Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2013 (15/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano Sabado 15 de junio de 2013

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que consta de nueve (09) capitulos; treinta y ocho (38) articulos, dos (02) Disposiciones Transitorias y Finales que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Aprobar el CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ­ CIS (Anexo 2) cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Aprobar los formatos siguientes: Acta de Medida Complementaria de Ejecucion Anticipada (Anexo 3); Acta de Medida Complementaria de Ejecucion Posterior (Anexo 4); Acta de Levantamiento de Medida Complementaria de Ejecucion Anticipada (Anexo 5); Acta de Levantamiento de Medida Complementaria de Ejecucion Posterior (Anexo 6) ; Acta de Internamiento Vehicular (Anexo 7); Acta de Levantamiento de Medida Complementaria de Internamiento Vehicular Menor (Anexo 8); Formato de Papeleta de Infraccion (Anexo 9); Resolucion de Sancion (Anexo 10); Formato de Papeleta de Infraccion de vehiculos menores (Anexo 11); las mismas que seran de uso obligatorio, quedando la Division de Fiscalizacion Municipal y Transporte adecuar las mismas cuando las circunstancias lo requieran. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Encarguese a la Unidad de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones la publicacion del texto completo de la presente ordenanza en la Pagina Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y empresas: www.serviciosalciudadano. gob.pe. Asimismo, encarguese a la Unidad de Relaciones Publicas e Imagen Institucional, la difusion y conocimiento publico de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- DISPONER que de conformidad con el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, la publicacion del presente dispositivo legal, se realiza sin sus anexos, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Setimo.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 159 y las demas normas que se opongan a la presente Ordenanza. Asimismo derogar el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Municipal Nº 276 el cual incluye el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones y escalas de multas de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 949747-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Aprueban Regimen de Aplicacion y Sanciones - RAS y Cuadro de Infracciones y Sanciones - CIS
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 286-MDCH Chaclacayo, 26 de marzo de 2013 VISTO: En sesion ordinaria del Concejo Municipal de Chaclacayo de la fecha, el Informe Nº 078-2013-GGM/ MDCH de la Gerencia General Municipal, el Informe Nº 067-2013/MDCH-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. (...)". Asimismo el Articulo 9º numeral 8) de la misma MORDAZA, senala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, de conformidad con el Articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, "Las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Las Ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en funcion a la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias. Las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion, internamiento de vehiculos, inmovilizacion de productos y otros (...); Que, por Informe Nº 0078-2013-GGM/MDCH la Gerencia General Municipal solicita la aprobacion del Regimen de Aplicacion de Sanciones (RAS) y del Cuadro de Infraccion y Sanciones (CIS); Que, en merito a los fundamentos expuestos y en uso de facultades otorgadas en la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Distrital de Chaclacayo por unanimidad, y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta, ha aprobado la siguiente ordenanza: REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES Y CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Articulo Primero.- Aprobar el REGIMEN DE APLICACION Y SANCIONES ­ RAS (Anexo 1) el mismo

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Reafirman posicion de dialogo y consideran que los llamados a establecer la demarcacion territorial son los vecinos involucrados a traves del MORDAZA de consulta vecinal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2013/ML Lurin, 12 de junio de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha, en el local del Palacio Municipal, en merito al informe del senor MORDAZA conjuntamente con los senores regidores, referido a las acciones de agresion contra los vecinos de Lurin y el patrimonio municipal por parte de personal de la Municipalidad de MORDAZA, asi como las Cartas N° 006-2013-MDP/A y demas remitidas por el MORDAZA de MORDAZA al MORDAZA de la Municipalidad de Lurin y a los senores regidores.