Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2019 (28/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 28 de agosto de 2019
Corte Superior de Justicia Junín Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Lima Piura

NORMAS LEGALES
Cantidad Máxima de Expedientes 500 100 100 100 100 100 100 100 100 500

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OO.JJ Origen 1º Juzgado de Trabajo - El Tambo 30º Juzgado de Trabajo - Lima 32º Juzgado de Trabajo - Lima 36º Juzgado de Trabajo - Lima 37º Juzgado de Trabajo - Lima 30º Juzgado de Trabajo - Lima 32º Juzgado de Trabajo - Lima 36º Juzgado de Trabajo - Lima 37º Juzgado de Trabajo - Lima

OO.JJ Destino Juzgado de Trabajo Transitorio - El Tambo 1º Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima 1º Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima 1º Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima 1º Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima 23º Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima 23º Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima 23º Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima 23º Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima

Juzgado Civil - Chu- Juzgado de Familia Transilucanas torio - Chulucanas

Artículo Sexto.- Precisar en relación a la redistribución de expedientes dispuesta en el literal h), artículo undécimo de la Resolución Administrativa Nº 258-2019-CE-PJ de fecha 25 de junio de 2019, que debe efectuarse desde el 1º y 3º Juzgados de Trabajo Permanentes de Tacna, hacia el Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga de la Corte Superior de Justicia de Tacna, ya que cuentan con la misma competencia funcional. Artículo Sétimo.- Disponer, a partir del 1 de setiembre y hasta el 31 de diciembre de 2019, las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Ancash: a) La ampliación de la competencia funcional de la Sala Laboral de la Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, para el trámite de expedientes laborales al amparo de la Ley Nº 26636 (LPT) y Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales (PCALP) con turno abierto, la cual a su vez continuará con el trámite de los procesos bajo el amparo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT). b) El cierre de turno de la Sala Civil de la Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, para el ingreso de expedientes laborales al amparo de la Ley Nº 26636 (LPT) y Procesos Contenciosos Administrativos Laborales y Previsionales (PCALP). c) Solicitar a la Corte Superior de Justicia de Ancash que realice las medidas administrativas correspondientes, para que la Sala Civil de dicha Corte Superior sincere los registros de su carga procesal. Artículo Octavo.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de La Libertad, Lima Norte, Lima Sur y Piura evalúen la idoneidad de los jueces a cargo de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios, a efectos de disponer su reemplazo, y de ser el caso, reemplazar al personal jurisdiccional asignado, debido al "bajo" nivel resolutivo que han presentado al mes de junio de 2019. Así como informar sobre dichas acciones al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en el más breve plazo.
Corte Nº Superior de Justicia Avance Real a junio 2019 27% 24% 25% 30% 38% Avance Ideal a junio 2019 45% 45% 45% 45% 45%

Órgano Jurisdiccional

1 La Libertad Juzgado de Trabajo Transitorio - Ascope Juzgado Civil Transitorio - Puente 2 Lima Norte Piedra 3 Lima Sur 4 Piura 5 Piura Juzgado de Familia Transitorio - Lurín Sala Laboral Transitoria - Piura Juzgado de Familia Transitorio Chulucanas

Artículo Noveno.- Ampliar, a partir del 1 de setiembre de 2019, la competencia territorial de los Juzgados de Familia Permanentes del Distrito y Provincia de Piura hasta el Distrito de Catacaos de la misma provincia, para el trámite de procesos de violencia familiar al amparo de la Ley Nº 30364 en apoyo al Juzgado Mixto Permanente de Catacaos. Artículo Décimo.- Disponer que el Juzgado Mixto de Catacaos, Distrito Judicial de Piura, remita al Juzgado Civil Transitorio de Catacaos la carga pendiente de la especialidad civil y de la especialidad correspondiente a la Ley Nº 26636, considerando aquellos expedientes que no encuentren expeditos para sentenciar al 31 de agosto de 2019. Artículo Undécimo.- Desestimar el pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios respecto a su solicitud de conversión a permanente del Juzgado Civil Transitorio de Tambopata, debiendo atenerse a lo dispuesto en el artículo noveno de la Resolución Administrativa Nº 224-2019-CE-PJ. Artículo Duodécimo.- Desestimar las solicitudes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Piura, respecto a la apertura de turno del Juzgado de Familia Transitorio de Chulucanas y el traslado del Juzgado Civil Transitorio de Catacaos hacia la Provincia de Paita. Artículo Decimotercero.- Desestimar la solicitud de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali respecto a la asignación de un Juzgado Mixto Transitorio en el Distrito de Constitución, Provincia de Oxapampa, para que en adición a su función se desempeñe como Juzgado de Investigación Preparatoria, debiendo dicha presidencia disponer las acciones correspondientes para mejorar el nivel resolutivo del Juzgado Mixto de Puerto Inca. Artículo Decimocuarto.- Disponer que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Apurímac verifique e informe al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en un plazo máximo de quince días calendario, las razones por las cuales el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Andahuaylas ha resuelto menos de la mitad de los expedientes resueltos por el Juzgado Civil Permanente de la misma provincia, pese a que ambos juzgados tienen el mismo Cuadro para Asignación de Personal de seis plazas. Artículo Decimoquinto.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac adopte las acciones administrativas pertinentes para que el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Andahuaylas mejore su nivel resolutivo, debiendo informar sobre dichas acciones al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Artículo Decimosexto.- Disponer que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Huaura informe al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en un plazo máximo de quince días calendarios respecto a las razones por las cuales el 2º y 3º Juzgados Civiles Permanentes de Huacho tienen bajo nivel resolutivo; así como el elevado número de improcedencias que registran el 1º y 3º Juzgados Civiles Permanentes de Huacho, el cual equivale aproximadamente al 27% y 34% de lo resuelto por dichos juzgados civiles. Artículo Decimosétimo.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura adopte las acciones pertinentes y necesarias para que los tres juzgados civiles permanentes y el Juzgado Civil Transitorio de Huacho mejoren su nivel resolutivo, debiendo informar sobre dichas acciones al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Artículo Decimoctavo.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justiciad de La Libertad adopte las acciones necesarias para mejorar el nivel resolutivo del 4º y 7º Juzgados de Paz Letrado Civiles Permanentes de Trujillo y del Juzgado Civil Permanente del Distrito de San Pedro de Lloc; debiendo informar sobre esto al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Artículo Decimonoveno.- Disponer que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La Libertad informe al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en