Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2019 (28/08/2019)
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NORMAS LEGALES
Miércoles 28 de agosto de 2019 /
El Peruano
Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, el numeral 85.1 del artículo 85 del mencionado Texto Único Ordenado establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en dicha Ley, además que la desconcentración de competencia puede ser vertical u horizontal: La primera es una forma organizativa de desconcentración de la competencia que se establece en atención al grado y línea del órgano que realiza las funciones, sin tomar en cuenta el aspecto geográfico; y la segunda es una forma organizativa de desconcentración de la competencia que se emplea con el objeto de expandir la cobertura de las funciones o servicios administrativos de una entidad; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412 se aprueba la Ley de Gobierno Digital, estableciendo que la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Gobierno Digital es el Ente Rector en materia de Gobierno Digital; Que, la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 052-2008-PCM; tienen por objeto regular la utilización de la firma electrónica otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita u otra análoga que conlleve manifestación de voluntad, entendiéndose por firma electrónica a cualquier símbolo basado en medios electrónicos utilizado o adoptado por una parte con la intención precisa de vincularse o autenticar un documento cumpliendo todas o algunas de las funciones características de una firma manuscrita; Que, a través del Decreto Supremo N° 026-2016PCM, se aprueban medidas para el fortalecimiento de la infraestructura oficial de firma electrónica y la implementación progresiva de la firma digital en el Sector Público y Privado; incorporándose el Reconocimiento de Entidades de Certificación que cumplan con estándares técnicos internacionales o sellos de confianza internacionales, así como la creación del Registro Oficial de Prestadores de Servicios de Certificación Digital; Que, el Ministerio de Salud y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC suscribieron el 27 de junio de 2019 el "Contrato de Prestación de Servicios de Certificación Digital Certificado Clase III Persona Jurídica", precisando en su cláusula segunda, entre otros, que el representante de la persona jurídica debidamente acreditada, será quien realice la solicitud del certificado digital y el registro o verificación de su identidad; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA, modificado por Decretos Supremos N°s. 011-2017SA y 032-2017-SA, la Oficina General de Tecnologías de la Información es el órgano de apoyo del Ministerio de Salud, dependiente de la Secretaría General, responsable de implementar el gobierno electrónico, implementar y gestionar los sistema de información del Ministerio; administrar la información estadística y científica en salud del Sector Salud; realizar la innovación y desarrollo tecnológico, así como del soporte de los equipos informáticos del Ministerio de Salud. Asimismo, es responsable de establecer soluciones tecnológicas, sus especificaciones, estándares; diseñar, desarrollar y mejorar las plataformas informáticas de información en el Sector Salud. Asimismo, establece requerimientos técnicos para la adquisición, aplicación, mantenimiento y uso de soluciones tecnológicas, en el ámbito de competencia del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0052019/MINSA, modificada por Resolución Ministerial N° 043-2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 371-
2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 524-2019/ MINSA y Resolución Ministerial N° 710-2019/MINSA, se delega en diversos funcionarios del Ministerio de Salud, aquellas facultades y atribuciones que no sean privativas del/de la Ministro/a de Salud, conforme a lo establecido por la Ley N° 29158; Que, a través del Informe N° 063-2019-OGTIOIDT/MINSA, la Oficina General de Tecnologías de la Información OGTI, solicita la modificación de la Resolución Ministerial N° 005-2019/MINSA modificada por Resolución Ministerial N° 043-2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 371-2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 524-2019/MINSA y Resolución Ministerial N° 710-2019/MINSA, a fin que se le delegue la facultad correspondiente para gestionar la emisión y cancelación de Certificados Digitales para el uso de autenticación y firma digital en el marco del Contrato de Prestación de Servicios de Certificación Digital Certificado Clase III Persona Jurídica; Que, mediante Informe N° 113-2019-OOM-OGPPM/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable respecto de la solicitud de delegación formulada por la Oficina General de Tecnologías de la Información OGTI, señalando que la misma tiene coherencia con sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del MINSA; Con el visado del Director General de la Oficina General de Tecnologías de la Información, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada por Ley N° 30895, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA, modificado por Decretos Supremos N°s. 011-2017-SA y 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorporar el Artículo 6-A a la Resolución Ministerial N° 005-2019/MINSA, modificada por Resolución Ministerial N° 043-2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 371-2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 524-2019/MINSA y Resolución Ministerial N° 710-2019/ MINSA, con el siguiente tenor: "Artículo 6-A.- Delegación de facultades al/a la Directora/a General de la Oficina General de Tecnologías de la Información OGTI Delegar durante el Año Fiscal 2019, al/a la Director/a General de la Oficina General de la Información OGTI del Ministerio de Salud, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Pliego 01: Ministerio de Salud: Gestionar la emisión y cancelación de Certificados Digitales para el uso de autenticación y firma digital en el marco del Contrato de Prestación de Servicios de Certificación Digital Certificado Clase III Persona Jurídica. El ejercicio de la presente delegación supone el cumplimiento de las obligaciones conexas establecidas en el mencionado contrato y normativa vigente aplicable. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1801862-1