Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2004 (29/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 29 de setiembre de 2004

b. Sometido al Consejo de Investigacion. c. Sometido a la Justicia Militar, con causa elevada a MORDAZA o que se MORDAZA dictado orden de detencion definitiva. Articulo 2º.- La Seleccion de los Oficiales generales y Almirantes que pasaran a la Situacion de Retiro por la causal de Renovacion, sera establecida por el Comandante General de la respectiva Institucion, en atencion a las necesidades reales y del servicio; la propuesta que formule sera elevada a traves del Ministerio de Defensa; y la aprobacion es potestad del Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas. Articulo 3º.- El Consejo de Investigacion para Oficiales Superiores se constituira en Junta Calificadora, seleccionara a los Oficiales que deben pasar a la Situacion de Retiro por la causal de Renovacion, considerando las necesidades del Instituto con relacion a los efectivos de organizacion y en funcion del servicio, el Comandante General de la Institucion aprobara y elevara la respectiva propuesta. Articulo 4º.- Las cantidades minimas y maximas, establecidas porcentualmente del efectivo de Organizacion para cada Grado, de MORDAZA, Comando y Servicios; que pasaran a la Situacion Militar de Retiro por la causal de Renovacion, hasta el 31 de diciembre del 2005, seran las siguientes: (a) EJERCITO DEL PERU Oficiales de MORDAZA Para Generales de Division Para Generales de Brigada Para Coroneles Para Tenientes Coroneles Para Mayores Oficiales de Servicios Para Generales de Brigada Para Coroneles Para Tenientes Coroneles Para Mayores (b) MORDAZA DE MORDAZA Oficiales de Comando y especialistas Para Vicealmirantes Para Contralmirantes Para Capitanes de Navio Para Capitanes de Fragata Para Capitanes de Corbeta Oficiales de Servicio Para Contralmirantes Para Capitanes de Navio Para Capitanes de Fragata Para Capitanes de Corbeta (c) FUERZA AEREA Oficiales de MORDAZA Para Tenientes Generales Para Mayores Generales Para Coroneles Para Comandantes Para Mayores Oficiales de Servicios Para Mayores Generales Para Coroneles Para Comandantes Para Mayores de 1 a 3 de 1 a 20 de 1 a 25 de 1 a 25 de 1 a 4 de 1 a 20 de 1 a 25 de 1 a 30 de 1 a 30 de 1 a 10 de 1 a 15 de 1 a 20 de 1 a 20 de 1 a 4 de 1 a 20 de 1 a 40 de 1 a 40 de 1 a 40 de 1 a 5 de 1 a 30 de 1 a 50 de 1 a 50 de 1 a 7 de 1 a 30 de 1 a 80 de 1 a 120 de 1 a 120

Articulo 6º.- Los Oficiales Generales, Almirantes y Oficiales Superiores comprendidos en los casos que anteceden, pasaran a la Situacion de Retiro percibiendo los goces a que tenga derecho, con arreglo al Decreto Ley Nº 19846 "Ley de Pensiones Militar-Policial", su Reglamento y disposiciones conexas. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 17566

Autorizan ingreso al Peru de personal militar de Ecuador, Colombia y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 406-2004-DE/SG MORDAZA, 27 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se deben especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimil (DGS) Nº 538 de fecha 14 de septiembre del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar de la Republica del Ecuador, del 26 de setiembre al 2 de octubre del presente ano, con el objeto de participar en la II Reunion de Intercambio de Experiencias entre los Comandantes de Desminado del los Ejercitos del Peru y Ecuador, de acuerdo con lo establecido en el Entendimiento MORDAZA de la VII Ronda de Altos Mandos Militares entre ambos paises; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica del Ecuador, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 26 de setiembre al 2 de octubre del 2004, con el objeto de participar en la II Reunion de Intercambio de Experiencias entre los Comandantes de Desminado de los Ejercitos del Peru y Ecuador. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion Encargado de la Cartera de Defensa 17569

Articulo 5º.- El pase a la Situacion de Retiro por la causal de Renovacion, para Oficiales Generales y Almirantes se efectuara por Resolucion Suprema y para los Oficiales Superiores por Resolucion Ministerial.