Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2019 (11/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Jueves 11 de abril de 2019 /

El Peruano

Nº30305, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; así mismo, son competentes para administrar sus bienes y rentas, creando, modificando y suprimiendo contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, derechos municipales conforme a Ley; Que, el numeral 1.1 del inciso 1º, del Artículo 85º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades Provinciales establecen un sistema de seguridad ciudadana con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, norman el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares de nivel distrital o de centros poblados en la jurisdicción provincial, de acuerdo a ley; Que, la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, modificada por la Ley Nº 28863, tiene por objeto coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana que garantiza una situación de paz social; por tal motivo resulta necesario establecer la efectiva ejecución de los planes integrados de Seguridad Ciudadana entre la Policía Nacional y los Gobiernos Locales, en concordancia con el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana ­ SINADEC, así como determinar los procedimientos para la implementación y ejecución de dichos planes; Que, conforme al artículo 13º del citado dispositivo, los comités regionales, provinciales y distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por CONASEC; Que, los Artículos 8º y 30º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, señalan que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana ­ CODISEC, es un componente del mencionado sistema, constituyendo una instancia de dialogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, que son Presididas por el Alcalde Distrital de la jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaría Técnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana, cuyo cargo es indelegable bajo responsabilidad, siendo una de sus funciones presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana, aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 010-2015-IN, se aprobó la Directiva Nº 001-2015-IN ­ "Lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana"; Que, la Directiva Nº 01-2009-DIRGEN-PNO/EMG, aprobada por Resolución Directoral Nº 170-2009-DIRGEN/ EMG, establece los lineamientos para la Efectividad en la Ejecución de Planes de Seguridad Ciudadana entre Gobiernos Locales y la Policía Nacional del Perú; Que, el Plan de Seguridad Ciudadana 2019, del distrito de La Perla, obedece a la necesidad de contar con un instrumento de gestión interinstitucional para reducir la violencia y la inseguridad desde una óptica integral, multisectorial, dentro del marco de las políticas del Concejo Nacional de Seguridad Ciudadana y en concordancia con la Ley Nº 27933 ­ Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Tiene por finalidad plantear una estrategia de lucha contra la inseguridad ciudadana en el distrito de La Perla, con la participación activa y coordinada de la sociedad civil, la Municipalidad, Policía Nacional del Perú y otras instituciones Públicas y Privadas a través del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana ­ CODISEC; Que, el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana 2019 del Distrito de La Perla, tiene como objetivo reducir los niveles de victimización y percepción de inseguridad local, mejorando la seguridad ciudadana en sus aspectos preventivos y disuasivos, optimizando las operaciones de control, así como implementar espacios públicos seguros como lugar de encuentro ciudadano; Que, mediante Oficio Nº 007-2019-CODISEC-GSCMDLP del Secretario Técnico ­ CODISEC ­ Cnel. PNP

(r) Walter Feliciano Fernández Martínez de fecha 07 de Febrero del 2019, en cumplimiento al Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, que en su Art. 30º Lit. e) dispone, que el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana 2019 del Distrito de La Perla, debe ser presentado al Concejo Municipal previamente aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal, adjuntándose copia del referido plan y del Acta de Aprobación, para los fines de cumplimientos de las disposiciones al respecto; Que, mediante Memorándum Nº 179-2019-GMMDLP de la Gerencia Municipal de fecha 08 de Febrero del 2019, solicita a Asesoría Jurídica emitir opinión legal ante el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana 2019 del Distrito de La Perla; Que, mediante Informe Nº 132-2019-GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 14 de Febrero del 2019, opina por la Procedencia y Viabilidad legal de ratificar mediante Ordenanza Municipal el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana 2019 del Distrito de La Perla, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana ­ CODISEC, en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 27933 ­ Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Informe Nº 03-2019-SGP/MDLP de la Subgerencia de Planeamiento de fecha 14 de Febrero del 2019, realiza el Informe Técnico correspondiente a la propuesta del Plan de Acción de Seguridad Ciudadana 2019 del Distrito de La Perla, concluyendo que el citado plan cuenta con los componentes exigidos por la norma que regula su elaboración, agregando dos sugerencias: una con respecto a la elaboración de la data, que sea más precisa sobre todo en los casos de la problemática de Consumo de Drogas y Sicariato que si consta en los mapas del Distrito pero no están plasmados en el informe de la caracterización; y por otro lado, con respecto a realizar un balance entre las acciones disuasivas, persuasivas y represivas; informando al Gerente de Planificación y Presupuesto; Que, mediante Memorándum Nº 086-2019-GPP/ MDLP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto de fecha 14 de Febrero del 2019, remite los actuados a Secretaria General para su evaluación y emitir el Dictamen correspondiente y luego de ello, elevar a Concejo Municipal; Que, mediante Dictamen Nº 001-2019 de la Comisión Ordinaria de Protección y Seguridad Ciudadana de fecha 08 de Marzo del 2019, dictamina por acuerdo UNÁNIME de los Regidores, se da por aprobado el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana 2019 del Distrito de La Perla; De conformidad con lo dispuesto por los numerales 8 y 9 del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº27972, con el VOTO MAYORITARIO, del pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA 2019 ­ DEL DISTRITO DE LA PERLA Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN DE ACCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA 2019 ­ DEL DISTRITO DE LA PERLA, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana ­ CODISEC, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933 ­ Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, documento que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, designada como Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana ­ CODISEC, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", una vez realizada su publicación, disponiéndose su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www. munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y