Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2013 (15/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano Sabado 15 de junio de 2013

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con sujecion a los principios de minimizacion, prevencion de riesgos ambientales y proteccion de salud y el bienestar de la persona humana; Que, el articulo 55º del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, senala que la segregacion de residuos tiene por objeto facilitar su reaprovechamiento, tratamiento o comercializacion, mediante la separacion sanitaria y MORDAZA de sus componentes, cumpliendo con lo senalado en el articulo 16º del Reglamento en mencion; Que, el articulo 20º del Reglamento de la Ley Nº 29419 - Ley que Regula la Actividad de los Recicladores - aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-2010MINAM, define a la segregacion, como la accion de agrupar determinados componentes o elementos fisicos de los residuos solidos para ser manejados en forma especial en los siguientes espacios: · En la fuente por el generador; quien debera asegurar un manejo interno de manipuleo, acondicionamiento y almacenamiento en condiciones sanitarias y ambientales aceptables. · En las infraestructuras de comercializacion de residuos solidos donde podran almacenar y acondicionar los residuos solidos provenientes de la recoleccion selectiva. · En las plantas de tratamiento y reaprovechamiento de residuos solidos dentro de los rellenos sanitarios; Que, con el fin de normar las acciones que los gobiernos locales deben seguir a fin de cumplir con cada una de las metas en el MORDAZA del plan de incentivos correspondientes al presente ano, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, se aprueba los procedimientos para el cumplimiento de las metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, entre los cuales, se advierte como meta 6, el cumplir al 31 de MORDAZA del ano 2013 con implementar un Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 12% de las Viviendas Urbanas en el distrito, ello en el MORDAZA del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal, ano fiscal 2013, estando considerada esta corporacion Municipal como MORDAZA principal MORDAZA "A" (Anexo 2 del Decreto Supremo Nº 0022013-EF); Que, mediante la Ordenanza 134/MVMT de fecha 22 de MORDAZA del 2011, se aprobo el Plan de Manejo de los Residuos Solidos del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo y se faculto a la alcaldesa para que mediante decreto de alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la ordenanza MORDAZA citada; Que, mediante el Decreto de Alcaldia Nº 008-2012/ MVMT, del 28 de junio del 2012, se aprobo el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva como parte del MORDAZA de Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios al 7% en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; Que, estando a que el precitado Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva como parte del MORDAZA de Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios en el Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, difiere del correspondiente lineamiento establecido por el instructivo y meta 6 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal para el ano 2013, aprobada a traves de Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, meta a ser cumplida hasta el 31 de MORDAZA del 2013, razon por la cual se ha dispuesto Implementar un Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 12% de las Viviendas Urbanas del Distrito, situacion por la cual resulta conveniente modificar y/o adecuar el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios de acuerdo a la normativa vigente; Que, atendiendo lo dispuesto en las normas MORDAZA citadas, la Sub Gerencia de Limpieza Publica y Maestranza de la Gerencia de Servicios a la Ciudadania y Gestion ambiental de esta Entidad, conforme aparece del Informe Nº 26-2013-SGLPYM/GSCYGA/GM/MDVMT

aprobacion del "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos en un 12% en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo", mediante decreto de alcaldia, modificandose, suspendiendose o derogandose toda disposicion que se oponga al mismo y que el mencionado decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento D.S. Nº 004-2008-PCM; Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el articulo unico de la Ley Nº28607, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley Nº 27972-; en tal virtud, estan facultadas para aprobar su organizacion interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdiccion entre otros aspectos. Que, la autonomia consagrada en la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, de administracion y normativos con sujecion al ordenamiento juridico; es decir, que siendo un nivel de gobierno subnacional, esta obligado a observar y cumplir de manera obligatoria las disposiciones que regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico y en especial aquellas referidas a los sistemas administrativos, ello conforme a lo establecido en el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y entre los cuales se encuentran los de presupuesto y modernizacion del Estado, conforme a lo establecido en los incisos 3) y 11) del articulo 46º de la Ley Nº 29158; Que, mediante la Ley Nº 29332, se creo el Plan de Incentivos a la mejora de la Gestion Municipal, con el objeto de incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudacion de los tributos municipales, la ejecucion del gasto en inversion y la reduccion de los indices de desnutricion cronica infantil a nivel nacional, el mismo que de conformidad con lo precisado en la Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley de Presupuesto para el ano Fiscal 2012 Ley Nº 29812 - vigente a partir del 01 de enero del 2 012 - dispone que el referido plan en adelante se denomina: "Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal" precisandose tambien para el mencionado plan supuestos como la simplificacion de tramites, la mejora en la provision de servicios publicos y la prevencion de riesgos, quedando modificada en dichos terminos la Ley Nº 29332, asi como todas las disposiciones que MORDAZA referencia a dicha denominacion; Que, el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 - Gobiernos Locales, establece que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion y que, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27314 senala que la presente MORDAZA establece los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada,