Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2015 (07/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Miércoles 7 de octubre de 2015 /

El Peruano

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de la empresa LINDA ENERGY S.A.C., que se identificará con el código Nº 26361915, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque Los Héroes 80 MW, para una capacidad instalada estimada de 80 MW, los cuales se realizarán en el distrito, provincia y departamento de Tacna, por un plazo de veintitrés (23) meses contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56) - Zona 19K: VÉRTICE 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 ESTE 358 562,0626 359 662,0626 360 109,6887 359 222,6707 359 248,1102 360 154,9965 360 845,8145 360 689,6202 359 339,5192 359 332,8814 358 562,0626 NORTE 8 009 580,0065 8 009 580,0065 8 009 300,3923 8 008 776,1609 8 008 733,1163 8 009 269,0900 8 008 564,1152 8 008 411,6991 8 008 523,3264 8 008 310,8305 8 008 310,0065

Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo 2 682

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Regístrese, comuníquese y publíquese. ENZO DEFILIPPI ANGELDONIS Viceministro de Economía 1296492-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesión temporal a favor de la empresa Linda Energy S.A.C. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de futura Central Solar Parque Los Héroes 80 MW
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 423-2015-MEM/DM Lima, 29 de setiembre de 2015 VISTO: El Expediente Nº 26361915 sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque Los Héroes 80 MW, presentado por LINDA ENERGY S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12966275 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, LINDA ENERGY S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2505273 de fecha 10 de junio de 2015, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque Los Héroes 80 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en el distrito, provincia y departamento de Tacna, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 475-2015-MEM/DGE-DCE, recomendando que se otorgue la concesión temporal; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM;

Artículo 3.- El concesionario está obligado a realizar los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, Resolución Directoral Nº 046-2010-EM/DGE y demás normas legales pertinentes. Artículo 4.- De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto del cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad y la presentación de los mismos, dentro del plazo que establece dicho Cronograma, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1294020-1

Otorgan concesión temporal a favor de la empresa Nueva Energy S.A.C. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de futura Central Solar Parque Gallinazos 2
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 424-2015-MEM/DM Lima, 29 de setiembre de 2015