Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2019 (04/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 70
70 GOBIERNOS LOCALES
NORMAS LEGALES
Viernes 4 de octubre de 2019 /
El Peruano
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 587-2019 La Victoria, 20 de setiembre de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA; VISTOS: El Informe Nº 224-2019-SGDECDT-GDS/ MLV de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deportes y Turismo; el Informe Nº 128-2019-GDSM/MLV de la Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer; Informe Nº 133-2019-SGPYM-GPP/MLV de la Subgerencia de Planificación y Modernización; Memorándum Nº 1098-2019-GPP/MLV de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; Informe Nº 453-2019-GAJ-MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que el numeral 43.1, artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que: "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal."; Que mediante Resolución de Alcaldía N° 159-2019/ MLV y sus modificatorias se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos TUSNE de la Municipalidad de La Victoria, el cual contempla todos los servicios que no son prestados en exclusividad y que presta la Municipalidad en el marco de lo establecido en la Ley 27444; Que mediante Memorando N° 224 -2019-SGECDTGDS /MLV la Subgerencia de Educación, Cultura, Deportes y Turismo propone la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE - respecto al incremento de costo de los servicios brindados por la subgerencia en mención (talleres deportivos y otros), en atención a los gastos adicionales que generan el pago al personal administrativo, la adquisición de insumos, materiales de mantenimiento de infraestructura deportiva y mano de obra; permitiendo mejorar la calidad de los servicios a favor de los usuarios; Que mediante Informe Nº 128-2019-GDSM/MLV la Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer comparte el contenido del informe citado en el párrafo anterior; Que mediante Informe N° 133-2019-SGPYM-GPP/ MLV la Subgerencia de Planificación y Modernización luego de revisar, analizar y coordinar la propuesta indicada emite opinión técnica favorable la aprobación de la modificación del costo de los servicios que brinda la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Turismo, las cuales se encuentran detalladas y alineadas al objetivo y acciones estratégicas institucionales del
Plan Estratégico Institucional y registrada en el Plan Operativo Institucional, asimismo considera que su modificación ayudará a mejorar el servicio a favor de los usuarios; Que mediante Informe Nº 453-2019-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE - de la Municipalidad Distrital de La Victoria, respecto al incremento del costo de los servicios ejecutado por la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Turismo; informe que es compartido por la Gerencia Municipal mediante proveído N° 1537-2019-GM; Por los fundamentos expuestos y haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 20°, numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero. Aprobar la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE - de la Municipalidad Distrital de La Victoria regulado mediante Resolución de Alcaldía N° 159-2019/MLV, conforme se detalla en el anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer, y la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Turismo. Artículo Tercero.- Encargar a Secretaría General la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Resolución de Alcaldía y su anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1813117-1
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Designan funcionario responsable de brindar información que se solicite en virtud de lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 304-2019-A/MM Miraflores, 1 de octubre de 2019 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme lo establece el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, es un derecho fundamental de toda persona solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en cumplimiento de éste, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM se aprueba su Reglamento, y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM; Que, conforme lo establece el artículo 3º del Decreto