Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2013 (15/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Sabado 15 de junio de 2013

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articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 del 9 de diciembre de 2012, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la MORDAZA de Quito- Republica del Ecuador a la Delegacion del Peru, a fin que participen en la II Reunion sobre el Sistema de Comunicaciones Fronterizas (SICOMFRON) Peru-Ecuador, a realizarse del 17 al 19 de junio de 2013, la cual estara integrada por el siguiente Personal Militar:
CIP DNI MORDAZA FAP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA O.70054584-A(+) 07935979 MORDAZA EP. Leicester Robespier MORDAZA MORDAZA 113862600 43677913 Tecnico Supervisor AP. MORDAZA MORDAZA AYERBE MORDAZA 02804098 43273175

Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 950948-5

Autorizan viaje de personal militar a Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 277-2013-DE/ MORDAZA, 14 de junio de 2013 Visto, el oficio N° 13-G-5-b-135, del Presidente de la Comision Binacional Fronteriza COMBIFRON-ECUADOR, de fecha 04 MORDAZA de 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante documento del Visto, el presidente de la Comision Binacional Fronteriza COMBIFRONECUADOR, manifiesta que en referencia al Entendimiento N° 2 de la III Reunion Plenaria de la Comision Binacional Fronteriza "COMBIFRON" Peru-Ecuador, realizada en la MORDAZA de Lima-Peru del 18 al 22 de marzo de 2013, se acordo realizar la II Reunion sobre el Sistema de Comunicaciones Fronterizas (SICOMFRON), en la MORDAZA de MORDAZA - Republica del Ecuador del 17 al 19 de junio de 2013; en tal sentido, hace extensiva una invitacion a la Delegacion del Peru, para que participen en la referida II Reunion; Que, de conformidad con el inciso (b), articulo 6° del Reglamento para la Organizacion y Funcionamiento de la Comision Binacional Fronteriza entre la Republica del Peru y la Republica del Ecuador, la Delegacion del Peru estara conformada por el Jefe de Comunicaciones del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, entre otros; Que, asimismo, el articulo 7° del MORDAZA citado Reglamento, establece que los Presidentes de la COMBIFRON podran crear de comun acuerdo, grupos binacionales de trabajo. Las Delegaciones podran contar con los asesores, personal tecnico y auxiliar que consideren necesarios para el cumplimiento de sus funciones; en ese sentido, considerando que la materia a tratarse es analizar y determinar los sistemas de comunicaciones a emplearse para el intercambio de informacion fronteriza, resulta necesario la participacion de un representante del Comando Operacional del Norte y un Tecnico especialista en comunicaciones, como integrantes de la Delegacion del Peru; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la MORDAZA de Quito-Republica del Ecuador, al Personal Militar que se nombran en la parte resolutiva, a fin que participen en la indicada II Reunion, por cuanto los conocimientos y experiencias en aspectos de Comunicaciones y Seguridad a tratarse, redundaran en beneficio del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru; Que, la citada Comision ha sido incluida en el item 221 del rubro 5.- Medidas de Confianza Mutua, del anexo 1 (R.O.) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2013, aprobado con Resolucion Suprema N° 091-2013-DE de fecha 15 de marzo de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el

Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aereo: Lima-Quito (Ecuador)-Lima: US$ 900.00 x 3 personas (incluye TUUA) US$ 2,700.00 Viaticos: US$ 200.00 x 3 dias x 3 personas TOTAL: US$ 1,800.00 US$ 4,500.00

Articulo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4°.- El Personal Militar comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6° del Decreto Supremo N° 0472002-PCM. Articulo 5°.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 950948-6