratado del Departamento Académico de Educación de la Facultad de Ciencias de la Educación de la UNSA, recomendando la autorización de viaje al extranjero con el financiamiento de seguro de viaje, viáticos e inscripción, para que participe como ponente en la "11 Conferencia Internacional de Tecnología Educativa y Computación" a desarrollarse del 28 al 31 de octubre del presente año, en la Ciudad de Ámsterdam- Holanda; adjuntando para tal efecto: a) Copia de las cartas de aceptación; suscritas por el Organizador del referido evento; b) Copia de la Resolución Subdirectoral Nº 2010-2019-SDRH de fecha 23 de setiembre del 2019, emitido por la Subdirectora de Recursos Humanos, por el que se autoriza el otorgamiento de la Licencia correspondiente para el solicitante, c) Copia de la Carta de Compromiso de la Dra. Olga Melina Alejandro Oviedo, quien se compromete asumir la carga lectiva y no lectiva del docente Benjamín Maraza Quispe mientras dure su licencia; d) Copia de la Carta de Compromiso de del Dr. Benjamín Maraza Quispe, mediante el cual se compromete a seguir laborando en la UNSA y dar a conocer lo aprendido en su viaje a Ámsterdam a toda la comunidad Agustina; e) Copia de la Carta de Compromiso Notarial de fechas 22 de agosto del 2019, mediante el cual, el docente declaran que en el plazo máximo de 01 año después de concluida la Ponencia con fines de investigación, deberá publicar sus trabajos de investigación en revista indexada (Reconocida por la base SCOPUS.WEBSCIENCE), y en caso de incumplimiento, autorizan el descuento correspondiente a través de la Oficina de Planillas de la Subdirección de Recursos Humanos; y, f) Copia del escrito del docente dirigido al Vicerrectorado de Investigación por el que señala que el monto de la inscripción correspondiente al Dr. Benjamín Maraza Quispe para asistir a dicho evento asciende a S/ 2198.20 Soles. Que, la participación del docente con su trabajo de investigación en el citado evento de Investigación, se encuentra enmarcada dentro de los fines de la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (...) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)". Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística, a través del "Formato de Tramite para Pasajes y Viáticos Internacionales" ha determinado el itinerario, seguro de viaje, inscripción y viáticos respectivos; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento, mediante Oficio Nº 1362-2019-OUPL-UNSA indica que revisado el presupuesto institucional se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, para atender el requerimiento efectuado. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 al Rectorado. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje del Dr. BENJAMÍN MARAZA QUISPE, Docente Contratado del Departamento Académico de Educación de la Facultad de Ciencias de la Educación de la UNSA, para que participe como ponente en la "11 Conferencia Internacional de Tecnología Educativa y Computación" a desarrollarse del 28 al 31 de octubre del presente año, en la Ciudad de ÁmsterdamHolanda. Segundo.- Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del mencionado docente, la Certificación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados, según siguiente detalle: - Itinerario - Fecha de Viaje : Arequipa-Lima-Houston-AmsterdamHouston-Lima-Arequipa. : Del 24 de octubre al 03 de noviembre del 2019.

- Seguro de viaje : S/ 220.00 Soles. - Viáticos (6 días) : S/ 9,800.70 Soles. - Inscripción : S/ 2,198.20 Soles. Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada docente presentará un Informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y archívese. ANA MARÍA GUTIERRES VALDIVIA Vicerrectora Académica Rectora (e) 1819613-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fijan fecha de cierre del padrón electoral para el proceso de Elecciones Municipales Complementarias del distrito de Chipao 2020 y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN Nº 0168-2019-JNE Lima, veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve VISTOS el Decreto Supremo N° 171-2019-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 20 de octubre de 2019, con el cual se convoca a Elecciones Municipales Complementarias en el distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, y el Informe N° 108-2019-DGPID/JNE, presentado el 22 de octubre de 2019, por el director de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo del Jurado Nacional de Elecciones. ANTECEDENTES El proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, convocado mediante el Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, tuvo por finalidad la elección de las autoridades de los gobiernos regionales y municipalidades provinciales y distritales de toda la República para el periodo 2019-2022. Dicha elección se llevó a cabo el 7 de octubre de 2018, habiéndose declarado la nulidad en 12 distritos, entre ellos, el distrito de Chipao, ubicado en la provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho. Como consecuencia de la declaración de nulidad de elecciones, en 12 distritos, y en aplicación de lo previsto en el artículo 4 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM), se convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2019, mediante el Decreto Supremo N° 001-2019PCM. En los referidos comicios complementarios, realizados el 7 de julio de 2019, se declaró la nulidad de oficio de la elección en el distrito de Chipao, al haberse configurado una de las causales de nulidad previstas en el artículo 36 de la LEM, debido a que el ausentismo de los electores fue mayor al 50 % de los electores hábiles de dicha circunscripción. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo N° 171-2019-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 20 de octubre de 2019, el Presidente de la República ha convocado a Elecciones Municipales Complementarias en el distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, para el 29 de marzo de 2020, con la finalidad de elegir alcalde y regidores de dicha circunscripción para