Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2019 (04/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de octubre de 2019 /

El Peruano

acordado por el Directorio en su sesión de 5 de setiembre del 2019; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Marlon Malpartida Jiménez, Especialista del Departamento de Economía Mundial de la Gerencia de Información y Análisis Económico a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 8 al 10 de octubre de 2019, y el pago de los gastos, a fin de que intervenga en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje Viáticos TOTAL US$ 1107,76 US$ 1670,00 ------------------US$ 2777,76

Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1808384-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Moquegua a Colombia, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 0362-2019-UNAM Moquegua, 16 de mayo de 2019. VISTO, Oficio Nº 172-2019-VPI/UNAM de 10 Mayo de 2019, Informe Legal Nº 495-2019- UNAM-CO/OAL de 08 de Mayo de 2019, Informe Nº 356-2019-OPEP/UNAM de 06 de Mayo de 2019, Informe Nº 0248-2019-UP/OPEP/ UNAM de 06 de Mayo de 2019, Informe Nº 234-2019DGI/VPI/UNAM de 24 de Abril de 2019, Informe Nº 052019-EEP/UNAM de 16 de Abril de 2019 y el Acuerdo de Comisión Organizadora en Sesión Extraordinaria de fecha 15 de Mayo de 2019; y, CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de Moquegua está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico

de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; asimismo en el caso de los Organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del Titular de la Entidad. En todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario Oficial El Peruano. Que, con Informe Nº 05-2019-EEP/UNAM de 16 de Abril de 2019, el Dr. Elías Escobedo Pacheco Docente Ordinario comunica que ha sido aceptado y seleccionado para participar como expositor en el IX Congreso Mundial de la Palta a llevarse a cabo entre el día 23 al 27 de Septiembre del 2019, en Medellín Colombia, con el tema "Acidos Grasos y Estabilidad Oxidativa de Aceite de Palta, variedad Hass y Fuerte-Moquegua, Perú" Que, es preciso indicar que el viaje al exterior del Dr. Elías Escobedo Pacheco Docente Ordinario, irrogará gastos por concepto de: Costo de Pasajes Terrestres Nacionales: Moquegua-Arequipa-Moquegua; Pasajes Aéreos Internacionales: Arequipa­Medellín (Colombia)Arequipa, ida y retorno; Hospedaje, Alimentación, Transporte; los cuales deberán ser asumidos por la Universidad Nacional de Moquegua. Que, en tal sentido, la Vicepresidencia de Investigación mediante Oficio Nº 172-2019-VPI/UNAM de 10 Mayo de 2019, en mérito al Informe Nº 234-2019-DGI/VPI/UNAM de 24 de Abril de 2019, solicita la aprobación del viaje al exterior, el itinerario, montos de pasajes aéreos y viáticos respectivos; asimismo la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, mediante Informe Nº 3562019-OPEP/UNAM de 06 de Mayo de 2019 y el Informe Nº 0248-2019-UP/OPEP/UNAM de 06 de Mayo de 2019, informa que de la revisión presupuestal se cuenta con el crédito presupuestal en la Meta 0090 Recursos Ordinarios, por el monto de S/ 7,650.00 soles ­ Pliego Universidad Nacional de Moquegua, Presupuesto del Año Fiscal 2019, para atender el requerimiento efectuado. Que, con Informe Legal Nº 495-2019-UNAM-CO/OAL de 08 de Mayo de 2019, el asesor legal de la UNAM, emite opinión favorable para que se autorice el VIAJE AL EXTERIOR del Dr. Elías Escobedo Pacheco, Docente Ordinario para participar en el IX Congreso Mundial de la Palta con una exposición oral con el tema "Acidos Grasos y Estabilidad Oxidativa de aceite de Palta, variedad Hass y Fuerte-Moquegua, Perú" a llevarse a cabo entre el día 23 al 27 de Septiembre en Medellín Colombia. De conformidad con el inciso 62.2 del Art. 62º de la Ley Universitaria Nº 30220, Ley Nº 27619, Ley Nº 30693, Resolución del Consejo Directivo Nº 103-2017-SUNEDU/ CD, el Estatuto Universitario y en uso de las atribuciones conferidas a la Comisión Organizadora, al Acuerdo de Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora, de fecha 15 de Mayo de 2019. SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el Viaje al Exterior, en comisión de servicios, al Dr. ELÍAS ESCOBEDO PACHECO, Docente Ordinario, para participar como expositor en el IX Congreso Mundial de la Palta, con el tema "Acidos Grasos y Estabilidad Oxidativa de Aceite de Palta, variedad Hass y Fuerte-Moquegua, Perú" a llevarse a cabo entre el día 23 al 27 de Septiembre del 2019, en la ciudad de Medellín - Colombia. Artículo 2º.- AUTORIZAR los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo a la meta 0090 ­ Recursos Ordinarios de la Universidad Nacional de Moquegua, con una Certificación Presupuestal de S/ 7,650.00 soles. Artículo 3º.- DISPONER que la Oficina de Logística o la que haga sus veces en la Universidad Nacional de Moquegua, debe realizar la contratación de Pasajes Terrestres Nacionales: Moquegua-Arequipa-Moquegua; Pasajes Aéreos Internacionales: Arequipa­Medellín (Colombia)-Arequipa, ida y retorno; toda vez que la adquisición de pasajes aéreos al exterior y/o interior del país, es una contratación de servicios, las cuales están reguladas dentro de la Ley Nº 30225 Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como sus modificatorias.