Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2018 (12/07/2018)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

18

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Jueves 12 de julio de 2018 /

El Peruano

900078-2018-DGIA/VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene entre sus funciones emitir opinión técnica y recomendación en materia de su competencia, tales como, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 82.15 del artículo 82 del ROF, la Dirección de Artes es la unidad orgánica encargada de emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 1072016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, conforme a lo previsto en el numeral 6.3 de la Directiva antes mencionada, se establece que excepcionalmente el Ministerio de Cultura, por razones debidamente justificadas, podrá otorgar reconocimientos póstumos, a propuesta del órgano competente de la entidad; Que, mediante Informe N° 900078-2018-DGIA/ VMPCIC/MC de fecha 22 de junio de 2018, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes hizo suyo el Informe N° 900144-2018-DIA/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 14 de junio de 2018, emitido por la Dirección de Artes, a través del cual se recomendó reconocer en el marco del Centenario de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, como "Personalidad Meritoria de la Cultura" a la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, a los señores Edmundo Gerardo Chávez López, Juan Alberto Quintanilla Del Mar, Enrique Gerardo Galdós Rivas, Juan Tomás Villacorta Paredes, Víctor Domingo Delfín Ramírez, Carlos Enrique Polanco Carbajal, así como a las señoras Lucy Edmee Angulo Lafosse y María del Rosario Noriega Ezcurra, y a Milner Gustavo José Cajahuaringa García, en reconocimiento póstumo a su contribución de las artes visuales y la cultura del Perú; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva N° 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 1072016-MC;

Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" a: · Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, en reconocimiento a su contribución en la formación de artistas visuales durante 100 años; y por haber inculcado en múltiples generaciones temas de importante valor estético y simbólico para la identidad nacional. · Edmundo Gerardo Chávez López, en reconocimiento a su contribución a las artes visuales, como artista peruano internacional y miembro de la `Promoción de Oro de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú'; y por difundir un repertorio en pintura que vincula las visiones del norte peruano con el mundo onírico y simbólico del Perú. · Juan Alberto Quintanilla Del Mar, en reconocimiento a su contribución a las artes visuales, como miembro de la `Promoción de Oro de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú', que vincula la tradición cusqueña con la experimentación constante, a través de diversos soportes como la pintura, el dibujo y la escultura. · Enrique Gerardo Galdos Rivas, en reconocimiento a su labor artística y como miembro de la `Promoción de Oro de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú'; y por establecer un repertorio visual donde la iconografía precolombina es ampliada y llevada a una dimensión global del Perú. · Milner Gustavo José Cajahuaringa García, en reconocimiento póstumo a su labor en vida como artista virtuoso del uso de la geometría, el simbolismo andino y los colores fuertes en la abstracción; como formador de muchos artistas visuales; y como miembro de la `Promoción de Oro de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú'. · Juan Tomás Villacorta Paredes, en reconocimiento a su contribución al desarrollo de la educación artística del país mediante la publicación de diversos textos educativos y como maestro de múltiples generaciones de educadores de las artes visuales en el Perú. · Víctor Domingo Delfín Ramírez, en reconocimiento a su contribución al desarrollo de la cultura peruana, como artista, gestor cultural, activista y por demostrar que el quehacer artístico es una manera de ejercer ciudadanía y los valores de una sociedad libre. · Lucy Edmee Angulo Lafosse, en reconocimiento a su destacado trabajo como artista y profesora, proponiendo en su obra una constante experimentación y reflexión del contexto nacional. · Carlos Enrique Polanco Carbajal, en reconocimiento a su trabajo como pintor y por desarrollar una apuesta vital donde la mirada expresionista se vincula con las escenas nocturnas de Lima realizando un constante comentario social donde la pintura domina la realidad peruana. · María del Rosario Noriega Ezcurra, en reconocimiento a su trabajo como pintora y por desarrollar una producción artística como herramienta a favor de la crítica social, tomando como referencia el arte rupestre, prehispánico, la pintura campesina y la iconografía del arte amazónico. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1668363-1