Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2017 (10/08/2017)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

36

NORMAS LEGALES

Jueves 10 de agosto de 2017 /

El Peruano

lengua indígena como un activo cultural y económico para el desarrollo personal de sus hablantes. Promover la visibilización y el reconocimiento de las lenguas indígenas puede tener influencias positivas en las actitudes de la comunidad hacia la lengua, extender e incrementar su uso en nuevos espacios como el político y la vida social, y alcanzar de esta manera a las generaciones más jóvenes. Los padres podrán ser persuadidos de enseñar su lengua a sus hijos si ven que ésta se usa en espacios públicos como el educativo, la administración pública, el gobierno local, los medios de comunicación, los centros de trabajo, etc. La transmisión y la enseñanza de las lenguas indígenas se incrementarán en la medida en que la sociedad las valore positivamente (estatus) y sean utilizadas en más ámbitos. En ese sentido, es importante transmitir el mensaje de que las lenguas indígenas, además de constituir patrimonio cultural de la nación, constituyen una ventaja comparativa al momento de incorporarse al mercado laboral. Por otro lado, la Política Nacional contempla el desarrollo de estrategias de revitalización lingüística, incluyendo el desarrollo de capacidades sobre técnicas de revitalización al interior de los pueblos indígenas, a fin de impulsar el mayor número posible de acciones que tengan por finalidad la generación de nuevos hablantes de lengua indígena. En este eje se han contemplado además, lineamientos para promover el registro de Tradición Oral, haciendo especial incidencia en el hecho de que todo proceso de registro o investigación debe asegurar el retorno y la accesibilidad de la información para los pueblos indígenas involucrados. Para eso, el Estado debe contar con un registro que permita almacenar los datos, procesados o no, que resulten de las mencionadas investigaciones.
EJE 2: ADQUISICIÓN DE LA LENGUA INDÍGENA U ORIGINARIA OBJETIVO 4. Fortalecer la identidad cultural y los procesos de transmisión de la lengua indígena y la tradición oral en los pueblos indígenas. LINEAMIENTOS 4.1. Promover la transmisión intergeneracional de las lenguas indígenas u originarias como un activo para el desarrollo personal y el fortalecimiento de la identidad de sus hablantes. 4.2. Incentivar el aprendizaje no escolarizado de las lenguas indígenas u originarias (oral y escrito) entre los miembros de los pueblos indígenas u originarios, incluidos los hablantes de herencia. 4.3. Promover al interior de los pueblos indígenas la producción de publicaciones orales, escritas y/o audiovisuales en lengua indígena. 4.4. Promover la transmisión de la tradición oral considerando especialmente el rol del adulto mayor en estos procesos. 4.5. Desarrollar, entre los miembros de los pueblos indígenas, competencias de recopilación, registro e investigación sobre la tradición oral de sus pueblos. 4.6. Promover la investigación y el registro de las manifestaciones de tradición oral identificando, en cada caso, su nivel de vulnerabilidad y garantizando el libre acceso de los pueblos indígenas a esa información. 4.7. Promover las iniciativas articuladas de salvaguardia de las lenguas transfronterizas, considerando las fronteras nacionales y regionales. 5.1. Promover el desarrollo de capacidades sobre técnicas de revitalización de lenguas al interior de los pueblos indígenas. 5.2. Implementar estrategias de diagnóstico y documentación de la lengua y la cultura con fines de recuperación y revitalización, fortaleciendo los procesos surgidos desde los propios pueblos indígenas. 5.3. Desarrollar estrategias diferenciadas destinadas al fortalecimiento y/o restitución de la transmisión de lenguas indígenas u originarias. 5.4. Desarrollar, promover y fortalecer procesos de recuperación de lenguas extintas en las comunidades de herencia.

que sean "modernizadas", es decir, que se implementen medidas para incrementar su vocabulario, para la generación de nuevos estilos textuales, de modo que las lenguas como códigos comunicativos sean aptas para su uso en distintos ámbitos de la vida de sus pueblos. Todas estas actividades de desarrollo deben realizarse participativamente y bajo la coordinación del Estado. Ello, a fin de asegurar que todas las investigaciones que se realicen sobre las lenguas indígenas garanticen el retorno y la accesibilidad de la información para los pueblos indígenas involucrados y para futuras investigaciones sobre la materia.
EJE 3: DESARROLLO DE LAS LENGUAS INDÍGENAS U ORIGINARIAS OBJETIVO LINEAMIENTOS 6. Promover el 6.1. Promover la investigación que trate sobre las desarrollo oral lenguas indígenas o estén elaboradas en ellas, con y escrito de las especial énfasis en las universidades, centros de lenguas indígenas u investigación y las entidades del sector público. originarias. 6.2. Institucionalizar a nivel nacional espacios de coordinación de enseñanza, investigación y desarrollo de las lenguas indígenas u originarias. 6.3. Promover el consenso de alfabetos, equivalencias y las reglas de escritura uniforme de lenguas indígenas u originarias conforme a las competencias y normas establecidas. 6.4. Promover la ampliación del vocabulario de las lenguas indígenas u originarias (neologismos), incluido el desarrollo de terminología científica y técnica. 6.5. Promover el desarrollo de nuevos géneros textuales orales y escritos en lenguas indígenas u originarias. 6.6. Promover e incentivar la elaboración y publicación de diccionarios, gramáticas, manuales en ediciones bilingües y accesibles, entre otros recursos para el conocimiento de la lengua. 6.7 Promover el estudio de las denominaciones toponímicas en lenguas indígenas u originarias.

Finalmente, cabe precisar que estos 33 lineamientos serán desarrollados con detalle en el Plan Multisectorial que implementará la Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad. IV. FORMULACIÓN E POLÍTICAS REGIONALES IMPLEMENTACIÓN DE

5. Revitalizar y recuperar las lenguas indígenas u originarias, asegurando métodos participativos, con énfasis en las lenguas más vulnerables.

EJE 3: Desarrollo de las lenguas indígenas u originarias El desarrollo implica que las lenguas indígenas u originarias sean objeto de mejoras y enriquecimiento,

De acuerdo con el artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales del Estado es de responsabilidad de las autoridades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales. En ese sentido, los lineamientos de esta política y el Plan Multisectorial para su implementación son de obligatorio cumplimiento en todos los niveles de gobierno y por las personas jurídicas privadas referidas en el numeral 8 del artículo I del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, de acuerdo con el marco normativo vigente. No obstante lo anterior, y considerando la diversidad de las realidades regionales, así como que las políticas públicas orientan la acción pública en el marco de un Estado unitario pero a la vez descentralizado, el artículo 13 de la Ley N° 29735 ha previsto la formulación de políticas regionales en base a los lineamientos de la Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad, las que deben aprobarse por ordenanza y con la participación de los pueblos indígenas u originarios. En efecto, el diseño de las políticas regionales requiere de la participación activa y permanente de los pueblos indígenas u originarios, a través de sus organizaciones representativas, lo cual tiene amparo en su derecho de participación. La Política Nacional otorga un tratamiento general a las 47 lenguas indígenas u originarias, de modo que las necesidades particulares de cada una de las lenguas indígenas deben ser atendidas a través de políticas regionales. En ese sentido, y si bien el Ministerio de Cultura cuenta con información general sobre las lenguas indígenas, resulta necesario que los gobiernos regionales,