Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2007 (15/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

360078

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2007

Que, los literales a), c) del numeral 1. DISPOSICIONES GENERALES de la Directiva Nº 009-2007/CONSUCODE/ PRE - Procedimiento y Plazos para la renovacion de la Inscripcion de los Proveedores de Bienes y/o Servicios en el RNP establecen que la renovacion de la inscripcion en los capitulos de bienes y de servicios, se realizara bajo el procedimiento de aprobacion automatica, utilizando la informacion proporcionada por las entidades bancarias autorizadas para recaudar la tasa de renovacion y que una vez efectuado el pago de la tasa para renovar su inscripcion, el proveedor dispone de un plazo de 15 dias habiles para la MORDAZA de la documentacion senalada en el MORDAZA del CONSUCODE; Que, los literales c) y e) del numeral 2. DISPOSICIONES ESPECIFICAS de la Directiva Nº 009-2007/CONSUCODE/ PRE - Procedimiento y Plazos para la renovacion de la Inscripcion de los Proveedores de Bienes y/o Servicios en el RNP establecen que de no cumplir el proveedor con presentar el formulario de "Renovacion" y la demas documentacion senalada en el MORDAZA del CONSUCODE dentro del plazo senalado en el parrafo anterior el tramite de renovacion y la MORDAZA de Inscripcion Electronica seran suspendidos hasta su cumplimento. En este estado ningun proveedor podra ser postor en MORDAZA de seleccion alguno ni contratar con el Estado; Que, el articulo 57º del T.U.O. de la Ley establece que el Titular de la Entidad puede declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion, cuando en el se hayan contravenido las normas legales aplicables, y solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato; Que, el articulo 11º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la declaracion de nulidad dispondra lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad del emisor del acto invalido; Que, los numerales 5) y 9) del articulo 294º del Reglamento establecen que el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones, en adelante el Tribunal, impondra sancion administrativa de inhabilitacion temporal o definitiva a los postores que participen en procesos de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el RNP y a los que presenten documentos falsos o inexactos a las Entidades; Que, el articulo 297º del Reglamento establece la obligacion del MTC respecto de poner en conocimiento del Tribunal los hechos que puedan dar lugar a la aplicacion de sanciones de inhabilitacion conforme al articulo mencionado en el parrafo anterior; Que, se ha evidenciado que la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2007-MTC/20-UZARE "Adquisicion de Sellante Asfaltico Elastromerico para los Tramos de Mantenimiento Rutinario de la Unidad Zonal Arequipa", MORDAZA de seleccion convocado para los siguientes items: 1. Asfalto Elastomerico para el Tramo MORDAZA ­ Acceso Microondas, 2. Asfalto Elastomerico para el Tramo Acceso Microondas ­ Pte. Fiscal; y, 3. Asfalto Elastomerico para el Tramo MORDAZA ­ Yura ­ Patahuasi, adolece de vicio de nulidad debido a que el postor unico que se presento para cada uno de los referidos items, BITUMENES DEL PERU S.A.C., no contaba con RNP vigente a la fecha de MORDAZA de sus propuestas (18.07.07), toda vez que se encontraba suspendido desde el 05.07.07 hasta el 24.07.07 motivo por el cual debio ser descalificado; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias, en el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias, en la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE Publicacion de Avisos Referidos a Procesos de Seleccion, en la Directiva Nº 001-2004-CONSUCODE/PRE Reporte de informacion sobre procesos de seleccion y sus contratos al Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE y sus modificatorias, en la Directiva Nº 0092007/CONSUCODE/PRE - Procedimiento y Plazos para la renovacion de la Inscripcion de los Proveedores de Bienes y/o Servicios en el RNP, en la Ley N° 27791 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 234-2006-PCM;

Articulo 1º.- DECLARAR de oficio la nulidad del acto de otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2007-MTC/20-UZARE "Adquisicion de Sellante Asfaltico Elastomerico para los Tramos de Mantenimiento Rutinario de la Unidad Zonal Arequipa" en los items: 1. Asfalto Elastomerico para el Tramo MORDAZA ­ Acceso Microondas, 2. Asfalto Elastomerico para el Tramo Acceso Microondas ­ Pte. Fiscal y 3. Asfalto Elastomerico para el Tramo MORDAZA ­ Yura - Patahuasi, debiendo retrotraerse el MORDAZA a la Etapa de Evaluacion y Calificacion de Propuestas, al haberse contravenido los articulos 8º y 37º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el articulo 7.9º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la Directiva Nº 009-2007/ CONSUCODE/PRE - Procedimiento y Plazos para la renovacion de la Inscripcion de los Proveedores de Bienes y/o Servicios en el RNP. Articulo 2º.- REMITIR los actuados al Despacho Viceministerial de Transportes para que disponga la realizacion de las acciones para la determinacion de las responsabilidades a que hubiera lugar, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 11º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 3º.- DISPONER que PROVIAS NACIONAL remita al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado los antecedentes del presente MORDAZA de seleccion, asi como el informe tecnico legal respectivo conforme a lo dispuesto por el articulo 297º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado al haberse configurado una de las causales de aplicacion de sancion al postor establecidas en el articulo 294º del cuerpo normativo ya mencionado. Articulo 4º.- NOTIFICAR al Comite Especial de la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2007-MTC/20UZARE "Adquisicion de Sellante Asfaltico Elastomerico para los Tramos de Mantenimiento Rutinario de la Unidad Zonal Arequipa" MORDAZA de seleccion convocado para los siguientes items: 1. Asfalto Elastomerico para el Tramo MORDAZA ­ Acceso Microondas, 2. Asfalto Elastomerico para el Tramo Acceso Microondas ­ Pte. Fiscal y 3. Asfalto Elastomerico para el Tramo MORDAZA ­ Yura - Patahuasi, la presente resolucion para los fines pertinentes. Articulo 5º.- PUBLICAR la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 143094-1

Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en onda media en la localidad de MORDAZA - Sechura - Sullana
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 1038-2007-MTC/03 MORDAZA, 11 de diciembre de 2007 VISTO, el Expediente Nº 2007-011650, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media, en la localidad de Piura-Sechura-Sullana, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso