Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2018 (12/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Jueves 12 de julio de 2018 /

El Peruano

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el órgano competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo, y tiene la responsabilidad de elaborar y ejecutar los planes y programas nacionales sectoriales de desarrollo en materia de integración; representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y actúa como órgano de enlace entre el Gobierno peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia, llevando a cabo las negociaciones en materia de comercio exterior e integración; Que, el Perú es miembro integrante y participa activamente en la Alianza del Pacífico, bloque comercial integrado también por Colombia, Chile y México, cuyos objetivos son conformar un área de integración, que asegure plena libertad para la circulación de bienes, servicios, capitales y personas y consolidar una plataforma económica común con proyección al mundo, especialmente hacia el Asia; el MINCETUR y el Ministerio de Relaciones Exteriores son los representantes del Perú ante la referida iniciativa; Que, en la ciudad de Puerto Vallarta, Estados Unidos Mexicanos, del 21 al 24 de julio de 2018, se llevarán a cabo las siguientes reuniones: Coordinadores Nacionales, Grupo del Alto Nivel (GAN), Consejo de Ministros, Consejo de Ministros con Candidatos a Estado Asociado, Consejo de Ministros con Estados Observadores y la XIII Cumbre Presidencial de la Alianza del Pacífico, en cuyo marco Colombia transferirá la Presidencia Pro Tempore al Perú, para el período 2018-2019; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior, señor Edgar Manuel Vásquez Vela, ha solicitado que se autorice su viaje, para participar en las Reuniones del Grupo de Alto Nivel y del Consejo de Ministros, asimismo, considera conveniente autorizar el viaje del siguiente personal del Viceministerio de Comercio Exterior, que en representación del MINCETUR, prestará el correspondiente apoyo técnico en las reuniones de Coordinadores Nacionales, del Grupo de Alto Nivel y del Consejo de Ministros: señor José Eduardo Brandes Salazar, Director General de Negociaciones Comerciales Internacionales, señora Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor, señorita María Flavia Connearn Díaz, y señor Gerardo Antonio Meza Grillo; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Puerto Vallarta, Estados Unidos Mexicanos, del Viceministro de Comercio Exterior y del siguiente personal del Viceministerio de Comercio Exterior, para que, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en las reuniones de la Alianza del Pacífico a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, en las fechas siguientes:
Edgar Manuel Vásquez Vela del 20 al 25 de julio de 2018 José Eduardo Brandes Salazar Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor María Flavia Connearn Díaz Gerardo Antonio Meza Grillo del 20 al 24 de julio de 2018 del 21 al 24 de julio de 2018

de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Edgar Manuel Vásquez Vela, José Eduardo Brandes Salazar y Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor: Pasajes Aéreos (US$ 1 900,35 x 03 personas) : US$ 5 701,05 Viáticos (US$ 440,00 x 05 días x 03 personas) : US$ 6 600,00 María Flavia Connearn Díaz Pasajes Aéreos Viáticos (US$ 440,00 x 04 días) Gerardo Antonio Meza Grillo: Pasajes Aéreos Viáticos (US$ 440,00 x 03 días) : US$ 1 900,35 : US$ 1 760,00 : US$ 1 900,35 : US$ 1 320,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- Encargar a la abogada Liz Blanca Chirinos Cuadros, Viceministra de Turismo, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a partir del 20 de julio de 2018 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1667597-1

CULTURA
Disponen el ingreso libre al Museo Tumbas Reales de Sipán el día 20 de julio de 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 273-2018-MC Lima, 9 de julio de 2018 VISTOS, el Memorando Nº 310-2018-D-MTRS-PENLVMPCIC/MC del Director del Museo Tumbas Reales de Sipán; el Oficio Nº 205-2018-DE-UE005-PENL-VMPCIC/ MC de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp ­ Lambayeque; y el Informe Nº 900048-2018/ DGM/VMPCIC/MC emitido por la Dirección General de Museos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7 de la Ley antes citada, el Ministerio de Cultura tiene como función exclusiva, respecto a otros niveles de gobierno, propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo precedente, estarán a cargo del Ministerio