Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2019 (28/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de agosto de 2019 /

El Peruano

la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada Intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Nº 005-2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Arequipa, al trabajador que se indica a continuación:
Nº 1 REG. APELLIDOS Y NOMBRES

1934 ACOSTA APONTE, HÉCTOR FERNANDO

b) Al mes de junio de 2019, el Juzgado Mixto Permanente de la Provincia de Canchis, Corte Superior de Justicia de Cusco, presenta una carga procesal pendiente de 299 expedientes, los cuales provienen de expedientes de las especialidades laboral y civil equivalentes al 63% y 37% respectivamente; además, como este órgano jurisdiccional no cuenta con procesos pendientes penales en liquidación, debería convertirse en juzgado civil. c) A efecto de dinamizar el nivel resolutivo del actual Juzgado Mixto Permanente y el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Canchis, se concuerda con lo solicitado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco en cuanto a la redistribución de procesos entre ambos órganos jurisdiccionales. Tercero. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1040-2019 de la trigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir, a partir del 15 de setiembre de 2019, el Juzgado Mixto Permanente de la Provincia de Canchis, Corte Superior de Justicia de Cusco, como 2° Juzgado Civil Permanente de la misma provincia y Corte Superior, el cual tendrá competencia funcional para tramitar los procesos laborales y los de familia correspondiente a "Violencia contra las Mujeres e integrantes del Grupo Familiar" de la Ley N° 30364, manteniendo su actual competencia territorial. Artículo Segundo.- Modificar, a partir del 15 de setiembre de 2019, la denominación del Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Canchis, Corte Superior de Justicia de Cusco, como 1° Juzgado Civil Permanente de la misma provincia y Corte Superior; el cual tendrá competencia funcional para tramitar los procesos civiles y de familia que no estén relacionados con la Ley N° 30364, manteniendo su actual competencia territorial. Artículo Tercero.- Disponer, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución administrativa, el cierre de turno del 1° Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Canchis para recibir expedientes de "Violencia contra las Mujeres e integrantes del Grupo Familiar" de la Ley N° 30364. Artículo Cuarto.- Disponer, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución administrativa, el cierre de turno del 2° Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Canchis para recibir expedientes de la especialidad civil y los de familia que no estén relacionados con la Ley N° 30364. Artículo Quinto.- La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco deberá disponer que entre los dos juzgados civiles de la Provincia de Canchis, se efectúe la redistribución de expedientes principales en etapa de trámite según las especialidades indicadas en los artículos primero y segundo de la presente resolución administrativa; con excepción de aquellos expedientes que al 14 de setiembre de 2019 se encuentren expeditos para sentenciar, o, de corresponder, tengan vista de causa programada entre 15 de setiembre y el 31 de octubre de 2019. Artículo Sexto.- Disponer que la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cusco efectúe las coordinaciones pertinentes con la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, a fin que se disponga la redistribución de los expedientes en calidad de Reserva y Ejecución del actual Juzgado Mixto Permanente de la

Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS OCTAVIO ROJAS CHÁVEZ Intendente Regional (e) Intendencia Regional Arequipa 1801102-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Convierten juzgado mixto como 2° Juzgado Civil Permanente de la provincia de Canchis, Corte Superior de Justicia de Cusco, y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 342-2019-CE-PJ Lima, 21 de agosto de 2019 VISTO: El Oficio N° 465-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, que adjunta el Informe N° 050-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial; así como el Oficio N° 1974-2019-P-CSJCU/PJ, de la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cusco. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cusco mediante Oficio 1974-2019-P-CSJCU/ PJ, que adjunta el Informe N° 089-2019-UPD-GAD-CSJCUPJ elaborado por el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la citada Corte Superior, refiere que los procesos civiles no son atendidos con la celeridad debida, dado que el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Canchis atiende con prioridad los procesos de violencia familiar; por lo que solicita la redistribución de procesos entre el Juzgado Civil Permanente y el Juzgado Mixto Permanente, ambos de la Provincia de Canchis. Segundo. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial mediante Oficio N° 465-2019-OPJ-CNPJ-CEPJ, elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 050-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual informó lo siguiente: a) Al mes de junio de 2019, el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Canchis, Corte Superior de Justicia de Cusco, presenta una carga procesal de 1,602 expedientes, de los cuales el 79% pertenecen a expedientes de la especialidad familia y de estos últimos, el 77% provienen de procesos de violencia familiar; además, este órgano jurisdiccional presentaría a diciembre de 2019 una carga estimada de 2,605 expedientes, evidenciando un estado de "sobrecarga procesal".