Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2019 (11/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Jueves 11 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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dispuestas a través del Decreto Supremo N° 056-2019PCM; De conformidad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 118 y el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; y los literales b) y d) del numeral 2) del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Deja sin efecto el Decreto Supremo N° 056-2019-PCM Dejar sin efecto la declaración del Estado de Emergencia en el distrito de Challhuahuacho, de la provincia de Cotabambas del departamento de Apurímac, así como la prórroga del Estado de Emergencia en parte del Corredor Vial Apurímac - Cusco - Arequipa, dispuestas mediante Decreto Supremo N° 056-2019-PCM. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de abril del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1759609-2

Decreto Supremo que declara en Estado de Emergencia algunos distritos de las provincias de Pasco, Oxapampa y Daniel Alcides Carrión, del departamento de Pasco, por desastre debido a intensas precipitaciones pluviales
DECRETO SUPREMO Nº 068-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 9.1 del artículo 9 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres", aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), con la debida sustentación; Que, mediante el Oficio Nº 267-2019-GRP/GOB. PASCO de fecha 01 de abril de 2019, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Pasco solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, la declaratoria del Estado de Emergencia de algunos distritos de las provincias de Pasco, Oxapampa y Daniel

Alcides Carrión, del departamento de Pasco, por desastre debido a intensas precipitaciones pluviales; Que, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) emite opinión sobre la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, para cuyo fin emite el informe técnico respectivo; Que, mediante el Oficio Nº 1638-2019-INDECI/5.0 de fecha 08 de abril de 2019, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), remite y hace suyo el Informe Técnico Nº 00054-2019-INDECI/11.0, de fecha 08 de abril de 2019, emitido por la Dirección de Respuesta de dicha Entidad, el cual señala que debido a intensas precipitaciones pluviales, se vienen registrando deslizamientos, huaicos, inundaciones, erosiones fluviales y asentamiento de terrenos, en algunos distritos de las provincias de Pasco, Oxapampa y Daniel Alcides Carrión, del departamento de Pasco; afectando la vida y la salud de la población, y provocando el colapso de viviendas e infraestructura vial, resultando necesario la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado; Que, para la elaboración del Informe Técnico Nº 00054-2019-INDECI/11.0 y sus conclusiones, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), ha tenido en consideración los siguientes documentos: (i) el Informe Nº 290-2019-G.R.P. GOB/ORGRSC de fecha 01 de abril de 2019; (ii) la Constancia de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de abril 2019 del Gobierno Regional de Pasco; y (iii) el Informe de Emergencia N° 425-02/04/2019 / COEN - INDECI / 19:00 Horas (Informe N° 06), del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) administrado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, asimismo, en el Informe Técnico Nº 00054-2019-INDECI/11.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) señala que las acciones de respuesta realizadas en las zonas afectadas son insuficientes; indicando que, por los daños ocasionados debido a las intensas precipitaciones pluviales, que se vienen presentando en algunos distritos del departamento de Pasco, la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Pasco ha sido sobrepasada; por lo que resulta necesaria la intervención del Gobierno Nacional, opinando por la procedencia de la solicitud y recomendando se declare en Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días calendario, teniendo en consideración la magnitud de daños y complejidad de solución, así como la duración del periodo de lluvias, algunos distritos de las provincias de Pasco, Oxapampa y Daniel Alcides Carrión, del departamento de Pasco, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente decreto supremo, por desastre debido a intensas precipitaciones pluviales; Que, estando a lo expuesto, y en concordancia con lo establecido en el numeral 43.2 del artículo 43 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en el presente caso se configura una emergencia de nivel 4; Que, en efecto, la magnitud de la situación descrita demanda la adopción de medidas urgentes que permitan al Gobierno Regional de Pasco y a los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento permanente del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Ministerio de la Producción y del Ministerio de Energía y Minas, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutar las medidas de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas, en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución,