Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2005 (26/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Dictan disposiciones para la ejecucion de actividades estadisticas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 062-2005-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 24 de enero de 2005 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 002-2004-P-CSJLI/ PJ de fecha 2 de enero de 2004. CONSIDERANDO:

el numero de resoluciones revocadas o confirmadas por las instancias superiores, entre otros; Que, la formulacion, planificacion, ejecucion, monitoreo y evaluacion de las actividades estadisticas, inventario y depuracion de expedientes y descarga diaria de actos procesales previstos en la presente Resolucion Administrativa, estara a cargo de la Oficina de Desarrollo de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, a fin de detectar y evaluar las deficiencias tecnicas y administrativas advertidas durante la recopilacion de informacion, proponiendo las medidas correctivas del caso, en coordinacion con los senores Magistrados; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del T.U.O. de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE:

Que, mediante Resolucion Administrativa de Vista se establecio el desarrollo de las actividades estadisticas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA correspondientes al ano 2004, disponiendose el obligatorio cumplimiento por parte de todos los organos jurisdiccionales, de proporcionar mensualmente la informacion estadistica de carga procesal y produccion jurisdiccional, asi como la informacion del inventario y depuracion de expedientes, en forma semestral (de junio y diciembre); Que, el control de la informacion estadistica sobre produccion y carga procesal de cada organo jurisdiccional constituye un medio idoneo para la toma de decisiones oportunas dentro del MORDAZA normativo respectivo, coadyuvando al logro de los objetivos y metas de la Corte Superior de Justicia de Lima; por lo cual, resulta necesario normar la formulacion, planificacion, ejecucion, monitoreo y evaluacion del manejo de dicha informacion; Que, para la consecucion de los objetivos senalados, es preciso que todos los organos jurisdiccionales y administrativos que conforman esta Corte Superior de Justicia, proporcionen mensualmente la informacion estadistica respectiva, la misma que tendra caracter de Declaracion Jurada, con todas las responsabilidades de Ley; Que, de otro lado, al ser objeto de medicion la produccion jurisdiccional, los actos procesales emitidos o realizados por los Juzgados Especializados en lo Civil, Familia y Laboral, y Sala Especializada de Familia ubicados en el Edificio "Javier MORDAZA Valdez", asi como por los Modulos Basicos de Justicia y Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA deben ser descargados en el sistema informatico respectivo, el mismo dia de su emision o realizacion bajo responsabilidad del magistrado, lo cual sera materia de verificacion por el personal responsable designado por esta Presidencia; Que, a fin de que la informacion sobre carga procesal y produccion jurisdiccional por especialidades y subespecialidades sea altamente confiable, la coordinacion se efectuara directamente con los senores Magistrados o con los responsables de la elaboracion de las estadisticas, quienes deberan procesar y consignar la informacion pertinente en los formatos de relevamiento respectivos de manera ordenada, coherente y precisa; Que, asimismo, a fin de contar con informacion precisa sobre la especialidad, via procedimental, materia y estado de los expedientes que se tramitan ante los diversos organos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, y poder brindar una adecuada atencion a los justiciables, es necesario disponer que periodicamente se realice un inventario y depuracion general de expedientes; Que, de otro lado, el Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico aprobado mediante Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 2412002-CNM de fecha 13 de MORDAZA de 2002, establece en su articulo tercero, que la Comision Permanente de Evaluacion y Ratificacion de Jueces y Fiscales recabara de la Corte Suprema y de la Fiscalia de la Nacion, informes escalafonarios actualizados y documentados, respecto de cada uno de los evaluados en su jurisdiccion, informacion que contendra ademas, la produccion jurisdiccional de los siete ultimos anos, con estadistica de las causas ingresadas y resueltas en cada ano, que indique

Articulo Primero.- DISPONER la ejecucion de las actividades estadisticas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para el periodo comprendido entre el 3 de enero y el 31 de diciembre del ano en curso. Articulo Segundo.- DISPONER que todos los organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remitan obligatoriamente a la Oficina de Desarrollo de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, la informacion estadistica sobre carga procesal y produccion jurisdiccional de cada mes, dentro de los primeros cinco dias utiles del mes siguiente, informacion que tendra caracter de Declaracion Jurada. Articulo Tercero.- DISPONER el obligatorio cumplimiento por parte de todos los organos jurisdiccionales, de remitir a la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, la informacion relativa al inventario y depuracion de expedientes, en forma semestral, dentro de los primeros cinco dias utiles posteriores a los meses de junio y diciembre del ano en curso, labores que estaran a cargo de los Asistentes, Secretarios y/o Especialistas Legales, bajo la directa supervision de los Magistrados. Articulo Cuarto.- DISPONER que todos los actos procesales emitidos o realizados por los Juzgados Especializados en lo Civil, Familia y Laboral, y Sala Especializada de Familia ubicados en el Edificio "Javier MORDAZA Valdez", asi como por los Modulos Basicos de Justicia y Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA descargados en el sistema informatico respectivo el mismo dia de su emision o realizacion, bajo responsabilidad del magistrado correspondiente. Articulo Quinto.- ENCOMENDAR a la Oficina de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la formulacion, planificacion, ejecucion, monitoreo y evaluacion de las actividades senaladas en los articulos precedentes, quedando facultada para la adopcion de las medidas que resulten necesarias para su estricto cumplimiento, pudiendo efectuar visitas inopinadas a los diversos organos jurisdiccionales, proponer las medidas correctivas del caso y adoptar las acciones que resulten necesarias para el cabal cumplimiento de la presente Resolucion Administrativa, en coordinacion con los senores Magistrados; asimismo, debera hacerse cargo del seguimiento y verificacion en forma semanal de la descarga de los actos procesales que deben efectuar los diversos organos jurisdiccionales. Articulo Sexto.- DISPONER que los Administradores de los Modulos Corporativos de apoyo a los Juzgados Especializados en lo Civil, Familia y Laboral, y Sala Especializada de Familia ubicados en el Edificio "Javier MORDAZA Valdez", asi como por los Modulos Basicos de Justicia y Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA, remitan obligatoriamente a la Oficina de Desarrollo de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, dentro del plazo establecido, la informacion requerida en los articulos MORDAZA y tercero de la presente Resolucion Administrativa por medios magneticos o electronicos, independientemente de la que sea remitida directamente y por conducto regular por los organos jurisdiccionales respectivos. Articulo Setimo.- DISPONER que el incumplimiento por parte de los organos jurisdiccionales respectivos, de lo dispuesto en los articulos MORDAZA, tercero y MORDAZA de la presente Resolucion Administrativa, dentro de los plazos establecidos, sera puesto en conocimiento