Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2005 (26/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2005

fecha 23 de septiembre del 2004, alegato realizado por su abogado Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se escucho por la Comision, el citado informe; Que, al interior del MORDAZA administrativo disciplinario, el procesado cumplio con presentar sus descargos los que han ido acompanados de sendos escritos autorizados por abogado y analizados los medios probatorios presentados, y obtenidos, ellos no acreditan de manera objetiva la existencia de actos que desvirtuen las imputaciones que se le formulan y que constituyen comision de falta grave cometida por el procesado; ademas debe tenerse en cuenta los actos procedimentales practicados por los miembros de la Comision, para llegar a establecer la verdad; sin embargo todas estas acciones, no han desvirtuado la falta por la que es procesado el servidor indicado; Que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Ica, de conformidad con lo establecido en los articulos 167º, 168º y 170º del D.S. Nº 005-90 PCM, en pleno ejercicio de sus facultades, en sesion del dia 6 de octubre del 2004, y del Informe de la Oficina de Control Interno de la Municipalidad Nº 050-2003-0CI-MPI, que se considera prueba preconstituida; mediante los informes del Visto, recomienda el Despacho de Alcaldia las sanciones a imponerse; luego de haber merituado los descargos presentado por el procesado, quien ha tenido las facilidades y garantias del debido MORDAZA, asi como el derecho a la legitima defensa; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, y en uso de las facultades senaladas en la Resolucion de Delegaciones de Funciones Nº 1293-2003-AMPI, de fecha 10 de noviembre del 2003; y la Ordenanza Municipal Nº 0212004-MPI, de fecha 9 de junio del 2004, asi como; Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 005-90 PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la medida disciplinaria de DESTITUCION COMO SERVIDOR PUBLICO, que se aplicara de acuerdo con lo dispuesto en el Inciso d) del Articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, concordante con el inciso d) del Articulo 155º y Articulo 159º del D.S. Nº 00590-PCM al servidor TAP don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex encargado de MORDAZA Chica y Pagador en efectivo de la Municipalidad Provincial de Ica Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General y area de Personal, el cumplimiento de la presente Resolucion; la Secretaria General debe cumplir la notificacion de la presente, a la Presidencia de Concejo de Ministros de conformidad con lo establecido en el Articulo 242º de la Ley Nº 27444. Articulo Tercero.- PUBLIQUESE la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en uno de mayor circulacion de la localidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Gerente General 01561 RESOLUCION GERENCIAL Nº 003-2004-GG/MPI Ica, 14 de octubre de 2004 Visto; el Informe Nº 101-2004-GA/SG.RR.HH-ACPMPI, remitido por el TAP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Area de Control de Personal de la Subgerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad Provincial de Ica. CONSIDERANDO Que, conforme el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado (Modificado por la Ley Nº 27680) las Municipalidades Provinciales y Distritales conforme a Ley son

los Organos de Gobierno Local y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa establece que son obligaciones de los servidores entre otras las de cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico; Que, el Art. 25º de la precitada MORDAZA establece que los servidores publicos son responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio publico; Que, el Art. 28º Inc. k) del D. Leg. Nº 276 establece que son faltas de caracter disciplinario que segun su gravedad pueden ser sancionados con cese temporal o destitucion entre otras las ausencias injustificadas por mas de tres dias o por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario o mas de quince dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta dias calendario; Que, el Art. 150º del decreto Supremo Nº 005-90PCM reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa establece lo siguiente "Se considera falta de caracter disciplinario a toda accion u omision, voluntaria o no que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normatividad especifica sobre los deberes de los servidores y funcionarios establecidos en el Art. 28º del D. Leg. Nº 276. La Comision de una falta da lugar a la aplicacion de la sancion correspondiente; Que, mediante el informe senalado en el visto de la presente resolucion se advierte que el Servidor Empleado Permanente ROMMER MORDAZA TIPISMANA MORDAZA no ha cumplido con reincorporarse a su centro de trabajo toda vez que la Licencia sin goce de Remuneraciones que venia haciendo uso ha vencido en exceso conforme se puede corroborar con la Resolucion de Alcaldia Nº 038-2002-AMPI; Que, el servidor mencionado ha incurrido en la falta de caracter disciplinaria de ABANDONO DEL CARGO conforme lo senal el Art. 60º de la Ley Nº 11377 del Estatuto y escalafon del servicio civil que preceptua lo siguiente: " Si vencida la Licencia trascurriesen 10 dias sin que el servidor justifique las causas de la demora para reincorporarse a sus labores se MORDAZA por ABANDONADO EL CARGO"; Que, los Articulos 153º y 154º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa senala que los servidores seran sancionados administrativamente por el incumplimiento de las normas legales y administrativas y la aplicacion de sancion se hace teniendo en consideracion la gravedad de la falta; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 12932003-AMPI el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Ica en uso de sus atribuciones y al MORDAZA del Art. 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 ha delegado en el Gerente General algunas atribuciones siendo una de ellas nombrar, contratar, MORDAZA y sancionar en primera instancia a los servidores municipales de carrera; Estando a lo informado por la Subgerencia de Recursos Humanos, las disposiciones contenidas en la Ordenanza Municipal Nº 021-2004-MPI, el Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 00590-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la medida disciplinaria de Destitucion al Servidor Empleado Permanente de la Municipalidad Provincial de Ica ROMMER MORDAZA TIPISMANA MORDAZA de conformidad a las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General y a la Subgerencia de Recursos Humanos cumpla con notificar la presente Resolucion a las instancias administrativas pertinentes y a la Presidencia del Concejo de Ministros de conformidad con lo establecido en el Art. 242º de la Ley Nº 27444.