Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2004 (24/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, viernes 24 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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ne, de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y demas dispositivos y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales y Juridicas que prestan servicios de transporte fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, lo dispuesto por la presente Resolucion Directoral. Articulo 6º.- El Permiso de Operacion otorgado quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el administrado no cumple con la publicacion de la presente Resolucion en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion Directoral. Articulo 7º.- El presente Permiso de Operacion mantendra su plena vigencia en tanto el administrado don MORDAZA MORDAZA GRANDA MORDAZA cumpla con mantener vigentes las Polizas de Seguro correspondientes e informes de las renovaciones del caso a la Autoridad de Transporte Acuatico y a la Autoridad Maritima competente. Articulo 8º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del sector defensa, Capitania de Puerto de Iquitos, Yurimaguas y Pucallpa y a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de MORDAZA y Ucayali. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAMBURU GARDENER Director General Direccion General de Transporte Acuatico 22474

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional con el Congreso de la Republica para edicion de libros de caracter juridico, legislativo, jurisprudencia y otros relacionados
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 216-2004-CE-PJ MORDAZA, 7 de diciembre de 2004 VISTO: El Oficio Nº 2497-2004-GG/PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Gerente General del Poder Judicial remite a este Organo de Gobierno para su aprobacion, el proyecto de Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional entre el Poder Judicial y el Congreso de la Republica para la edicion de libros sobre temas de caracter juridico, legislativo, jurisprudencia y demas relacionados con temas que MORDAZA instituciones acuerden; Que, el mencionado Convenio Interinstitucional tiene como objetivo esencial establecer el MORDAZA general de cooperacion entre el Poder Judicial y el Congreso de la Republica para la edicion de libros teniendo en cuenta que el Congreso de la Republica a traves de su Fondo Editorial posee la infraestructura adecuada para la edicion de libros y publicaciones diversas sobre temas sustantivos de interes nacional, cultural y educativo; Que, dentro de los alcances MORDAZA mencionados tanto el Poder Judicial como el Congreso de la Republica acuerdan suscribir Convenios Especificos al MORDAZA del pre-

sente Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional, para lo cual en cada uno de los Convenios a celebrarse se definiran alcances, plazos y condiciones particulares; en tal sentido, el Congreso de la Republica previamente a la posible celebracion de cualquier Convenio Especifico para la edicion de un determinado libro, elaborara un informe documentado que remitira al Poder Judicial, conteniendo los costos generales de la propuesta, asi como el aporte que le corresponderia realizar a cada una de las partes, debiendo necesariamente precisarse en cada caso los materiales que el Poder Judicial tendria que aportar para su concrecion; todo ello en estricta concordancia, con sus posibilidades economicas y de recursos; Que, siendo asi, la celebracion del Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional entre el Poder Judicial y el Congreso de la Republica, resulta de particular transcendencia, y en consecuencia es conveniente su aprobacion a fin de iniciar en el mas breve plazo su implementacion y ejecucion; Que, al respecto es menester precisar que el plazo de vigencia del presente Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional entre el Poder Judicial y el Congreso de la Republica es de 2 anos y regira a partir de la fecha de su suscripcion, pudiendo prorrogarse de comun acuerdo entre las partes, previa autorizacion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Que, en tal sentido, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 76º, incisos 1º y 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado el Convenio por este Organo de Gobierno corresponde al Presidente del Poder Judicial en representacion de este Poder del Estado proceder a suscribirlo; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en aplicacion del inciso 21 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el Informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber excusado su asistencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional entre el Poder Judicial y el Congreso de la Republica, para la edicion de libros sobre temas de caracter juridico, legislativo, jurisprudencia y demas relacionados con temas que MORDAZA instituciones acuerden, que consta de 10 (diez) clausulas, delegandose al Presidente del Poder Judicial su suscripcion en representacion de este Poder del Estado, asi como la celebracion de los Convenios Especificos a los que MORDAZA lugar al MORDAZA del citado Convenio MORDAZA teniendo en cuenta lo establecido en los considerandos desarrollados precedentemente. Articulo Segundo.- El plazo de vigencia del Convenio de Cooperacion Interinstitucional materia de la presente resolucion sera de 2 anos contados a partir de la fecha de su suscripcion, pudiendo prorrogarse de comun acuerdo entre las partes, previa autorizacion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, al Congreso de la Republica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 23340