Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2015 (15/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-2242006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, el administrado por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confiere el Grado Académico de Bachiller en Educación del Programa de Complementación Académica Magisterial PROCAM, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4° de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certificada por el Secretario General de la UNSAAC de la Resolución de Consejo Universitario que le confiere el Grado Académico de Bachiller en Educación PROCAM; 5) Publicación en el Diario El Sol del aviso de la pérdida de Grado Académico de Bachiller en Educación PROCAM; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, conforme a dicha petición, a través del Informe Nº 010-2015-GT la responsable de Rotulado de Diplomas de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaria General de la UNSAAC, informa que habiendo revisado la Base de Datos, se encuentra Don: Hugo Quispe Quispe, quien ha optado el Grado Académico de Bachiller en Educación del PROCAM, conforme obra en el Libro de Grados y Títulos Nº 12, inscrito en el folio Nº 1003, con Resolución Nº CU0628-2013-GT, de fecha 06 de marzo de 2013; Que, con lnforme-06-2015-PROCAM-FED-UNSAAC de fecha 06 de marzo 2015, el Director del Programa de Complementación Académica Magisterial, manifiesta que Don Hugo Quispe Quispe, con código 109470 es egresado del Programa de Complementación Académica Magisterial - PROCAM de la Facultad de Educación y según la Base de Datos del Centro de Cómputo y los Archivos que obran en el PROCAM, se encuentra en calidad de Egresado y con Diploma, en cumplimiento al Plan Curricular de Estudios del año 1996; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 17 de marzo de 2015; Que, en la Sesión Ordinaria de Consejo Universitario efectuada el 28 de abril de 2015, se puso a consideración del pleno la petición presentada por Don: Hugo Quispe Quispe, solicitando duplicado de Diploma que le confiere el Grado Académico de Bachiller en Educación del Programa de Complementación Académica Magisterial PROCAM de la Facultad de Educación, siendo aprobado por unanimidad de votos; Estando a lo solicitado, Ley 30281 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria 30220; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por el señor HUGO QUISPE QUISPE, sobre otorgamiento de Duplicado de Diploma que le confiere el Grado Académico de Bachiller en Educación del Programa de Complementación Académica Magisterial -PROCAM de la Facultad de Educación de la Institución. Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PÉRDIDA a favor de Don HUGO QUISPE QUISPE, confiriéndole el Grado Académico de BACHILLER EN EDUCACION PROCAM de la Facultad de Educación, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la

El Peruano Miércoles 15 de julio de 2015

presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaría General y el Área de Abastecimientos Auxiliares, deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO Rector 1262079-3 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-120- 2015-UNSAAC Cusco, 29 de abril del 2015 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el Expediente signado con Nº 508336, presentado por el señor JORGE EUDIS CRUZ SORNOZA, solicitando emisión de duplicado de diploma de Grado Académico de Magíster en Educación mención en Educación Superior, por motivo de deterioro, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas, a expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-2242006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, el administrado por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confiere el Grado Académico de Magíster en Educación con mención en Educación Superior, por motivo de deterioro, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 5° de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia expedida por Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 3) Copia Certificada por el Secretario General de la UNSAAC de la Resolución de Consejo Universitario que le confiere el Grado Académico de Magíster en Educación con mención en Educación Superior; 4) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 5) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma; 6) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad y 7) Diploma deteriorado; Que, conforme a dicha petición, a través del Informe Nº 007-2015-GT la responsable de Rotulado de Diplomas de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaría General de la UNSAAC, informa que habiendo revisado la Base de Datos, se encuentra Don: Jorge Eudis Cruz Sornoza, quien ha optado el Grado Académico de Magíster en Educación con mención en Educación Superior, conforme obra en el Libro de Grados y Títulos Nº 13, inscrito en el folio Nº 155, con Resolución Nº CU-3356-2013-GT, de fecha 06 de noviembre de 2013; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 24 de marzo de 2015; Que, en la Sesión Ordinaria de Consejo Universitario efectuada el 28 de abril de 2015, se puso a consideración del pleno la petición presentada por Don: Jorge Eudis Cruz Sornoza, solicitando duplicado de Diploma que le confiere el Grado Académico de Magíster en Educación con mención en Educación Superior por la Escuela de Post Grado de la Institución, siendo aprobado por unanimidad de votos; Estando a lo solicitado, Ley 30281 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria 30220; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por el señor JORGE EUDIS CRUZ SORNOZA,