Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2004 (29/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, miercoles 29 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, por Decreto Supremo Nº 054-DE/SG del 20 de diciembre del 2001, se suspendio hasta el 31 de diciembre del 2002, los efectos del Articulo 4º del Reglamento del Articulo 58º del Decreto Legislativo Nº 752, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-92 DE/SG de fecha 11 de noviembre 1992, modificado por el Decreto Supremo Nº 058 DE/SG de fecha 12 de noviembre 1996, y se fijan las cantidades minimas y maximas, establecidas porcentualmente del efectivo de Organizacion para cada Grado, Comando y Servicios, del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea del Peru, que pasen a la Situacion Militar de Retiro por la causal de Renovacion, durante el ano 2001 y 2002; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024 DE/SG de fecha 29 de noviembre del 2002, se amplio la vigencia del Decreto Supremo Nº 054 DE/SG hasta el 31 de diciembre del 2005; Que, resulta necesario unificar en un Texto Unico Ordenado los dispositivos que guarden relacion con la reglamentacion del Articulo 58º del Decreto Legislativo Nº 752 "Ley de Situacion Militar de los Oficiales del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea", sobre el pase a la Situacion Militar de Retiro por la causal Renovacion; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado con el Ministro de Defensa; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion Apruebese el Texto Unico Ordenado del Reglamento del Articulo 58º del Decreto Legislativo Nº 752, "Ley de Situacion Militar de los Oficiales del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea", que MORDAZA el pase a la Situacion

Militar de Retiro por la causal de Renovacion de los Oficiales de MORDAZA, Comando y Servicios de las Instituciones de las Fuerzas Armadas, que consta de SEIS (6) Articulos, el mismo que en anexo forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de setiembre del ano 2004. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa TEXTO UNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DEL ARTICULO 58º DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 752 Articulo 1º.- Los Oficiales Generales, Almirantes y Oficiales Superiores de las instituciones de las Fuerzas Armadas, para ser considerados en la propuesta de pase a la Situacion Militar de Retiro por la causal de Renovacion, no deberan estar incursos en ninguna de las siguientes condiciones: a. Comprendido en otra de las causales de pase a la Situacion Militar de Retiro, establecidas en el Articulo 55º del Decreto Legislativo Nº 752.

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
COMUNICADO Nº 042-2004-EF/76.01
A LOS GOBIERNOS REGIONALES A LOS GOBIERNOS LOCALES

MORDAZA PARTICIPATIVO 2005
La Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, comunica a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales lo siguiente: 1. En el MORDAZA de lo dispuesto en el Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01 ­Instructivo para el MORDAZA de Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo, asi como lo precisado en el Comunicado Nº 041-2004-EF/76.01 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de setiembre de 2004, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales tuvieron plazo hasta el 27 de setiembre de 2004 para cumplir con registrar en el Aplicativo Informatico en Web para el MORDAZA Participativo, los resultados finales de la Programacion Participativa de sus Presupuestos 2005 y remitir a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, el "Documento de Presupuesto Participativo" a que hace referencia el Capitulo IV del Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01, de acuerdo al Indice de Contenido puesto a su disposicion en el Aplicativo Informatico en mencion. 2. Al respecto, atendiendo las numerosas solicitudes recibidas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, esta Direccion Nacional ha estimado conveniente ampliar el plazo MORDAZA mencionado, hasta el lunes 04 de Octubre de 2004. 3. La Direccion Nacional del Presupuesto Publico, una vez vencido el plazo MORDAZA senalado, MORDAZA de conocimiento de la Contraloria General de la Republica la relacion de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que no hayan cumplido con el registro de la informacion relacionada al MORDAZA Participativo en el Aplicativo Informatico puesto a su disposicion, asi como de los Omisos a la MORDAZA del "Documento de Presupuesto Participativo", para que en cumplimiento de la normatividad vigente, dicho organo superior de control disponga las acciones correspondientes conforme a Ley. MORDAZA, 27 de setiembre de 2004 MORDAZA SHACK YALTA Director General DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO 17528