Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2015 (15/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miércoles 15 de julio de 2015

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de Energía y Minas, encargada de dichas funciones, a nivel nacional. Cabe señalar que esta Dirección cuenta con, aproximadamente, 13 especialistas. Asimismo, reportó que se requiere contar con la logística necesaria para cumplir con estas labores. Ambas acciones deben implementarse en el más breve plazo, considerando la importante labor de dicha Dirección, que se realiza en forma permanente. Sexto.- Sobre la necesidad de incorporar la causal de caducidad de las concesiones vigentes que cuenten con pasivos ambientales mineros. Es de especial preocupación la existencia de titulares de concesiones vigentes, identificados como responsables de pasivos ambientales mineros en ellas, que aún no cumplen con remediar dichos daños. En efecto, de acuerdo con la supervisión realizada, existen 224 pasivos ambientales mineros que, en el inventario actualizado a marzo de 2015, cuentan con responsable identificado, pero no con estudio ambiental. De estos 224, existen 61 pasivos ambientales cuyos responsables mantienen la titularidad de la concesión en donde generaron dichos pasivos. En ese sentido, resulta indispensable que en el Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera se incorpore como causal de caducidad de la concesión que el titular de la misma haya sido identificado como responsable de un pasivo ambiental minero por la autoridad competente y que este no cuente con instrumento de remediación. Séptimo.- Sobre las acciones de supervisión y la disposición de medidas especiales para prevenir daños inminentes. Ante la existencia de un pasivo ambiental se deben adoptar acciones inmediatas para prevenir daños irreparables en el medio ambiente. Dichas medidas pueden ser adoptadas en el marco de las acciones de supervisión, a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). Al respecto, el OEFA reportó haber realizado acciones de supervisión del cumplimiento de las obligaciones contenidas en 33 de los 36 planes de cierre aprobados por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energía y Minas. No obstante, no reportó haber dispuesto la adopción inmediata de alguna de las medidas incorporadas en el plan de cierre o de las medidas complementarias especiales de remediación para prevenir daños inminentes a la salud o al ambiente, en aquellos planes de cierre supervisados que contaban con pasivos ambientales mineros de muy alto riesgo y de alto riesgo. Por ello, es importante que el OEFA realice acciones de coordinación con la Dirección Técnica Minera del Ministerio de Energía y Minas, a fin de contar con la información generada por dicha Dirección respecto del nivel de riesgo de cada pasivo ambiental minero. Con esta información se podrá asegurar que en las acciones de supervisión se dispongan medidas complementarias o inmediatas cuando se trate de pasivos calificados de muy alto riesgo y de alto riesgo. Octavo.- Sobre la lista de impedidos de efectuar petitorios mineros y de explotar alguna unidad minera como concesionario o adquiriente. La Ley de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera y su Reglamento establecen que transcurridos seis años de la vigencia de la aprobación de los respectivos planes de cierre de pasivos ambientales mineros, los responsables de su remediación que no cuenten con la Resolución de Aprobación del Plan de Cierre de Pasivos Ambientales Ejecutado quedan impedidos de solicitar nuevos petitorios mineros y de explotar alguna unidad minera como concesionario o adquiriente. Asimismo, serán incluidos en la relación de impedidos de efectuar petitorios mineros, elaborada y aprobada por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas. Al cierre del presente informe, la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas no había elaborado ni aprobado la lista de impedidos. Hasta julio de 2015 ya habían transcurrido más de seis años de la vigencia de la aprobación de cinco planes de cierre de pasivos ambientales mineros sin que los responsables cuenten con Resolución de Aprobación del Plan de Cierre de Pasivos Ambientales Ejecutado.

ambientales derivados de las actividades mineras e hidrocarburíferas. De acuerdo con el Ministerio de Energía y Minas, a marzo del presente año, existen en el Perú 8,616 pasivos ambientales derivados de la actividad minera. Asimismo, se tienen inventariados 156 pasivos ambientales por hidrocarburos. No obstante ello, en el 2002, Perupetro S.A. daba cuenta de la existencia de 6,065 pozos mal abandonados del total de 8,944 pozos abandonados. Estas cifras son alarmantes si se compara con el número de pasivos remediados y se tiene en cuenta la demora en su atención por parte del Estado. La intervención defensorial frente a esta demora se sustenta en su mandato constitucional de supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y de proteger los derechos fundamentales de la persona y la comunidad que pueden ser afectados por la inadecuada gestión estatal en esta materia, tales como el derecho a la vida, a la salud, a un ambiente adecuado y equilibrado, entre otros derechos conexos. Segundo.- Objetivo general del informe defensorial. El presente informe tiene como objetivo evaluar la gestión estatal frente a los pasivos ambientales generados por actividades mineras e hidrocarburíferas, y formular recomendaciones con el propósito de contribuir a cautelar el derecho de todos los peruanos y peruanas a vivir en un ambiente equilibrado y adecuado. Tercero.- Entidades supervisadas. El informe contiene los resultados de la supervisión de seis entidades de alcance nacional del Estado encargadas de la gestión de los pasivos ambientales mineros y de hidrocarburos; y de 21 gobiernos regionales en los cuales se registran pasivos ambientales mineros. Dichas entidades son: Ministerio de Energía y Minas ­específicamente la Dirección General de Minería, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, la Dirección General de Hidrocarburos y la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos­; Instituto Geológico Minero y Metalúrgico; Perupetro S.A.; Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Ministerio del Ambiente; Fondo Nacional del Ambiente; y 21 gobiernos regionales en cuyas jurisdicciones hay presencia de pasivos ambientales mineros. Cuarto.- Sobre el elevado número de los pasivos ambientales calificados de muy alto y alto riesgo y la necesidad de implementar medidas inmediatas de remediación. La información reportada por la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas señala la existencia de 8,616 pasivos ambientales mineros, de los cuales 2,546 son considerados de muy alto riesgo y 1,735 de alto riesgo, sumando un total de 4,281. Es decir, aproximadamente la mitad de los pasivos ambientales mineros son altamente riesgosos. Todos los pasivos ambientales, sea cual fuere su calificación, requieren de un instrumento de gestión ambiental para su remediación. No obstante, de acuerdo con la información emitida por la mencionada dirección, solo 861 pasivos ambientales mineros cuentan con estudios ambientales. Cabe señalar que de acuerdo con la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energía y Minas, los pasivos ambientales con planes de cierre solo llegan a 2,075, cifra mayor a la consignada por el mismo ministerio, pero que no representa ni el 50% del número de pasivos calificados con nivel de riesgo alto y muy alto. Por consiguiente, resulta indispensable que el Estado ejecute las acciones destinadas a la inmediata remediación de los pasivos ambientales mineros considerados de muy alto riesgo y de alto riesgo, a fin de mitigar los impactos negativos que estos puedan generar al ambiente y a la salud de la población. Quinto.- Sobre los responsables de la remediación de pasivos ambientales mineros y la necesidad de fortalecer la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas. De los 8,616 pasivos inventariados a marzo de 2015, existen únicamente 1,001 cuyos responsables han sido identificados y 7,615 que no cuentan con responsable identificado, existiendo una brecha pendiente en el cumplimiento de esta tarea del orden del 88%. Para poder asegurar la identificación de pasivos y la determinación de sus responsables es necesario fortalecer a la Dirección General de Minería del Ministerio