Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2004 (24/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 24 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES
Cuadro Nº 1

Pag. 283133

Regulacion de cargos de Interconexion en el Peru
Referencia Inicial Metodologia Comparacion Internacional Comparacion Internacional Ajustes Posteriores Estado Metodologia Modelo de Costos MORDAZA TELRIC Culminado Se Declaro el Modelo de Costos TELRIC Inicio del Procedimiento de Oficio MORDAZA Culminado US$ 0.00554 Tasado al MORDAZA Temas Pendientes

Concepto Terminacion en Redes Fijas

MORDAZA Resolucion N° 0612000-CD/OSIPTEL

Valor US$ 0.0168 Tasado al MORDAZA

MORDAZA Resolucion N° 018-2003CD/OSIPTEL

Valor US$ 0.01208 Tasado al MORDAZA

4 diciembre de 2000 Resolucion N° 042Terminacion en 2001-CD/OSIPTEL Redes Moviles 15 de agosto de 2001 Transporte Conmutado Local Resolucion N° 0612000-CD/OSIPTEL 04 diciembre de 2000

24 de marzo de 2003 US$ 0.02053 Solo para Resolucion N° 052-2004CD/OSIPTEL llamadas de LD y/o originadas en TUPs 04 de MORDAZA de 2004 Resolucion N° 029-2001CD/OSIPTEL 28 de junio de 2001

Desarrollo del MORDAZA y MORDAZA de propuesta Desarrollo de Modelo de Costos TELRIC Desarrollo de Modelo de Costos TELRIC Desarrollo de Modelo de Costos TELRIC

Comparacion Internacional Prueba de Imputacion Tarifaria

US$ 0.0074 Tasado al MORDAZA

Modelo de Costos Preliminar

Resolucion N° 062Transporte 2000-CD/OSIPTEL Conmutado de 04 diciembre de 2000 Larga Distancia Enlaces de Interconexion

US$ 0.07151 Tasado al Minuto

Mandato de Tabla de Valores en Interconexion N° 001- Propuesta de las funcion del numero de E1s 2000-GG/OSIPTEL empresas y el periodo de contratacion 15 de enero de 2000 Resolucion N° 018Resolucion N° 089-2004Analisi de Cargo de Acceso 2001-CD/OSIPTEL CD/OSIPTEL Factibilidad para Telefonos S/ 0.217 Tasado al minuto 10 de MORDAZA de 2001 28 de noviembre de 2004 Publicos Resolucion N° 063-96Alquiler de PD/OSIPTEL Circuitos de 04 diciembre de 1996 Larga Distancia Comparacion Internacional Tabla de Valores en funcion de la tecnologia y velocidad de transmision

Se Declaro el Modelo de Costos TELRIC Inicio del Procedimiento de Oficio

Desarrollo del MORDAZA y MORDAZA de propuesta Desarrollo de Modelo de Costos TELRIC

Tal como se puede apreciar, de todos los conceptos analizados en cuatro de ello aun no se ha dado el MORDAZA paso previsto en el MORDAZA normativo, el cual corresponde a la fijacion del cargo de interconexion sobre la base de costos, MORDAZA que implica en terminos practicos la implementacion de un modelo que combine, acorde con la realidad peruana, la informacion presentada por las empresas y los supuestos y/o ajustes complementarios para simular el comportamiento de una red eficiente. En ese sentido, acorde con los desarrollos teoricos y siguiendo con el esquema y la politica regulatoria prevista en la normativa peruana, se considera necesario incorporar en la agenda regulatoria el inicio de los procedimientos regulatorios que tengan como objetivo la revision de los siguientes conceptos: (i) Cargo por Transporte Conmutado Local; (ii) Cargo por Transporte Conmutado de larga distancia nacional, (iii) Costo de los Enlaces de Interconexion; y (iv) Alquiler de Circuitos de Larga Distancia Nacional2 . Respecto del cargo por el concepto de Transporte conmutado local, es importante senalar que si bien en el ano 2001 se MORDAZA dicho cargo sobre la base de un modelo de costos elaborado por la empresa consultora Strategic Policy Research (SPR), la falta de informacion detallada respecto de la red fija de la empresa establecida determino que dicho modelo se realice basicamente sobre la base de supuestos y parametros tecnicos correspondientes a la experiencia internacional. En ese contexto, resulta pertinente el iniciar un MORDAZA de revision de dicho resultado, MORDAZA que debera contar con el soporte que proviene de la experiencia y la informacion adquirida para la determinacion del cargo por terminacion en la red fija. En materia del cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional, la fijacion del cargo sobre la base de costos debe contribuir a corregir las imperfecciones asociadas a la implementacion del esquema de imputacion tarifaria realizado en el ano 2000. - El cargo estimado sobre la base la tarifa tope promedio ponderada pierde validez debido a que la tarifa vigente en la fecha en el cual se efectuo el MORDAZA de imputacion tarifaria no es la vigente actualmente. - Dado que la tarifa tope promedio ponderada correspondiente a las comunicaciones de larga distancia esta asociada a un esquema de tasacion al minuto, el cargo por el concepto de transporte conmutado que se deriva de MORDAZA tambien se encuentra asociado a un esquema de tasacion al minuto. Ello genera un gasto innecesario de recursos en las empresas operadoras debido a la necesidad de llevar una cuantifi-

cacion del trafico cursado por su red tasado al MORDAZA para el caso de los cargos de interconexion por terminacion de llamada y transporte conmutado local, y otra tasado al minuto para la prestacion exclusiva del servicio de transporte conmutado de larga distancia nacional. Finalmente, en relacion con la prestacion de los servicios portadores asociados a los enlaces de interconexion (circuitos locales) y el alquiler de circuitos de larga distancia, la elevada importancia de los medios portadores en el ambito de la interconexion y la competencia a nivel de los servicios finales 3 , asi como la preocupacion manifestada por diversas empresas respecto del nivel actual de dichos cargos, conlleva a considerar como un elemento adicional en la agenda regulatoria la revision de los cargos correspondientes. Por lo expuesto, se recomienda dar inicio a un procedimiento de oficio destinado a revisar los conceptos mencionados, siguiendo para tales efectos con los criterios definidos en el Procedimiento para la Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL, con excepcion del servicio de alquiler de circuitos de larga distancia, en cuyo caso se debera seguir el Procedimiento para la fijacion y/o revision de tarifas tope aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 1272003-CD/OSIPTEL.

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En relacion con importancia de las prestaciones de transporte conmutado, es necesario precisar el Articulo 22º del Texto unico Ordenado precisa en su ultimo parrafo que el transporte conmutado local y el transporte de larga distancia nacional son instalaciones esenciales de la interconexion, por lo tanto los cargos que se establezcan por tales conceptos deben ser previamente aprobados por OSIPTEL. En relacion con la importancia del medio portador, el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado precisa que los servicios portadores constituyen el principal medio de interconexion entre los servicios y redes de telecomunicaciones. Complementariamente, el Articulo 20º senala ademas que los operadores titulares de las redes o los servicios interconectados estan obligados, si fuese el caso, a contratar con operadores del servicio portador para el empleo de la infraestructura que utilizaran en la interconexion. El operador del servicio portador tiene derecho a percibir los cargos respectivos, que seran definidos en el contrato o mandato correspondientes.

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