Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2015 (07/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Miércoles 7 de octubre de 2015 /

El Peruano

funcionario de la Alta Dirección del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de Cebú, República de Filipinas, del 10 al 14 de octubre de 2015, para los fines a que se refiere los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, modificada por la Ley N° 28807; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM y el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, el viaje del señor Luis Antonio Gonzales Talledo, funcionario de la Alta Dirección del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de Cebú, República de Filipinas, del 10 al 14 de octubre de 2015, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos mediante el Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001, la que asumirá, con cargo a su presupuesto, los gastos que irrogue el mismo, de la siguiente manera: CONCEPTO Pasajes + FEE MONTO US$ US$ 4 000.00

Viáticos por 5 días = US$ 500.00 (x día) US$ 2 500.00 TOTAL US$ 6 500.00

Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el funcionario cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1, presente obligatoriamente un informe detallado a la titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el evento. Artículo 4.-. El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1296368-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 208-2015-IN Lima, 6 de octubre de 2015 VISTOS; el Mensaje con referencia 20151700059031/ GRUIN-WRV-25.14, de fecha 16 de setiembre de 2015, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Bogotá; y, el Memorándum Múltiple Nº 509-2015-DIRGEN-PNP/ EMP-OCNI, de fecha 28 de setiembre de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 092-2014-JUS, de fecha 2 de mayo de 2014, el Estado peruano accede

a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Felipe Díaz Rojas, formulada por el Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos contra la Confianza y la Buena Fe en los Negocios en la modalidad de Libramiento Indebido y contra el patrimonio ­ Estafa Genérica, en agravio de la Empresa de Transportes Acuña Sociedad de Responsabilidad Limitada, representada por Beatriz Acuña Mamani; y disponer su presentación por la vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante el Mensaje con referencia 20151700059031/GRUIN-WRV-25.14, de fecha 16 de setiembre de 2015, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Bogotá, hizo de conocimiento a la Oficina Central INTERPOL ­ Lima que, se ha concedido definitivamente la extradición activa del ciudadano peruano Felipe Díaz Rojas; motivo por el cual resulta pertinente se autorice el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Bogotá, República de Colombia, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 840-2015DIRGEN PNP/EMP-OCNI, de fecha 23 de setiembre de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior del país en comisión de servicios del 9 al 13 de octubre de 2015, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Carlos Humberto Benancio Cisneros y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Sandro Alberto Cuba Carpio, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que ejecuten la extradición activa mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Múltiple Nº 509-2015-DIRGENPNP/EMP-OCNI, de fecha 28 de setiembre de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidencia del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;