Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2018 (12/07/2018)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

58

NORMAS LEGALES

Jueves 12 de julio de 2018 /

El Peruano

n) del Artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría la "Tipificación de Infracciones Administrativas y Escala de Sanciones aplicables al incumplimiento de las obligaciones de los responsables de la recuperación y reconversión de áreas degradadas por residuos, en el ámbito del Decreto Legislativo N° 1278", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Artículo 2°.Los interesados podrán remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA, ubicado en la avenida Faustino Sánchez Carrión 603, 607 y 615 del distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, o mediante la dirección electrónica tipificacionresiduossolidos@oefa.gob.pe, en un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1669125-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen la redistribución aleatoria de expedientes tramitados con el Código de Procedimientos Penales de 1940, en casos de impedimento legal, suspensión, licencia, vacaciones u otros motivos que determinen la ausencia del juez del Primer Juzgado Penal Nacional
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 156-2018-CE-PJ Lima, 30 de mayo de 2018 VISTOS: Los Informes Nros. 001 y 004-2018-P-SPN-PJ, remitidos por la señorita Presidenta de la Sala Penal Nacional, que contienen el pedido y propuesta para establecer un procedimiento para el llamamiento del juez que conocerá los procesos cuyo trámite se encuentra bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de 1940. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Informe N° 001-2018-P-SPNPJ, la señorita Presidenta de la Sala Penal Nacional hace de conocimiento lo siguiente: i) Por resolución del 13 de junio de 2016, el Colegiado "C" de la Sala Penal Nacional declaró nulas las sentencias de fecha 4 de noviembre de 2013, que absolvió a Mauro Carhuallanqui Carhuamaca, Nelson Elmer Matute Rosales, Maravin Boyer Murga Beltrán, Diana Ruth Fernández

Rodríguez, Nadia Peña Fasanando, Filomena Gómez Sajami, Lázaro Marcañaupa Huamán, Aldo Armando Hinostroza Rondón, Henry Danis Oré Castañodil, Martín Eduardo Oré Castañodil, Melchor Miguel Gonzáles Rosas y Segundo Agustín Sahami Shapiama, como cómplices en el delito de contrabando agravado; y, con fecha 30 de enero de 2014, se absolvió a Biomais Regina Salvatierra Márquez y Aldo Carlos Carhuallanqui Porras como autores del delito de contrabando agravado, en perjuicio del Estado, disponiendo remitir los autos a otro juez penal, a fin que se pronuncie conforme a sus atribuciones. ii) En cumplimiento de lo ordenado por la Sala Superior, se derivó el expediente al Primer Juzgado Penal Nacional que despacha el Juez Especializado Rafael Martínez Vargas, quien expidió la resolución del 23 de diciembre de 2016, fijando el 27 de enero de 2017 a horas tres de la tarde, para el acto de lectura de sentencia, con los apercibimientos de ley. iii) El mismo 27 de enero de 2017, el referido juez emitió el auto que declaró infundada la nulidad formulada por el encausado Carhuallanqui Porras contra las resoluciones del 23 de diciembre de 2016 y 19 de enero de 2017, respectivamente, programando la audiencia de lectura de sentencia, señalando fecha para que informe oralmente el abogado solicitante, en la vista de la causa. De otro lado, se declaró infundada la nulidad presentada por los encausados Oré Castañodil contra la resolución del 23 de diciembre de 2016 que fijó audiencia para la expedición y lectura de sentencia: finalmente rechazó in limine la recusación presentada por el encausado Carhuallanqui Porras contra el Juez Martínez Vargas, por su actuación en el proceso materia de informe. iv) La defensa del procesado Aldo Carlos Carhuallanqui Porras interpuso recurso de apelación contra la resolución del 27 de enero de 2017; por lo que, el Colegiado "E" de la Sala Penal Nacional, por auto del 30 de octubre de 2017, revocó la resolución venida en grado, en el extremo que rechaza la recusación formulada por Carhuallanqui Porras contra el Juez Martínez Vargas; y, reformándola la declaró procedente, disponiendo la remisión de los actuados a otro juez de igual clase, para que emita el pronunciamiento final en la citada causa. v) Por resolución del 11 de enero de 2018, el Juez del Primer Juzgado Penal Nacional, Rafael Martínez Vargas, dispuso que los autos sean remitidos en el día a la Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales Nacionales para los fines de ley; dependencia que elevó a la Presidencia el Informe N° 02-2018-MPUJPM-EMVS, del 12 de enero del año en curso; y, vi) Por el incremento de la carga procesal en los Juzgados de Investigación Preparatoria Nacional, se dispuso la conversión y funcionamiento de nuevos órganos jurisdiccionales para el nuevo Modelo Procesal Penal; atendiendo a que en la transición del proceso penal, el Primero, Segundo y Tercer Juzgados Penales Nacionales, cuyo trámite se encuentra regulado por el Código de Procedimientos Penales de 1940, afrontaban una carga por debajo de los estándares mínimos requeridos para su funcionamiento. Razón por la cual, mediante la Resolución Administrativa N° 155-2016-CEPJ se convirtió el Segundo Juzgado Penal Nacional en Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional; así como, el Tercer Juzgado Penal Nacional en Sexto Juzgado Penal Unipersonal; y, el Primer Juzgado Penal Nacional asumió, a exclusividad, todos los procesos tramitados bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940. En tal sentido, de lo informado por la señorita Presidenta de la Sala Penal Nacional se tiene que a la fecha, dicho órgano jurisdiccional sólo cuenta con el Primer Juzgado Penal Nacional, a cargo del Juez Rafael Martín Martínez Vargas, para la tramitación de los procesos bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de 1940. No obstante ello, en el proceso seguido contra Aldo Carlos Carhuallanqui Porras y otros por delito de contrabando agravado en perjuicio del Estado, Expediente N° 406-2007-0, ha sido recusado el mencionado juez; no existiendo juez hábil para asumir el conocimiento de dicha causa.