Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2019 (04/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 38
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NORMAS LEGALES
Viernes 4 de octubre de 2019 /
El Peruano
- Si la EPS cumple con lo establecido para la presente meta de acuerdo a lo señalado en el Anexo II del Estudio Tarifario, ICI= 100%. - Si la EPS no cumple con lo establecido para la presente meta de acuerdo a lo señalado en el en el Anexo II del Estudio Tarifario, ICI= 0%. Para la presente Meta de Gestión, cada proyecto y/o estudio técnico se considera como una Meta de Gestión a nivel de localidad. · Para la Meta de Gestión "Relación de trabajo":
ANEXO N° 2 FÓRMULA TARIFARIA DE EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2024 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS FÓRMULA E INCREMENTO TARIFARIO BASE 1. Para la localidad de Huacho
1. Por el servicio de agua potable T1 = T0 (1 + 0,080) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,080) (1 + ) 2. Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,080) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,080) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,078) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )
Donde:
T4 = T3 (1 + 0,078) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )
i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir.
Para la presente meta de gestión, el valor resultante deberá redondearse a un decimal. Para efectos de la evaluación del cumplimiento de las metas de gestión señaladas, si el ICI resulta mayor al 100% se considerará un cumplimiento individual del 100%. Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestión en un año regulatorio. Se define como la media aritmética de los ICI a nivel EPS de cada Meta de Gestión. Se expresa en porcentaje de la siguiente manera:
2 Para las localidades de Sayán y Végueta
1. Por el servicio de agua potable T1 = T0 (1 + 0,050) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,050) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,050) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ) 2. Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,050) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,050) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,050) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )
Donde To T1 T2 T3 T4 T5 : : : : : : : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente Tarifa media que corresponde al año 1 Tarifa media que corresponde al año 2 Tarifa media que corresponde al año 3 Tarifa media que corresponde al año 4 Tarifa media que corresponde al año 5 Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor
Donde: N : es el número total de metas de gestión. i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir. Metas de Gestión: Son los parámetros seleccionados por la Dirección de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones, las acciones de mejora en la gestión de la empresa prestadora establecidos en el estudio tarifario. Las Metas de Gestión son aprobadas en el Consejo Directivo de SUNASS. Valor Meta (VM): Es el valor de la Meta de Gestión establecido por el Consejo Directivo a propuesta de la Dirección de Regulación Tarifaria, que indica el objetivo a alcanzar por la empresa prestadora al final del año regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la Meta de Gestión alcanzado por la empresa prestadora como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio. II.- SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN Para efecto de las acciones de supervisión, fiscalización y sanción, la SUNASS verificará que al final de cada año del quinquenio regulatorio EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A. haya cumplido el 100% como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG. - El 80% del ICI a nivel de EPS. - El 80% del ICI a nivel de localidad. El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior.
En el quinquenio regulatorio 2019-2024 se tienen previstos tres incrementos tarifarios en el primer, tercer y cuarto año regulatorio para todas las localidades, en lo que respecta a los servicios de agua potable y alcantarillado. Los incrementos tarifarios del primer año regulatorio en los servicios de agua potable y alcantarillado en todas las localidades permitirán financiar lo siguiente: i) los costos de operación y mantenimiento de dichos servicios; ii) los costos de inversión de los proyectos a ser financiados con recursos internamente generados tales como la construcción de un pozo tubular y reservorio; iii) actualización del catastro técnico y comercial; iv) elaboración e implementación del Plan de Control de Calidad (PCC); v) elaboración del Programa de Adecuación Sanitaria (PAS); vi) elaboración, actualización e implementación del Plan de Gestión de Riesgos de Desastres (GRD) y Adecuación al Cambio Climático (ACC); vii) la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE) y viii) la implementación del Plan de Fortalecimiento de Capacidades, entre otros. En el tercer año regulatorio se aplicarán incrementos para los servicios de agua potable y alcantarillado de 8% en la localidad de Huacho y de 5% en las localidades de Sayán y Végueta con la finalidad de continuar cubriendo los costos de inversión tales como la construcción de pozos tubulares, construcción de reservorios, hermetización de sectores operacionales del sistema de agua potable, renovación de redes de alcantarillado, entre otros y complementar el financiamiento de las actividades vinculadas a los Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE), actualización del catastro técnico y comercial y la actualización e implementación del Plan de Gestión de Riesgos de Desastres (GRD) y Adecuación al Cambio Climático (ACC) Los incrementos tarifarios base del cuarto año regulatorio para los servicios de agua potable y