Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2007 (15/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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del Convenio referido en el articulo 3º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de las acciones contenidas en el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 143518-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 643-2007-VIVIENDA MORDAZA, 12 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del sismo ocurrido en el sur del MORDAZA, el dia 15 de agosto de 2007, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, se declaro el Estado de Emergencia en el departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, y por los Decretos Supremos Nºs. 071 y 075-2007-PCM, se amplia la declaracion del Estado de Emergencia a otras zonas afectadas por el mencionado sismo; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 068-2007PCM , senala que la ejecucion de acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas, estaran a cargo, entre otros, por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y por los Gobiernos Locales respectivos, en el MORDAZA de sus competencias; Que, hasta la fecha el Gobierno Central ha venido otorgando ayudas economico ­ sociales a la poblacion damnificada por el sismo, entre ellas, el distrito de Tambo de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica; sin embargo dichas ayudas no han logrado mitigar de manera definitiva los danos ocasionados por la magnitud del desastre, por lo que es necesario que se realicen, desde las zonas afectadas y con la participacion directa de los gobiernos locales, actividades destinadas a la reconstruccion y rehabilitacion de tales zonas; Que, el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, senala que dicha entidad tiene entre sus funciones disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento. Asimismo, ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento, conforme a Ley; Que, mediante la Oficio Nº 288-2007/MDTM, y en el MORDAZA de los dispositivos MORDAZA senalados, la Municipalidad Distrital de Tambo de MORDAZA ha solicitado al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, transferencia de recursos que le permitan cofinanciar actividades en materia de vivienda, dirigidas a la rehabilitacion de las zonas de su jurisdiccion declaradas en emergencia; Que, la Direccion Nacional de Vivienda ha opinado favorablemente sobre la transferencia de recursos a la Municipalidad Distrital de Tambo de MORDAZA que permita el cofinanciamiento de las actividades de vivienda en el MORDAZA del Estado de Emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 068-2007-VIVIENDA y sus modificatorias; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411 "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto", modificado por la Ley Nº 28927 "Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el Ano 2007", solo se aprueban por resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para actividades de Vivienda; Con la opinion favorable del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, la Direccion Nacional de Vivienda, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 28411 "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 28927 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007"; el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y

sus modificatorias; y, la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/. 200 000,00 (DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para cofinanciar actividades en materia de vivienda, dirigidas a la rehabilitacion de las zonas de su jurisdiccion declaradas en emergencia. Articulo 2°.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2007, del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especifico a suscribirse entre la Municipalidad Distrital de Tambo de MORDAZA y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 4º.- La Direccion Nacional de Vivienda y la Unidad Ejecutora 002 ­ Vivienda y Urbanismo, son responsables del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 3º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de las acciones contenidas en el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 143518-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 644-2007-VIVIENDA MORDAZA, 12 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del sismo ocurrido en el sur del MORDAZA, el dia 15 de agosto de 2007, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, se declaro el Estado de Emergencia en el departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, y por los Decretos Supremos Nºs. 071 y 075-2007-PCM, se amplia la declaracion del Estado de Emergencia a otras zonas afectadas por el mencionado sismo; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 068-2007PCM , senala que la ejecucion de acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas, estaran a cargo, entre otros, por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y por los Gobiernos Locales respectivos, en el MORDAZA de sus competencias; Que, hasta la fecha el Gobierno Central ha venido otorgando ayudas economico ­ sociales a la poblacion damnificada por el sismo, entre ellas, el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica; sin embargo, dichas ayudas no han logrado mitigar de manera definitiva los danos ocasionados por la magnitud del desastre, por lo que es necesario que se realicen, desde las zonas afectadas y con la participacion directa de los gobiernos locales, actividades destinadas a la reconstruccion y rehabilitacion de tales zonas; Que, el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, senala que dicha entidad tiene entre sus funciones disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento. Asimismo, ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento, conforme a Ley; Que, mediante la Oficio Nº 273-2007-MDGP/A, y en el MORDAZA de los dispositivos MORDAZA senalados, la Municipalidad