Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2020 (09/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

2 PODER JUDICIAL

NORMAS LEGALES

Domingo 9 de febrero de 2020 /

El Peruano

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RR. N°s. 0070, 0071, 0072, 0073, 0074, 0075, 0076, 0077, 0079 y 0082-2020-JNE.- Confirman resoluciones que declararon nulas diversas actas electorales en el marco del proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 43 MINISTERIO PUBLICO Res. N° 114-2020-MP-FN.- Autorizan viaje de Fiscal Provincial del Equipo Especial de Fiscales a Brasil, en comisión de servicios 54 Res. N° 115-2020-MP-FN.- Autorizan viaje de Fiscal Provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios a Brasil, en comisión de servicios 55

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. N° 013-2020-P-CE-PJ.- Cesan por límite de edad a Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Junín 34 Res. Adm. N° 015-2020-P-CE-PJ.- Aprueban instrumentos normativos de gestión relacionados al Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral 35 Res. Adm. N° 016-2020-P-CE-PJ.- Modifican la Res.Adm. N° 001-2020-CE-PJ 36 Queja N° 12-2013-CAJAMARCA.Sancionan con destitución a Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Cajamarca, Corte Superior de Justicia de Cajamarca 36 Inv. N° 21-2013-JUNIN.- Sancionan con destitución a Auxiliar Administrativo I, adscrito a la Oficina Central de Información y de Distribución de Juzgado (ex Mesa de Parte), de la Corte Superior de Justicia de Junín 40

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO

ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA Res. Nº 0003-2020-BCRP-N.- Autorizan viaje Gerente General del BCR a Suiza, en comisión de servicios 43

Ordenanza N° 289-2020/MDSB.- Ordenanza Municipal que aprueba el descuento por pronto pago de arbitrios correspondientes al ejercicio fiscal 2020, en el distrito de San Bartolo 56 armónico y sostenido del país, expresa el compromiso de construir un sistema de autonomías políticas, económicas y administrativas, basado en la aplicación del principio de subsidiariedad y complementariedad entre los niveles de gobierno nacional, regional y local, con el fin de fortalecer estos últimos y propiciar el crecimiento de sus economías; asimismo, propone como un objetivo del Estado, favorecer el asociacionismo intermunicipal e interregional para el tratamiento de temas específicos y fomentar mecanismos de compensación presupuestal para casos de desastre natural y de otra índole, de acuerdo al grado de pobreza de cada región; Que, mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal modificada por la Ley N° 29341; Que, el Decreto Legislativo N° 1445 modificó diversos artículos de la Ley N° 29029 y, de acuerdo a lo dispuesto por su Primera Disposición Complementaria Final, corresponde aprobar un nuevo Reglamento de la citada Ley de la Mancomunidad Municipal, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros, en el cual se incorporen las referidas modificaciones; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por el Decreto Legislativo N° 1445; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; DECRETA: Artículo 1. Aprobación del Reglamento de la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal Apruébase el Reglamento de la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, el cual consta de siete (07) capítulos, treinta y uno (31) artículos, cuatro (04) Disposiciones Complementarias Finales y una (01) Única Disposición Complementaria Transitoria, que forma parte integrante del presente decreto supremo. Artículo 2. Financiamiento La implementación de lo dispuesto por el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal
DECRETO SUPREMO N° 021-2020-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, se estableció el marco jurídico para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el artículo 124 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a fin de promover la creación de Mancomunidades Municipales orientadas a la prestación conjunta de servicios o ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1445, se modifican los artículos 2, 4, 5, 5-A, 5-B, 6, 8 y 10; y, se incorporan los artículos 5-C y 11 de la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal; Que, el artículo 2 de la Ley N° 29029 define a la mancomunidad municipal, como una entidad pública perteneciente al nivel local, que se constituye por el acuerdo de voluntades de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y la mejora de la calidad de los servicios a los ciudadanos; Que, la Octava Política de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la descentralización política, económica y administrativa para el desarrollo integral,