Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2015 (07/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Miércoles 7 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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de la Unión Europea, además precisó que la participación se alinea con la visión de desarrollo que tiene el Sector Producción, el cual se encuentra plasmado en el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Producción ­ PESEM 2012-2016 en el Sub Sector Pesquería, en su Objetivo Estratégico Nº 06: "Fortalecer el ordenamiento de las actividades pesqueras y acuícolas con el enfoque ecosistémico"; Que, mediante el Oficio Nº 344-2015-SANIPES /DE del 22 de setiembre de 2015, la Dirección Ejecutiva del SANIPES confirmó la asistencia de la Directora Ejecutiva del SANIPES, la señora Diana Del Carmen García Bonilla, a la mencionada reunión, la cual se llevará a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica; Que, asimismo, teniendo en consideración que mediante la Resolución Ministerial Nº 392-2014-PRODUCE, se creó el grupo de Trabajo Multisectorial que coordinará la agenda integral de acuicultura que permitirá facilitar el surgimiento de nuevos motores en la economía e identificar cadenas de valor con potencial demanda en materia acuícola, con la finalidad de impulsar acciones vinculadas al Eje 1 del Plan Nacional de Diversificación Productiva (PNDP); "Promoción de la Diversificación Productiva", teniendo como objetivo fundamental contribuir a que la economía vaya generando otros sectores o actividades donde existan oportunidades exportadoras latentes que impulsen el crecimiento; Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece los casos excepcionales en que procede la autorización de viaje al exterior de los servidores y funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, considerando, entre otros supuestos, que cuando los viajes se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, se autorizarán mediante resolución del titular de la entidad; Que, la finalidad del viaje se enmarca dentro del supuesto de excepción citado en el considerado precedente, el mismo que se encuentra establecido en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30281, conforme al análisis efectuado en el Informe Nº 050-2015-SANIPES/DSNPA, la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola ­ DSNPA y el Informe N° 149-2015-SANIPES/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, ambos del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, toda vez que el viaje propuesto se relaciona con las negociaciones económicas y acciones de importancia para el Perú; Que, conforme al itinerario de viaje que obra en los antecedentes, resulta pertinente autorizar el viaje de la señora Diana Del Carmen García Bonilla, Directora Ejecutiva del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES, del 12 al 16 de octubre del 2015 a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos por concepto de pasajes y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, el viaje en comisión de servicios de la señora DIANA DEL CARMEN GARCÍA BONILLA, Directora Ejecutiva del Organismo Nacional de Sanidad

Pesquera - SANIPES, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 12 al 16 de octubre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer se encargue el puesto de Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, al señor ALDO POLAK CAVASSA, Secretario General del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, debiendo presentar la funcionaria comisionada la rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (FEE) Viáticos US$ 540 x 1 día : US$ : US$ 2,670.37 540.00

Gastos de instalación 2 días : US$ 1,080.00 ----------------------Total US$ 4,290.37 Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria comisionada en la presente Resolución Ministerial deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1296674-1

Autorizan viaje de funcionario del SANIPES a Bélgica, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 112-2015-SANIPES-DE Surquillo, 5 de octubre de 2015 VISTOS: El Informe N° 050-2015-SANIPES/ DSNPA de la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola; el Informe N° 74-2015-SANIPES/ OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 331-2015-SANIPES/OA-UCFT de la Unidad de Contabilidad Finanzas y Tesorería; el Informe N° 161-2015-SANIPES/URRHH de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe N° 045-2015-SANIPESOA de la Oficina de Administración; y el Informe N° 184-2015-SANIPES/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 30063, se creó el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; asimismo, establece que el citado Organismo tiene por objeto lograr una eficaz administración que establezca aspectos técnicos, normativos y de vigilancia en materia de inocuidad y de sanidad de los alimentos y de piensos de origen pesquero y acuícola, con la finalidad de proteger la salud pública, Que, por medio del Informe Nº 050-2015-SANIPES/ DSNPA, la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola del SANIPES, señala que en noviembre del 2008, debido a la confirmación de un brote de hepatitis A