Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2013 (15/06/2013)
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TEXTO DE LA PÁGINA 90
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un destino unico en el MORDAZA por su gran biodiversidad, historia y bagaje cultura. El turismo en el Peru es una actividad economica de gran potencial y debe ser uno de los ejes de desarrollo que favorezca la inclusion social y el mejoramiento economico de las zonas mas alejadas del Pais; Que, conforme el Plan de Desarrollo Turistico de la Region MORDAZA 2004 - 2014, aprobado mediante Ordenanza de Consejo Regional Nº 03-2004GRA/PRES y Zonificacion Economica, Ecologica y Ordenamiento Territorial ZEE-OT, el Departamento de MORDAZA cuenta con gran potencial para Desarrollar y promover el Turismo Regional, Nacional e Internacional, porque ofrece destinos de atractivos arqueologicos, historicos, biogeneticos, bio-ecologicos, paisajisticos, gastronomicos y riqueza cultural; la misma requieren dar el valor agregado y urge crear el Consejo Regional de Turismo MORDAZA CORETUR y para garantizar la seguridad del turismo es indispensable Crea la Red Regional de Proteccion al de MORDAZA que tendra como objetivo la seguridad frente a los actos delincuenciales del que son victimas, lo que nos permitira alcanzar un turismo sostenible en la Region como herramienta de Desarrollo Economico Social, desarrollando una cultura turistica que garantice la satisfaccion de los visitantes; El Consejo Regional del Gobierno Regional, en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y Leyes Modificatorias; con el MORDAZA mayoritario de los miembros, y la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- DECLARAR, como Interes y Prioridad Regional el Desarrollo y Promocion del Turismo Regional como una actividad economica viable para el desarrollo de la Region MORDAZA a largo plazo, respetando la autenticidad sociocultural de las comunidades campesinas, nativas y poblaciones anfitrionas, que contribuyan a la reduccion de la pobreza. Articulo Segundo.- CREASE, el Consejo Regional de Turismo CORETUR del Gobierno Regional de MORDAZA, instancia impulsora del desarrollo del turismo de MORDAZA, que estara conformado por los siguientes miembros: 1. El Presidente Regional o su representante, que lo preside; 2. Los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales de MORDAZA, o sus representantes; 3. El Gerente Regional de Desarrollo Economico; 4. El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; 5. El Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio ambiente; 6. El Director Regional de Comercio Exterior y Turismo; 7. El Director Regional de Cultura de Ayacucho; 8. Un representante de la Division del Turismo y Proteccion del Medio Ambiente de la Policia Nacional del Peru; 9. El Presidente de la Camara de Comercio, Industria y Turismo de Ayacucho; 10. Un representante de las Universidades; 11. Un Representante de los Institutos Superiores; 12. Un Representante de las Mesas Tecnicas de Artesania de Ayacucho; 13. Un Representante de la Asociacion Nacional de Periodistas Ayacucho; 14. Un Representante del Colegio de Periodistas de MORDAZA 15. Un Representante de Asociacion de Hoteles, Restaurantes y afines - AHORA de Ayacucho; 16. Un Representante de la Sociedad Civil Organizada; 17. Un Representante de INDECOPI 18. Otras Instituciones Publicas y Privadas que soliciten su incorporacion de acuerdo al Reglamento.
El Peruano Sabado 15 de junio de 2013
Articulo Tercero.- ENCARGAR, la Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Turismo CORETUR a la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Ayacucho. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, al Consejo Regional de Turismo MORDAZA CORETUR, promover el desarrollo del Plan Turistico de la Region MORDAZA al 2014, e impulsar su actualizacion con vision al 2024, como una alternativa de Desarrollo de la Region MORDAZA a mediano y largo plazo. Articulo Quinto.- CREASE, "La Red Regional de Proteccion al Turista en Ayacucho", encargada de promover la seguridad al turista que estara integrado por: 1. Un Representante de la Gerencia de Desarrollo Economico, quien lo preside; 2. Un Representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo, como Secretaria Tecnica; 3. Un Representante del Ministerio Publico; 4. Un Representante de la Defensoria del Pueblo; 5. Un Representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones; 6. Un Representante de la Direccion Regional de Salud; 7. Un Representante de la Direccion Regional de Cultura; 8. Un Representante de la Division de Turismo y Proteccion del Medio Ambiente de la Policia Nacional del Peru (PNP); 9. Un Representante de INDECOPI Ayacucho; 10. Un Representante de las Municipalidades Provinciales de la Region; 11. Un Representante de la Compania de Bomberos de Ayacucho; 12. Un Representante de Camara de Comercio, Industria y Turismo; 13. Un Representante de las Universidades de la Region; 14. Otros que la Red disponga en acuerdo colegiado. Articulo Sexto.- ENCARGAR, a la Red Regional de Proteccion al Turista de MORDAZA la elaboracion del Plan Regional de Proteccion al Turista, Directivas especificas, medidas y acciones enmarcadas en el Articulo 35º de la Ley Nº 29408, Ley General del Turismo. Articulo Septimo.- ENCARGAR al Consejo Regional del Turismo CORETUR y la Secretaria Tecnica del Consejo Regional del Turismo, la Reglamentacion de la Ordenanza en un Plazo de 60 dias despues de la publicacion; la misma debe ser aprobada con Decreto Regional; Articulo Octavo.- ENCARGAR, a la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional Ayacucho. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 26 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA QUINTERO MORDAZA Presidente Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 26 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. MORDAZA OSCORIMA NUNEZ Presidente 950470-1