Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2016 (18/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Lunes 18 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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de levantamiento del secreto bancario, aprobada por Resolución SBS N° 1132-2015, en los siguientes términos: "Artículo 4º.- Recepción y trámite de las solicitudes de levantamiento del secreto bancario y envío a las empresas Las solicitudes de levantamiento del secreto bancario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 143° de la Ley General, se presentan mediante una comunicación escrita debidamente fundamentada, a la que se adjunta la documentación que sustenta el pedido. La comunicación de la autoridad competente debe indicar específicamente: a) El nombre completo o razón social de las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; y/o el número de cuenta, respecto de las cuales se solicita el levantamiento del secreto bancario. Se indicará el tipo y número de documento de identidad o RUC; nacionalidad y/o país de emisión del documento de identidad de personas extranjeras, en los casos en los que se cuente con esta información. b) La información que se solicita, el delito investigado y la identificación del caso, investigación o proceso por el que se solicita; así como el periodo específico de las operaciones pasivas respecto de las cuales se requiere información y la dirección actualizada a la que se remitirá la información solicitada. Cuando la solicitud es canalizada a través de la Superintendencia, esta envía el requerimiento a las empresas correspondientes, en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles. Artículo Segundo.- La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1405206-1

la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Oficio N° 078-2016-GRU-DIRESA-DGDEPROMS de fecha (r) 16 de Junio del 2016, el Director General de la Dirección Regional de Salud de Ucayali M.C. Mg. WALTER ROMAN LEVEAU BARTRA, invita al señor Alcalde CPC. Antonio Marino Panduro, en su calidad de Alcalde de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, a participar en el PRE FORO DE ALCALDES DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE, a realizarse en la ciudad de Santiago ­ Chile los días 25 y 26 de Julio del presente año; Que, con Memorándum N° 101-2016-MPCP-A de fecha 30.06.2016, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, solicita la opinión legal con la finalidad de poner a consideración del Pleno de Concejo el viaje al extranjero del Regidor Med. LUIS ALBERTO VICENTE YAYA, quien en representación Institucional participara en el PRE FORO DE ALCALDES DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE, según presupuesto para comisión de servicios establecidos en el anexo 01 sobre planilla de Viáticos y Pasajes al Extranjero; Que, la Sub Gerencia de Presupuesto mediante el Informe N° 2759-2016-MPCP-GPPR-SGPTO, de fecha 05.07.2016, emite Certificado de Crédito Presupuestario Nº 06, Secuencia 208 por la suma total de S/ 3,830.00 soles. (Tres Mil Ochocientos Treinta y 00/100 soles), de fecha 18.04.2016; Que, estando a lo dispuesto en el Acuerdo Nº 1572016 adoptado en Sesión Ordinaria Nº 013-2016-MPCP de fecha 07 de Julio del 2016, por unanimidad de votos de los miembros del Concejo Municipal, mediante Acuerdo de Concejo N° 072-2016-MPCP de fecha 09.07.2016, se aprobó el viaje del señor regidor en representación Institucional para participar del PRE FORO DE ALCALDES DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE; Que, estando a las facultades conferidas en virtud de lo dispuesto en el Art. 20º Inc. 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR los viáticos del señor regidor Med. LUIS ALBERTO VICENTE YAYA, en la suma de S/ 3,830.00 (Tres Mil Ochocientos Treinta y 00/100 Soles), para participar del PRE FORO DE ALCALDES DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE, a realizarse en la ciudad de Santiago ­ Chile los días 25 y 26 de Julio del presente año, la misma que se afectará a la Certificación de Crédito Presupuestario N° 06 secuencia N° 0355 de fecha 04.07.2016, con la siguiente Cadena Funcional Programática:
0355 INICIAL 9001 3999999 5000002 03 006 0007 CONDUCCION Y ORIENTACIÓN SUPERIOR 0036 DESARROLLAR EL PLANEAMIENTO DE LA GESTIÓN 5 07 FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL 5 GASTOS CORRIENTES 2.3 BIENES Y SERVICIOS 2.3.2 CONTRATACIÓN DE SERVICIOS 2.3.2 1 VIAJES 2.3.2 1.1 VIAJES INTERNACIONALES 2.3.2 1.1. 2 VIATICOS Y ASIGNACIONES POR COMISIÓN DE SERVICIO.

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO
Aprueban viáticos a regidor para participar en el Pre Foro de Alcaldes de América Latina y El Caribe, a realizarse en Chile
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 425-2016-MPCP Pucallpa, 8 de Julio del 2016 VISTO: El Expediente Externo N° 27837-2016 de fecha 21.06.2016, que contiene el Oficio N° 078-2016-GRUDIRESA-DG-DEPROMS de fecha (r) 16 de Junio del 2016; Memorándum N° 101-2016-MPCP-A de fecha 30.06.2016; el Informe 788-2016-MPCP-GM-GAJ de fecha 01.07.2016; Proveido N° 157-2016-MPCP-SES. ORD-GSG de fecha 08.07.2016 y; CONSIDERANDO: Que, el Art. II de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades se establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; Gerencia de Administración y Finanzas; y a la Sub Gerencia de Logística el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación del presente Acuerdo de Concejo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la notificación y distribución (mediante correo electrónico institucional) de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ANTONIO MARINO PANDURO Alcalde 1405429-1