Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2005 (26/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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a) DEFINITIVOS: 1.- Importacion 2.- Exportacion b) SUSPENSIVOS: 1.- MORDAZA 2.- Transbordo 3.- Deposito de aduana c) TEMPORALES:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2005

6. Declaracion Jurada de Porcentaje de MORDAZA, cuando corresponda. 7. Garantia. g) Para la ADMISION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO: 1. Declaracion Unica de Aduanas. 2. Documento de transporte. 3. Factura, documento equivalente o contrato segun corresponda. 4. Documento de seguro de transporte de mercancias, cuando corresponda. 5. Cuadro de Insumo Producto. 6. Garantia. 7. Relacion de Insumo Producto para su regularizacion. h) Para la EXPORTACION TEMPORAL:

1.- Importacion temporal para reexportacion en el mismo estado. 2.- Exportacion temporal. d) DE PERFECCIONAMIENTO: 1.- Admision temporal para perfeccionamiento activo. 2.- Drawback. 3.- Reposicion de mercancias en franquicia. e) OPERACION ADUANERA 1.- Reembarque. f) DESTINOS ADUANEROS ESPECIALES O DE EXCEPCION 1.- Los senalados en el articulo 83 de la Ley. Articulo 72º.- Los documentos que se utilizan en los regimenes y operaciones aduaneras son: a) Para la IMPORTACION: 1. Declaracion Unica de Aduanas. 2. Documento de transporte. 3. Factura o documento equivalente. 4. Documento de seguro de transporte de las mercancias, cuando corresponda. b) Para la EXPORTACION: 1. 2. 3. 4. Declaracion Unica de Aduanas. Documento de transporte. Factura Guia de remision, cuando corresponda.
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1. Declaracion Unica de Aduanas. 2. Documento de transporte. 3. Documento que acredite la propiedad de las mercancias. 4. Cuadro de Insumo Producto en caso de perfeccionamiento pasivo. 5. Documento de seguro de transporte de las mercancias, cuando corresponda. i) Para la REPOSICION DE MERCANCIAS EN FRANQUICIA: 1. Declaracion Unica de Aduanas. 2. Documento de transporte. 3. Factura comercial, cuando corresponda. 4. Cuadro de Insumo Producto para la emision del certificado de reposicion. 5. Certificado de Reposicion de Mercancias en Franquicia al momento de la nacionalizacion. j) Para el REEMBARQUE: 1. Declaracion Unica de Aduanas. 2. Documento de transporte de ingreso y salida cuando corresponda. 3. Factura, cuando corresponda. 4. Garantia, cuando corresponda. Ademas de los documentos consignados en el presente articulo, los que se requieran por la naturaleza de la mercancia y de los regimenes y operaciones aduaneras, conforme a disposiciones especificas sobre la materia. El volante de despacho emitido por el terminal de almacenamiento tiene caracter referencial y podra ser solicitado por la autoridad aduanera. La SUNAT establecera los documentos que pueden presentarse por medios electronicos. Articulo 73º.- La autoridad aduanera podra solicitar la lista de empaque cuando la cantidad o diversidad de las mercancias lo ameriten e informacion tecnica adicional que permita su correcta identificacion. Articulo 74º.- Los despachos parciales a los que se refiere el articulo 50º de la Ley, solo podran efectuarse dentro de los treinta (30) dias siguientes al termino de la descarga. Articulo 75º.- En los regimenes de exportacion definitiva y exportacion temporal, la autoridad aduanera efectuara, a solicitud del exportador, el reconocimiento fisico en sus locales, cuando estos cuenten con la infraestructura necesaria. Se pueden acoger a lo dispuesto en el parrafo precedente, las siguientes mercancias: a) Las perecibles que requieran un acondicionamiento especial; b) Los explosivos; c) Las maquinarias de gran peso y volumen; d) Las que se trasladen por via terrestre hacia la aduana de salida; e) Otras que a criterio del intendente de aduana califiquen para efectos del presente articulo. Articulo 76º.- El plazo de los tramites, regimenes, operaciones y destinos aduaneros especiales o de ex-

c) Para el TRANSITO: 1. Declaracion Unica de Aduanas. 2. Documento de transporte. 3. Factura o documento equivalente, en caso se requiera. 4. Garantia, cuando corresponda. d) Para el TRANSBORDO: 1. Solicitud. 2. Manifiesto de carga. 3. Documento de transporte, cuando corresponda. e) Para el DEPOSITO DE ADUANA: 1. Declaracion Unica de Aduanas. 2. Documento de transporte. 3. Factura o documento equivalente. 4. Documento de seguro de transporte, cuando corresponda. f) Para la IMPORTACION TEMPORAL: 1. Declaracion Unica de Aduanas. 2. Documento de transporte 3. Factura, documento equivalente o contrato segun corresponda. 4. Documento de seguro de transporte, cuando corresponda. 5. Declaracion Jurada, indicando el fin y ubicacion de la mercancia.