Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2013 (15/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Sabado 15 de junio de 2013

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Articulo 4°.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 950500-1

Miembros de la APEC; conocer los avances alcanzados en materia de liberalizacion y facilitacion del comercio, de innovacion tecnologica y desarrollo del recurso humano; asi como reforzar los mecanismos de cooperacion y asistencia tecnica que coadyuven a facilitar y asegurar el comercio internacional; Que en tal sentido, siendo de interes institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, mediante Memorandum N.° 92-2013SUNAT/300000, el Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, designo al trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Oficial Aduanero II de la Division de Procesos de Carga y MORDAZA de la Gerencia de Procesos de Carga, MORDAZA e Ingreso de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, para que participe en los citados eventos; Que el numeral 1 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siendole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Ano Fiscal 2012, en las que se preve la prohibicion de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectuen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que asimismo, el numeral 2 de la Septima Disposicion Complementaria Final de la Ley N.° 29816, establece que mediante Resolucion de Superintendencia, la SUNAT autorizara los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del citado trabajador del 15 al 23 de junio de 2013, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aereos que incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viaticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Oficial Aduanero II de la Division de Procesos de Carga y MORDAZA de la Gerencia de Procesos de Carga, MORDAZA e Ingreso de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, del 15 al 23 de junio de 2013, para participar en el Dialogo Aduanas - Sector Privado y en la MORDAZA Reunion del Sub-Comite de Procedimientos Aduaneros de APEC, a realizarse en la MORDAZA de Medan, Sumatra del Norte, Republica de Indonesia. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto del 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes (incluye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto - TUUA) Viaticos US$ 5 206,65 US$ 3 000,00

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Reubican y convierten diversos organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y disponen otras acciones
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 101-2013-CE-PJ MORDAZA, 12 de junio de 2013 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas Nº 470-2012-P-PJ y Nº 089-2013-P-PJ, de fechas 28 de noviembre de 2012 y 8 de marzo del presente ano; los Convenios MORDAZA y Especifico de Cooperacion Interinstitucional entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y el Poder Judicial, la Ley Nº 29391; y el Informe Nº 098-2013-GA-P-PJ, del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que por Ley Nº 29391 se incorpora el numeral 6) al articulo 46º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, para establecer el Juzgado Especializado de MORDAZA y Seguridad Vial. Segundo. Que en coordinacion con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se evaluo la necesidad de coadyuvar al funcionamiento de los Juzgados de MORDAZA y Seguridad Vial, para la competencia territorial de MORDAZA Metropolitana. Tercero. Que el Poder Ejecutivo desde la fecha de vigencia de la Ley Nº 29391 no asigno recursos financieros para la implementacion de este MORDAZA de juzgados, por lo que los procesos derivados de accidentes de MORDAZA y acciones afines se vienen conociendo por organos jurisdiccionales de acuerdo a sus competencias en forma separada, tanto en la via penal, civil o contenciosa administrativa; lo que no contribuye a un mejor servicio de administracion de justicia y atencion oportuna a los justiciables. Cuarto. Que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha otorgado al Poder Judicial el local ubicado en el Jr. MORDAZA Nº 206, Cercado de MORDAZA, para el funcionamiento de los Juzgados de MORDAZA y Seguridad Vial; asimismo, se ha comprometido a acondicionar el citado inmueble y a prestar mantenimiento periodico a las instalaciones donde funcionaran los referidos organos jurisdiccionales, aunandose con ello a la necesidad de atencion pronta de los familiares y victimas de los accidentes de MORDAZA en su jurisdiccion. Quinto. Que el Poder Judicial realizando un MORDAZA esfuerzo en bien de la ciudadania y para evitar una cultura de desasosiego y desatencion en este MORDAZA de hechos punibles y pretensiones procesales, a propuesta de la Comision de Estudio designada para tal fin, considera factible convertir organos jurisdiccionales para que asuman las controversias juridicas surgidas en materia de MORDAZA y Seguridad Vial; asi como adoptar las acciones

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador debera presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.