Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2004 (29/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 29 de setiembre de 2004

Que, estando a lo dispuesto por el inciso f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion del Sistema emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba pre-constituida para el inicio de acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos Informes, motivo por el cual resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, con la finalidad que interponga las acciones judiciales que correspondan; Que, por tanto, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que interponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17357, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modifica por Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0672003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes contra el ex Director (e) de la Subregion MORDAZA del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI indicado en el Informe Especial Nº 015-2003-INDECI/OCI - Indicios Razonables de Presunta Comision de Delito en el Manejo de Presupuesto del Convenio de Cesion en Uso del Local "Casa del Campesino Moquegua". Articulo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 17506

Que, en consecuencia con lo anterior, mediante Informe Nº 127-2004-PCM/SA-OAF del Jefe de la Oficina de Asuntos Financieros de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Memorandum del Visto se senala que se procedio a requerir a las personas implicadas la devolucion del mayor monto pagado, sin haber logrado un resultado favorable, con lo cual se da por agotada la via administrativa, recomendando el inicio de las acciones legales pertinentes a fin de resarcir el perjuicio economico causado al Estado; Que, por tanto, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin que interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17357, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que corresponda contra las personas indicadas en el Informe de Control Nº 009-2001-2-0581 - "Examen Especial a las Acciones Administrativas Ejecutadas al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 298-91-EF, correspondiente al periodo enero 1996 - diciembre 2000" y en el Informe Nº 1272004-PCM/SA/OAF, emitido por el Jefe de la Oficina de Asuntos Financieros de la Presidencia del Consejo de Ministros, los que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 17507

Autorizan a procurador iniciar acciones legales para la recuperacion de importes por pagos en exceso a funcionarios a que se refiere el Informe de Control Nº 009-2001-2-0581
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 289-2004-PCM MORDAZA, 27 de setiembre de 2004 Visto, el Memorandum Nº 564-2004-PCM/SA.-300 del Secretario de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el Informe de Control Nº 009-2001-2-0581 - "Examen Especial a las Acciones Administrativas Ejecutadas al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 298-91-EF, correspondiente al periodo enero 1996 - diciembre 2000", verifico la realizacion de diversos pagos en exceso a ex funcionarios, por lo que recomendo se efectuaran las acciones conducentes a la recuperacion de los importes; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion del Sistema emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de acciones administrativas y/ o legales que MORDAZA recomendadas en dichos Informes;

DEFENSA
Aprueban Texto Unico Ordenado del Reglamento del Articulo 58º del D. Leg. Nº 752 "Ley de Situacion Militar de los Oficiales del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea"
DECRETO SUPREMO Nº 013-2004-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 752 se aprobo la "Ley de Situacion Militar de los Oficiales del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea"; Que, el Articulo 55º, inciso (C) del citado dispositivo establece el pase a la Situacion de Retiro por la causal de "Renovacion"; Que, el Articulo 58º de la misma MORDAZA precisa que podran pasar a la Situacion de Retiro por la causal "Renovacion", Oficiales de MORDAZA, Comando y Servicios de los MORDAZA de Mayor y Capitan de Corbeta, hasta General de Division, Vicealmirante y MORDAZA General, de acuerdo a las necesidades que determine cada Institucion, lo que se reglamentara especificandose una cantidad minima y MORDAZA para cada grado, de MORDAZA, Comando y Servicios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 083 DE/SG del 11 de noviembre de 1992, se aprobo el Reglamento del Articulo 58º del Decreto Legislativo Nº 752;