Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2019 (04/10/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 4 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

69

Que, resulta necesario constituir una instancia coordinadora de los esfuerzos del Sector Público y de la Sociedad Civil a la lucha contra la pobreza, en la cual participen las Entidades Públicas, las Organizaciones no Gubernamentales, Entidades Privadas, las Organizaciones Sociales de la Población, los Organismos Cooperantes, todo es parte de la política y estrategias formuladas, y, están comprometidos en la ejecución de diversos planes y programas de lucha contra la pobreza, que han obtenido resultados alentadores a nivel nacional; Que, el Acuerdo Nacional ha aprobado 36 políticas de Estado, las que han sido agrupadas en cuatro ejes temáticos, siendo una de ellas "La Equidad y Justicia Social"; con el que el Estado se compromete a dar prioridad efectiva a la lucha contra la pobreza y a la reducción de la desigualdad social, aplicando políticas integrales y mecanismos orientados a garantizar la igualdad de oportunidades económicas, sociales y políticas; con este enfoque de Desarrollo Humano Sustentable se sustenta la priorización de políticas regionales concertadas en el Acuerdo de Gobernabilidad "Un Desafío para el Desarrollo Integral y Sostenible de la Región de Ucayali 2019-2022"; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013 PCM., aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública que establece la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del Sector Público, al servicio de los Ciudadanos y el desarrollo del País; Que, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se rige por el Capítulo IV "Presupuesto por Resultados (PPR)" en el Título III, "Normas Complementarias para la Gestión Presupuestaria", se enmarca la implementación progresivamente a través de los programas presupuestales, las acciones de seguimiento del desempeño sobre la base de indicadores, las evaluaciones y los incentivos a la gestión, entre otros instrumentos que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, en colaboración con las demás Entidades del Estado; Que, mediante Decreto Supremo 054-2011 PCM., se aprueba el Plan Bicentenario "Perú al 2021"; así mismo a través de diversas directivas establece, considerar el "Enfoque de Resultados" en el Planeamiento Estratégico Nacional, Regional y Local, a través de los Planes de Desarrollo Concertado Regional y Local respectivamente; Que, la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales en el Título III, Artículo 12º expresa que: "Las Agrupaciones Políticas deben presentar su lista de Candidatos acompañado de un Plan de Gobierno". En los procesos electorales regionales anteriores se han promovido la construcción de agendas regionales vinculadas a los Planes de Gobierno de los Candidatos; Que, en el marco del Proceso Electoral Regional 2018, la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza Región Ucayali, propició la suscripción del Acuerdo de Gobernabilidad "Un Desafío para el Desarrollo Integral y Sostenible de la Región de Ucayali 2019-2022.", por 11 Movimientos y Partidos Políticos que postularon al Gobierno Regional de Ucayali y en el presente año el 11 de enero la ratificación de la suscripción del Acuerdo de Gobernabilidad por el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali; Que, mediante Oficio Nº 002-2019-MCLCP-U., de fecha 11 de enero de 2019, la Coordinadora Regional de la Mesa de Concertación Regional de Ucayali, solicita una Ordenanza Regional para el Acuerdo de Gobernabilidad "Un Desafío para el Desarrollo Integral y Sostenible de la Región de Ucayali 2019-2022"., estableciendo que es un documento de gestión y estrategia de Gobernabilidad, que al igual, que el Acuerdo Nacional establece las Políticas de Estado sobre temas de interés nacional y regional en la Lucha Contra la Pobreza y que permiten construir una democracia; Que mediante Oficio Nº 500-2019-GRU-GR., de fecha 05.07.2019, la Gobernación Regional de Ucayali eleva el expediente al Consejo Regional, conteniendo la opinión legal sobre ratificación de Acuerdo de Gobernabilidad "Un Desafío para el Desarrollo Integral y Sostenible de la Región de Ucayali 2019-2022";

Que, mediante Informe Legal Nº 037-2019-GRUGGR-ORAJ/RDCSH., de fecha 13 de junio de 2019, elaborado por la Asesora Legal del Gobierno Regional de Ucayali - Abogada Rocío Del Carmen Saavedra Hidalgo De Reátegui, concluye y recomienda, que el Expediente Nº 00530991 y sus actuados sea elevado al Consejo Regional, a fin de que proceda con la aprobación e implementación mediante Ordenanza Regional del Acuerdo de Gobernabilidad "Un Desafío para el Desarrollo Integral y Sostenible de la Región Ucayali 2019-2022", la cual ha sido ratificada por el señor Francisco Antonio Pezo Torres ­ Gobernador Regional de Ucayali. Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que: "Es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de competencia y funciones del Gobierno Regional"; Que, el artículo 38º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: "Las Ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentos materia de competencia"; Que, de conformidad con las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, artículo 9º y 10º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificado por las Leyes Nº 27902 y Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de julio de 2019, aprobaron por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Acuerdo de Gobernabilidad "Un Desafío para el Desarrollo Integral y Sostenible de la Región de Ucayali 2019-2022". Artículo Segundo.- RECONOCER a los Grupos de Seguimiento Concertado de Estado y Sociedad Civil en las dimensiones sociales, económica, ambiental e institucional de acuerdo a la Organización de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza de Ucayali. Artículo Tercero.- IMPLEMENTAR a través de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto en los Instrumentos de Gestión Pública de largo, mediano y corto plazo presupuesto público. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación de Planes y Programas de Lucha Contra la Pobreza y la Reducción de la Desigualdad Social. Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de mayor circulación local y a la Oficina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob. pe). Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Pucallpa, a los trece días del mes de julio del año dos mil diecinueve. JESSICA LIZBETH NAVAS SÁNCHEZ Consejera Delegada POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 12 días del mes de agosto de 2019. ANGEL LUIS GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ Gobernador Regional (e) 1813460-1