Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2013 (15/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

El Peruano Sabado 15 de junio de 2013

497251
AREA (m2) 2,383.50 449.70 4,008.53 % PARCIAL 14.27 2.69 23.99 % GENERAL

USO RECREACION PUBLICA: MORDAZA APORTES: OTROS FINES AREAS DE CIRCULACION

Articulo Cuarto.- DISPONER la Inscripcion Registral del cambio de MORDAZA a MORDAZA de la MORDAZA denominada Las Vinas de MORDAZA Cristo y La Boquilla, al haberse declarado la Habilitacion MORDAZA de Oficio, de acuerdo a los planos PU-12-2013-SGPUC-GDU-MSS, PP-13-2013-SGPUCGDU-MSS y PTL-14-2013-SGPUC-GDU-MSS, PA-152013-SGPUC-GDU-MSS, que forman parte de la presente Resolucion, acto que se formalizara mediante la gestion individual del propietario ante el Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, precisando que los referidos planos seran publicados en la pagina web institucional de la Municipalidad de MORDAZA de Surco: www.munisurco.gob.pe. Las areas de vias de acuerdo al Articulo 56º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, son bienes de uso y dominio publico. Articulo Quinto.- DISPONER que las areas correspondientes a MORDAZA y aportes para otros fines MORDAZA transferidos a esta Corporacion Municipal conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, saneamiento legal que corresponde realizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves de la Subgerencia de Patrimonio, Servicios Generales y Maestranza. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General remitir a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA de la presente Resolucion y de los planos que la sustentan. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 949743-1 RESOLUCION N° 497-2013-RASS.
DS N° 2386592012

MORDAZA de MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 148-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 207-2013SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro y el Informe Nº 372-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el DS Nº 2386592012, sobre la declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio del predio ubicado con frente a la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sector 6, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 49052294, del Registro de Predios de Lima; y CONSIDERANDO: Que, el Numeral 3.6.1) del Articulo 79° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que, constituye funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo; normar regular y otorgar autorizaciones, y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo a la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro promover la habilitacion MORDAZA conforme a lo dispuesto en el numeral d) del Articulo 134° de la Ordenanza N° 439-MSS que aprueba la Reestructuracion Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y Estructura Organica de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones,

modificada por la Ley N° 29898, establece que: "Las municipalidades declaran la habilitacion MORDAZA de oficio de los predios registralmente calificados como rusticos ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuentan con edificaciones y servicios publicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la habilitacion urbana"; Que, el primer parrafo del numeral 40.1 del Articulo 40° del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, establece que: "La habilitacion MORDAZA de oficio, es aquel procedimiento administrativo, mediante el cual las municipalidades declaran habilitado de oficio un predio ubicado en zonas urbanas consolidadas que cuentan con edificaciones destinadas a viviendas y demas complementarias a dicho uso, con servicios publicos domiciliarios de agua potable, desague o alcantarillado, energia electrica y alumbrado publico e inscrito registralmente como predio rustico"; Que, el Articulo 1° de la Ordenanza Nº 388MSS, Ordenanza que Dispone la Identificacion de los Predios Calificados Registralmente como Rusticos para el MORDAZA de Habilitaciones Urbanas de Oficio en el Distrito de MORDAZA de Surco: "Disponer la identificacion de predios registralmente calificados como Rusticos conforme lo establece el articulo 24 de la Ley Nº 29090, que se encuentren en Zonas Urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios rusticos ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de Surco. Los predios ubicados en los demas sectores, seran atendidos cuando exista motivacion expresa de autoridad superior basada en el cumplimiento de atencion de una causa de caracter social (cantidad de poblacion beneficiada, condicion de requerimientos o solicitudes existentes), por la necesidad de desarrollar proyectos municipales de interes local, o cuando se trate de lotes rusticos y/o semi rusticos de hasta 1,500 m2, ubicadas en zonas urbanas consolidadas"; concordante con el Articulo 2° del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS, del 04.07.2011, que aprueba el Reglamento que establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio, en el Distrito de MORDAZA de Surco; Que, mediante Informe N° 148-2013-GDU-MSS del 21.05.2013, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno inscrito en la Ficha N° 101331 y su continuacion en la Partida Electronica N° 49052294 de la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, sito en Av. MORDAZA de MORDAZA N° 669, denominado MORDAZA Letra C 1, Sector 6, MORDAZA de MORDAZA, cuyo propietario registral es don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y esposa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, sustentado en el Informe N° 207-2013- SGPUC-GDU-MSS de fecha 16.05.13 de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el cual hace MORDAZA el Informe N° 010-2013-MVH de fecha 03.05.13, el cual indica que, si bien el predio tiene la condicion de semi MORDAZA, de acuerdo al Plano Nº 101 del 12.05.58, del Ministerio de Fomento, por tratarse de lote circunscrito en una MORDAZA MORDAZA consolidada, esto es que ha completado las obras de servicios basicos como electrificacion, agua, desague, pistas y veredas una MORDAZA consolidada, motivo por el cual dada sus caracteristicas y en aplicacion del Articulo 1º de la Ordenanza Nº 388-MSS este se encuentra considerado dentro del area MORDAZA, con edificaciones de caracter permanente, instalaciones de agua potable, alcantarillado e instalaciones electricas, con frente a pistas y veredas ejecutadas; cumpliendo de esta manera con las caracteristicas fisicas descritas en el Articulo 24-A, de la Ley Nº 29090 modificada por la Ley Nº 29898; Que, conforme al procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio, previsto en el Articulo Nº 24-A, de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, se cumplio con identificar el predio matriz; se efectuo la notificacion a los propietarios registrales del predio en mencion y se elaboro el expediente tecnico que sustenta la declaracion de habilitacion MORDAZA de oficio; Que, el predio esta considerado dentro del Area de Tratamiento Normativo III, con zonificacion: Residencial de Densidad Baja (RDB), aprobada por Ordenanza Nº 912-MML, publicada el 03.03.06; si bien se ubica con frente a la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sector 6, del