Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2010 (08/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Partida Registral Nº 11509001 del Registro de Predios de MORDAZA y en el Registro SINABIP Nº 13114, correspondiente al Departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 832-2010/VIVIENDA-VMVU, de fecha 07 de MORDAZA de 2010, el Viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita la transferencia predial a titulo gratuito del terreno aludido en el considerando precedente, para destinarlo a la construccion de viviendas a favor de los deudos de la Policia Nacional del Peru fallecidos o desaparecido durante los hechos acontecidos ocurridos en las provincias de Bagua y Utcubamba del departamento de Amazonas; Que, estando a lo expresado en el Informe Tecnico Legal Nº 0480-2010/SBN-GO-JAD, de fecha 07 de MORDAZA del 2010, resulta pertinente aprobar la transferencia predial a titulo gratuito del predio de 1 439,23 m², a favor del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a fin que se destine a la construccion de viviendas a favor de los deudos de la Policia Nacional del Peru fallecidos o desaparecido durante los hechos acontecidos ocurridos en las provincias de Bagua y Utcubamba del departamento de Amazonas; Que, el articulo 62º del Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales dispone que: "La transferencia de predios estatales es la traslacion de dominio a titulo gratuito u oneroso de predios del dominio privado o estatal, que se realiza entre las entidades confortantes del Sistema con excepcion de las empresas estatales de derecho publico. (...)"; Que, el articulo 63º del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales dispone que: "La transferencia de predios a titulo gratuito puede efectuarse siempre y cuando el bien sea destinado para programas o proyectos de desarrollo o inversion de conformidad con sus respectivas competencias, fijandose en la resolucion aprobatoria dicha finalidad y el plazo de ejecucion de la misma, bajo sancion de reversion en caso de incumplimiento; Que, el articulo 68º del Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales dispone que: "La resolucion aprobatoria de la transferencia entre entidades publicas tiene merito suficiente para su inscripcion en los Registros Publicos (...)".; Que, solo para efectos registrales a pesar de tratarse de una transferencia patrimonial predial a titulo gratuito, se fija en S/. 1.00 (un MORDAZA sol con 00/100) el valor unitario del terreno materia de transferencia predial; Que, de acuerdo al literal d) y l) del articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolucion Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de septiembre del 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones realizar las transferencias patrimoniales de la propiedad inmobiliaria estatal, asi como emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; De conformidad al Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Ley Nº 29151, Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Resolucion Nº 315-2001/SBN y Resolucion Nº 066-2009/ SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia predial a titulo gratuito a favor del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, del predio de 1 439,23 m², ubicado en el cruce del MORDAZA San MORDAZA (hoy MORDAZA San Rodolfo) y el MORDAZA San MORDAZA (hoy MORDAZA San Felipe), en la Urbanizacion Residencial MORDAZA MORDAZA, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 11509001 del Registro de Predios de MORDAZA, a fin que se destine a la construccion de viviendas a favor de los deudos de la Policia Nacional del Peru fallecidos o desaparecido durante los hechos acontecidos ocurridos en las provincias de Bagua y Utcubamba del departamento de Amazonas. Articulo 2º.- En el supuesto caso que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento obtuviera algun beneficio economico por disponer del predio transferido,

se sujetara a lo dispuesto en el Articulo 64º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA. Articulo 3º.- El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, debera cumplir con la finalidad para la cual se le transfiere el terreno sub materia, en el plazo MORDAZA de 03 anos contados a partir de la notificacion de la presente Resolucion; caso contrario se revertira a favor del Estado, de conformidad a lo establecido en el Articulo 69º del Decreto Supremo Nº 007-2008/ VIVIENDA. Articulo 4º.- La MORDAZA Registral Nº IX de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, procedera a inscribir en el Registro de Predios de MORDAZA, la transferencia patrimonial predial dispuesta por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones 516272-1

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Tacna
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 145-2010/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 24 de junio del 2010 Visto el Expediente N° 013-2009/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 145 897,41 m², ubicado al lado derecho de la carretera binacional, saliendo del pueblo de Samegua, en el distrito de Samegua, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de naturaleza eriaza de 147 830,69 m², ubicado al lado derecho de la carretera binacional, saliendo del pueblo de Samegua, en el distrito de Samegua, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 17 de MORDAZA de 2010, sobre la base del Informe Tecnico Nº 0288-2010/Z.R.Nº XIII-ORM-R, el Area de Catastro de la Oficina Registral MORDAZA, senala que el predio en consulta de 147 830,69 m², se superpone parcialmente con los predios inscritos en las Partidas Nos 11015786 y 11008681 del Registro de Predios de Moquegua; Que, tomando en consideracion lo senalado en el considerando precedente y excluyendo el area correspondiente a las Partidas N os 11015786 y 11008681, queda un area libre de inscripcion de 145 897,41 m²; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 28 de MORDAZA de 2010, se encontro que en parte del terreno