Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2015 (15/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Miércoles 15 de julio de 2015

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acceso a la información consagrado en el Numeral 5 del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, el Literal c) del Artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 072-2003PCM, establece como obligación de la máxima autoridad de la Entidad designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 003-2015-OEFA/PCD, se designó a la comunicadora María Teresa González Carrasco, Especialista en Comunicaciones - Profesional I de la Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano, en adición a sus funciones, como responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento; Que, por necesidad del servicio corresponde dar por concluida la designación referida en el párrafo precedente; Que, en consecuencia, corresponde designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del OEFA; Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación de la comunicadora María Teresa González Carrasco, Especialista en Comunicaciones - Profesional I de la Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano, como responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al abogado José Ignacio Peña de Cárdenas, Asesor de la Alta Dirección, en adición a sus funciones, como responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, a partir del 15 de julio del 2015. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario El Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), cuya copia se colocará en un lugar visible de cada sede administrativa del OEFA. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 1263064-1

que el Consejo Directivo es el órgano máximo de la institución; Que, el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, señala que el Consejo Directivo es el órgano de máxima jerarquía institucional; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033, la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, establece que el Presidente del Consejo Directivo es la autoridad interna de mayor nivel jerárquico del Indecopi y se establece como su función el proponer a las autoridades pertinentes la adopción de medidas legales necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales; Que, si bien el Consejo Directivo de la Institución es el órgano de máxima jerarquía institucional, la facultad de proponer a las autoridades competentes la aprobación de las normas legales necesarias para el cumplimiento de las funciones que han sido asignadas al Indecopi corresponde a la Presidencia del Consejo Directivo; Que, en base a una interpretación conjunta de las referidas normas, previamente al ejercicio de esta facultad el Presidente del Consejo Directivo debe presentar al Consejo Directivo la propuesta normativa a fin de que tome conocimiento de la misma y, luego de su aprobación, corresponderá encargarle al Presidente del Consejo Directivo que la remita a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM); Que, mediante Informe Nº 032-2015/ST-CLCINDECOPI, la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) planteó la necesidad de reforzar el Decreto Legislativo Nº 1034 a través de la modificación de su articulado en los aspectos a los cuales se hace referencia en el mencionado informe; Estando al Acuerdo Nº 058-2015 adoptado por el Consejo Directivo del Indecopi en sesión de fecha 1 de julio de 2015; y, De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación previa del documento que contiene el Anteproyecto de Ley sobre modificación del Decreto Legislativo Nº 1034, Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, en el portal electrónico del Indecopi http://www.indecopi. gob.pe a efectos de recibir los comentarios y aportes de la ciudadanía, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1262399-1

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Designan responsable de elaborar y actualizar el portal de transparencia del OEFA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 082-2015-OEFA/PCD Lima, 14 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican uno de los lugares de cumplimiento de obligaciones para los principales contribuyentes de la Intendencia Regional Ica
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 186-2015/SUNAT Lima, 14 de julio de 2015