Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2019 (11/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 11 de abril de 2019 /

El Peruano

(USMA), asumirá el costo de los gastos relacionados con el hospedaje, alimentación y actividades culturales de los citados Cadetes, correspondiendo a cada Escuela, asumir los gastos relacionados con los pasajes aéreos de ida y vuelta que correspondan; Que, mediante Hoja de Recomendación N° 036/U-4.b.1/05.00 del 25 de marzo de 2019 el Comandante General del Ejército, ha propuesto la designación del Cadete IV año EP Iván Alberto SIMBALA ZAPATA y del Cadete IV año EP Erik Alfredo MALLMA CONDOR, de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para visitar la Academia Militar de los Estados Unidos, West Point (USMA), en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 12 al 21 de abril de 2019; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos, suscrito por el Jefe de Educación del Ejército, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, a dos Cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para visitar la Academia Militar de los Estados Unidos de América West Point (USMA), que incluye clases académicas, marchas, actividades físicas y entrenamiento militar; cuyos conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio del Ejército del Perú, en tanto contribuyen a la formación, capacitación y entrenamiento del personal militar del Ejército; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe de Educación del Ejército de marzo de 2019, los gastos derivados por concepto de pasajes aéreos internacionales y el pago de viáticos en Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, en razón a que la Academia Militar del Ejército de los Estados Unidos de América cubrirá los gastos de Hospedaje, incluyendo alojamiento, alimentación y actividades culturales; y, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo único de la Resolución Ministerial N° 696-2013 DE/SG, donde se establece el porcentaje de pago para invitaciones que incluyan financiamiento parcial; en ese sentido, corresponde otorgar el pago del 20% de la escala de viáticos regulado en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Que, la actividad antes señalada se encuentra considerada en el Plan de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2019; el cual se encuentra pendiente de aprobación; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación de ambos Cadetes en la fecha requerida, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Decreto Supremo N° 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificado con el Decreto Supremo N° 056-213-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Cadete IV año EP Iván Alberto SIMBALA ZAPATA, identificado con DNI N° 71871020 y al Cadete IV año EP Erik Alfredo MALLMA CONDOR, identificado con DNI N° 71807249, de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para visitar la Academia Militar de los Estados Unidos, West Point (USMA), en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, en el

periodo comprendido del 12 al 21 de abril de 2019, así como autorizar su salida del país el 11 de abril de 2019 y su retorno al país el 22 de abril de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima ­ Nueva York (Estados Unidos de América) ­ Lima: US$ 950.00 x 02 personas (Clase económica) US$ 1,900.00 Viáticos por Misión de Estudios al Exterior (20%): US$ 440.00 x 10 días x 02 personas (12 al 21 abr 2019) Total a pagar en Dólares Americanos US$ 1760.00 -------------------US$ 3,660.00

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1759345-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Coordinadora de Gestión Comunitaria de la Unidad Técnica de Atención Integral del Programa Nacional Cuna Más
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 461-2019-MIDIS/PNCM Lima, 10 de abril de 2019 VISTO: El Memorándum N° 138-2019-MIDIS/PNCM/DE, de fecha 10 de abril de 2019, emitido por la Dirección Ejecutiva; el Memorándum N° 661-2019-MIDIS/PNCM/ UGTH, de fecha 10 de abril de 2019; el Informe N° 525-2019-MIDIS/PNCM/UAJ, de fecha 10 de abril de 2019, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional Cuna Más, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema, el cual brinda sus servicios a través de dos modalidades de intervención: a) Cuidado Diurno y b) Acompañamiento a Familias, y cuyo plazo de vigencia fue ampliado mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MIDIS hasta el 31 de diciembre de 2022; Que, mediante Resolución Ministerial N° 274-2017-MIDIS, publicada el 12 de diciembre de 2017, se resolvió aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más, en el cual se determina su estructura, funciones generales, funciones específicas de las unidades que lo integran, así como los principales