Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2005 (26/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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sultores, a quienes les corresponde analizar, absolver consultas, asesorar e informar al CONAF, sobre temas especificos que este le requiera y esta conformado por una cartera de tecnicos y profesionales por especialidades en el diseno y formulacion de politicas de financiamiento. El Comite de Consultores esta integrado por cuatro miembros. Dicho Comite contara con la participacion de un Secretario Tecnico quien sera designado por Resolucion del Sector, el mismo que se encargara de canalizar la absolucion de consultas, asi como organizar y coordinar las sesiones del Comite. CAPITULO V DE LA GERENCIA EJECUTIVA Articulo 16º.- La Gerencia Ejecutiva es el organo de linea y ejecucion del FONDEP. Le corresponde ejecutar los acuerdos aprobados por el Consejo de Administracion, supervisar la aplicacion de los mismos, y dirigir a los demas organos especializados de linea. Dentro de los tres (3) primeros meses de cada ano, la Gerencia Ejecutiva del FONDEP, debera presentar al Consejo de Administracion un Informe auditado sobre las actividades realizadas durante el ano anterior. Articulo 17º.- El cargo de Gerente Ejecutivo del FONDEP es elegido mediante concurso publico de meritos, por un periodo de cuatro anos renovables. Esta sujeto a evaluaciones regulares. El CONAF establece los requisitos que deben satisfacer los postulantes a la Gerencia Ejecutiva en el concurso publico correspondiente. Los requisitos deben tender a asegurar su apropiada competencia tecnico-profesional en el cumplimiento de sus funciones basicas de direccion, que son: a) Gestion de los recursos financieros y humanos del FONDEP. b) Administrar los sistemas e instrumentos de gestion del FONDEP c) Establecer relaciones con instituciones financieras, empresas, organismos de cooperacion e instituciones vinculadas a sus funciones. d) Promover la participacion de las Instituciones Educativas. e) Evaluar periodicamente los resultados e impacto de los proyectos de inversion y de innovacion y desarrollo educativo. Articulo 18º.- La Gerencia Ejecutiva del FONDEP tiene las siguientes funciones y atribuciones especificas: 1. En relacion con el Consejo de AdministracionCONAF: a) Formular y proponer los lineamientos de politica institucional en materia de promocion y financiamiento de proyectos, captacion, administracion de fondos; financiamiento; presupuesto; inversiones financieras; contabilidad; costos y seguros; asi como lineas especificas de inversion donde interviene el FONDEP. b) Promover los proyectos que presenten las Instituciones Educativas a ser apoyados por el FONDEP. c) Proponer los terminos de referencia de los concursos de proyectos. d) Establecer las ordenes de prioridad de los proyectos, con sujecion a las politicas y lineamientos establecidos por el CONAF e) Proponer al CONAF, para su aprobacion, los proyectos derivados del Plan Operativo Anual, a ser financiados por el FONDEP una vez cumplidos los concursos, requisitos, politicas, prioridades y otros criterios fijados por la Ley y el CONAF. f) Presentar al Consejo de Administracion para su aprobacion el Plan General de Mediano Plazo, el Plan Operativo Anual, el Presupuesto Anual, los Estados Financieros, el Balance General y la Memoria Anual. g) Ejercer, por delegacion del Consejo de Administracion, la representacion legal del FONDEP. h) Ejecutar las demas funciones que le confieran el Consejo de Administracion y otras normas legales. 2. En relacion con la administracion interna del Fondo

a) Dirigir la labor del personal interno a cargo de los procesos tecnicos de planeamiento, formulacion, ejecucion y evaluacion de los planes y proyectos educativos de mediano plazo, del Plan Operativo Anual, y del Presupuesto Institucional Anual. b) Administrar los ingresos y las reservas financieras, conjugando criterios de rentabilidad y riesgo, asi como la ejecucion de acciones financieras destinadas a la concertacion de creditos a corto, mediano y largo plazo. c) Elaborar el proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones del FONDEP, senalando con precision sus funciones especializadas y los organos a cargo de ejercerlos. De la misma manera, los demas proyectos de reglamentos internos, para ser propuestos a la aprobacion del Consejo de Administracion. d) Contratar servicios no personales de terceros o celebrar contratos de trabajo sujetos a esta modalidad para el personal administrativo, en la medida de lo indispensable para el cumplimiento de los objetivos del FONDEP. 3. En relacion con las Instancias de Gestion Educativa: a) Elaborar la Guia para MORDAZA del Formato Basico. b) Elaborar y establecer en coordinacion con las Instancias de Gestion Educativa Descentralizada del Sector Educacion, las pautas y procedimientos de asistencia y asesoramiento tecnico a las Instituciones Educativas para la justificacion, elaboracion y postulacion de los proyectos que permitan su evaluacion y aprobacion por el FONDEP. a) Administrar las lineas de financiamiento senaladas en el presente Reglamento . b) Difundir, como labor docente, los proyectos de innovacion exitosos para ser emulados por las Instituciones Educativas. 4. En relacion con otras instituciones, agencias y organismos de financiamiento: a) Promover la instalacion y funcionamiento de Mesas de Donantes para la obtencion de recursos a favor del FONDEP. b) Coordinar con las Instituciones del Sistema Financiero Nacional los terminos de negociacion para optimizar la rentabilidad de los fondos institucionales. c) Coordinar las relaciones del FONDEP con los Poderes del Estado, Organismos Publicos, Privados, Nacionales o del Exterior. d) Celebrar Convenios de Cooperacion Tecnica o de cualquier otra indole relacionados con el ejercicio de sus funciones con entidades nacionales o extranjeras, previa aprobacion del Consejo de Administracion, destinados a captar recursos ante cualquier entidad publica o privada, asi como Convenios de financiamiento con los beneficiarios del FONDEP. 5. En relacion con los organos del Ministerio de Educacion. a) Mantener vinculacion y acciones de coordinacion permanente con los organos tecnico especializados del Ministerio valiendose del apoyo de estos con el objeto de evitar duplicidad de acciones con el FONDEP, y utilizando en particular, la capacidad instalada del organo de Planificacion Estrategica del MED que incluye la oficina de Presupuesto, con el fin de articular debidamente las politicas y prioridades del Ministerio, con la accion del FONDEP. b) Establecer lineas de coordinacion con la Oficina de Administracion del MED para obtener el apoyo necesario a la implementacion funcional del FONDEP toda , vez que este ultimo constituye por disposicion de la Ley, un Programa Presupuestal del MED. CAPITULO VI DE LA ADMINISTRACION INTERNA DEL FONDEP Articulo 19º.- El FONDEP cuenta con una Unidad de Administracion Interna que apoya en esta materia al