Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2019 (28/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de agosto de 2019 /

El Peruano

Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, el numeral 85.1 del artículo 85 del mencionado Texto Único Ordenado establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en dicha Ley, además que la desconcentración de competencia puede ser vertical u horizontal: La primera es una forma organizativa de desconcentración de la competencia que se establece en atención al grado y línea del órgano que realiza las funciones, sin tomar en cuenta el aspecto geográfico; y la segunda es una forma organizativa de desconcentración de la competencia que se emplea con el objeto de expandir la cobertura de las funciones o servicios administrativos de una entidad; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412 se aprueba la Ley de Gobierno Digital, estableciendo que la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Gobierno Digital es el Ente Rector en materia de Gobierno Digital; Que, la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 052-2008-PCM; tienen por objeto regular la utilización de la firma electrónica otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita u otra análoga que conlleve manifestación de voluntad, entendiéndose por firma electrónica a cualquier símbolo basado en medios electrónicos utilizado o adoptado por una parte con la intención precisa de vincularse o autenticar un documento cumpliendo todas o algunas de las funciones características de una firma manuscrita; Que, a través del Decreto Supremo N° 026-2016PCM, se aprueban medidas para el fortalecimiento de la infraestructura oficial de firma electrónica y la implementación progresiva de la firma digital en el Sector Público y Privado; incorporándose el Reconocimiento de Entidades de Certificación que cumplan con estándares técnicos internacionales o sellos de confianza internacionales, así como la creación del Registro Oficial de Prestadores de Servicios de Certificación Digital; Que, el Ministerio de Salud y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC suscribieron el 27 de junio de 2019 el "Contrato de Prestación de Servicios de Certificación Digital Certificado Clase III ­ Persona Jurídica", precisando en su cláusula segunda, entre otros, que el representante de la persona jurídica debidamente acreditada, será quien realice la solicitud del certificado digital y el registro o verificación de su identidad; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA, modificado por Decretos Supremos N°s. 011-2017SA y 032-2017-SA, la Oficina General de Tecnologías de la Información es el órgano de apoyo del Ministerio de Salud, dependiente de la Secretaría General, responsable de implementar el gobierno electrónico, implementar y gestionar los sistema de información del Ministerio; administrar la información estadística y científica en salud del Sector Salud; realizar la innovación y desarrollo tecnológico, así como del soporte de los equipos informáticos del Ministerio de Salud. Asimismo, es responsable de establecer soluciones tecnológicas, sus especificaciones, estándares; diseñar, desarrollar y mejorar las plataformas informáticas de información en el Sector Salud. Asimismo, establece requerimientos técnicos para la adquisición, aplicación, mantenimiento y uso de soluciones tecnológicas, en el ámbito de competencia del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0052019/MINSA, modificada por Resolución Ministerial N° 043-2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 371-

2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 524-2019/ MINSA y Resolución Ministerial N° 710-2019/MINSA, se delega en diversos funcionarios del Ministerio de Salud, aquellas facultades y atribuciones que no sean privativas del/de la Ministro/a de Salud, conforme a lo establecido por la Ley N° 29158; Que, a través del Informe N° 063-2019-OGTIOIDT/MINSA, la Oficina General de Tecnologías de la Información ­ OGTI, solicita la modificación de la Resolución Ministerial N° 005-2019/MINSA modificada por Resolución Ministerial N° 043-2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 371-2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 524-2019/MINSA y Resolución Ministerial N° 710-2019/MINSA, a fin que se le delegue la facultad correspondiente para gestionar la emisión y cancelación de Certificados Digitales para el uso de autenticación y firma digital en el marco del Contrato de Prestación de Servicios de Certificación Digital Certificado Clase III ­ Persona Jurídica; Que, mediante Informe N° 113-2019-OOM-OGPPM/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable respecto de la solicitud de delegación formulada por la Oficina General de Tecnologías de la Información ­ OGTI, señalando que la misma tiene coherencia con sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del MINSA; Con el visado del Director General de la Oficina General de Tecnologías de la Información, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada por Ley N° 30895, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA, modificado por Decretos Supremos N°s. 011-2017-SA y 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorporar el Artículo 6-A a la Resolución Ministerial N° 005-2019/MINSA, modificada por Resolución Ministerial N° 043-2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 371-2019/MINSA, Resolución Ministerial N° 524-2019/MINSA y Resolución Ministerial N° 710-2019/ MINSA, con el siguiente tenor: "Artículo 6-A.- Delegación de facultades al/a la Directora/a General de la Oficina General de Tecnologías de la Información ­ OGTI Delegar durante el Año Fiscal 2019, al/a la Director/a General de la Oficina General de la Información ­ OGTI del Ministerio de Salud, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Pliego 01: Ministerio de Salud: Gestionar la emisión y cancelación de Certificados Digitales para el uso de autenticación y firma digital en el marco del Contrato de Prestación de Servicios de Certificación Digital Certificado Clase III ­ Persona Jurídica. El ejercicio de la presente delegación supone el cumplimiento de las obligaciones conexas establecidas en el mencionado contrato y normativa vigente aplicable. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1801862-1