Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2019 (25/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES ORGANISMOS EJECUTORES

Viernes 25 de octubre de 2019 /

El Peruano

ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
Designan Asesora de la Secretaría General del Archivo General de la Nación
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 205-2019-AGN/J Lima, 24 de octubre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2018-MC se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 500-2018MC se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Archivo General de la Nación, que contempla el cargo de confianza de Asesor de la Secretaría General del Archivo General de la Nación, el mismo que se encuentra vacante; Que, por convenir al servicio del Archivo General de la Nación, es necesario designar a la persona que asuma las funciones de dicho cargo; Con el visado del Área de Recursos Humanos, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de la Secretaría General; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N° 005-2018-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVE: Artículo 1. Designar, con efectividad al 28 de octubre de 2019, a la abogada Carol Jennifer Cuentas Jiménez en el cargo de confianza de Asesora de la Secretaría General del Archivo General de la Nación. Artículo 2. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Archivo General de la Nación (www.agn.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. OLINDA GRACIELA RENGIFO GARCÍA Jefa Institucional 1820151-1

por la Dirección de Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe N° 078-2019-OSINFOR/04.1.1 y el Proveído N° 098-2019-OSINFOR/04.1, emitidos por la Oficina de Planificación y Presupuesto; y el Informe Legal N° 173-2019-OSINFOR/04.2, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, encargado a nivel nacional de supervisar y fiscalizar el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque; Que, los Numerales 3.1 y 3.5 del Artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1085, señalan que son funciones del OSINFOR, supervisar y fiscalizar el cumplimiento de los títulos habilitantes otorgados por el Estado, las obligaciones y condiciones contenidas en ellos y en los planes de manejo respectivos; así como, dictar en el ámbito de su competencia, las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo; respectivamente; Que, el Artículo 6° del Decreto Legislativo N° 1220, Decreto Legislativo que establece las medidas para la lucha contra la tala ilegal (en adelante, Decreto Legislativo N° 1220), señala, entre otros, que todas las entidades del Estado coadyuvan con el Ministerio Público para el cumplimiento del citado Decreto Legislativo en el marco de sus competencias; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1220, establece que entre las medidas para fortalecer la lucha contra la tala ilegal en sede administrativa, diversas entidades públicas, incluido entre ellas el OSINFOR, pueden ordenar medidas cautelares previamente a la determinación de la responsabilidad de los administrados antes de iniciarse un procedimiento administrativo sancionador o en cualquier etapa del procedimiento, cuando ello resulte necesario para prevenir un daño irreparable al Patrimonio Forestal de la Nación en el marco de sus competencias; Que, el Artículo 23° del Reglamento del Procedimiento Administrativo Único del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre OSINFOR, aprobado mediante Resolución Presidencial N° 020-2017-OSINFOR (en adelante, el Reglamento del PAU), establece, que mediante decisión motivada, la autoridad instructora puede dictar las medidas cautelares que considere convenientes, antes o durante la instrucción del Procedimiento Administrativo Único (en adelante, el PAU), cuando exista peligro de daño a los recursos forestales y de fauna silvestre y/o afectación a los servicios ambientales provenientes del bosque; Que, mediante Resolución Presidencial N° 088-2018-OSINFOR se aprueba la "Directiva para la Activación de Alertas y Disposición de Medidas Cautelares antes del Inicio del Procedimiento Administrativo Único del OSINFOR", la cual tiene por objeto establecer los mecanismos para transmitir información oportuna relacionada con la presunta comisión de ilícitos penales ambientales (deforestación, tala ilegal y tráfico ilegal de producto forestal maderable), dirigidos principalmente a los funcionarios de las instituciones vinculadas al sector forestal y de fauna silvestre; Que, a través de los documentos de vistos, se sustenta que es necesario aprobar un nuevo procedimiento que regule las alertas forestales emitidas por el OSINFOR, en virtud de la casuística presentada durante las supervisiones y teniendo en cuenta el marco normativo establecido en la "Directiva de Control de Documentos del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR", aprobada por Resolución de Jefatura N° 042-2018-OSINFOR; Que, en ese sentido corresponde la emisión de un acto resolutivo a través del cual se deje sin efecto la Resolución Presidencial N° 088-2018-OSINFOR; y, consecuentemente, se apruebe el "Procedimiento para las alertas forestales emitidas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR";

ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE
Aprueban Procedimiento para las alertas forestales emitidas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, y dejan sin efecto la Directiva N° 006-2018-OSINFOR
RESOLUCIÓN DE JEFATURA N° 085-2019-OSINFOR Lima, 22 de octubre de 2019 VISTOS: El Memorándum N° 449-2019-OSINFOR/08.1, emitido por la Dirección de Supervisión Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorándum N° 458-2019-OSINFOR/08.3, emitido por la Dirección de Evaluación Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe N° 078-2019-OSINFOR/08.2, emitido