Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2017 (10/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Jueves 10 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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1.5.6. Política Sectorial de Educación Intercultural y Educación Intercultural Bilingüe 1.5.7. Política Sectorial de Salud Intercultural 1.5.8. Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social II. DIAGNÓSTICO 2.1. ANTECEDENTES DE LA POLÍTICA NACIONAL 2.2. ESTADO DE LA CUESTIÓN 2.2.1. Limitaciones para determinar el estado de la cuestión 2.2.2. Características socioeconómicas de los hablantes de lenguas indígenas 2.2.3. Discriminación por el uso de lenguas indígenas u originarias 2.2.4. Registro Nacional de Traductores e Intérpretes de Lenguas Indígenas del Ministerio de Cultura 2.2.5. Avances en el ámbito nacional 2.2.6. Avances a nivel regional 2.3. IDENTIFICACIÓN DE PROBLEMAS 2.3.1. Problema público general 2.3.2. Problemas públicos específicos III. FORMULACIÓN DE LA POLÍTICA 3.1. CONSIDERACIONES INICIALES Derechos lingüísticos Predominancia lingüística y el Mapa Etnolingüístico del Perú Planificación lingüística 3.2. ENFOQUES TRANSVERSALES Enfoque intercultural Enfoque de derechos humanos Enfoque de género Enfoque intergeneracional Enfoque de acción participante Enfoque de articulación intersectorial e intergubernamental Enfoque de corresponsabilidad público-privada Enfoque de interseccionalidad Enfoque territorial 3.3. DEFINICIÓN DE LINEAMIENTOS Objetivo general Objetivos específicos Ejes y lineamientos OBJETIVOS, EJES Y

IV. FORMULACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE POLÍTICAS REGIONALES V. ESTÁNDARES NACIONALES DE CUMPLIMIENTO VI. GLOSARIO DE TÉRMINOS VII. DOCUMENTOS CONSULTADOS POLÍTICA NACIONAL DE LENGUAS ORIGINARIAS, TRADICIÓN ORAL E INTERCULTURALIDAD INTRODUCCIÓN La formulación de la Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad obedece al mandato de la Ley N° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú. En ese sentido, se conformó una Comisión Multisectorial de Naturaleza Temporal (Resolución Suprema N° 026-2016-MC), integrada por trece entidades del sector público y dos organizaciones indígenas, que tiene a su cargo presentar la propuesta de la Política Nacional garantizando la participación de las organizaciones que representan a los pueblos originarios, andinos y amazónicos. De acuerdo a la información oficial, en el Perú se hablan 47 lenguas indígenas u originarias. Cada una de ellas, representa una conjunción de saberes, historias, costumbres, así como una particular forma de interpretar la vida e interactuar con el entorno. A través del uso de sus lenguas, los pueblos conservan y transmiten sus afectos, tradiciones, cosmovisiones, valores y conocimientos a las siguientes generaciones y al mundo. Por eso, las lenguas son parte esencial de la identidad cultural y social de los pueblos indígenas del Perú, y, por consiguiente, de nuestra identidad nacional1. En ese sentido, la pérdida de

cualquier lengua representa una pérdida irreparable para toda la humanidad2. Sin embargo, la diversidad cultural y lingüística del Perú no siempre ha sido abordada con una actitud positiva; al contrario, históricamente ha sido negada e invisibilizada; generando procesos estructurales de exclusión y discriminación que han contribuido a la generación de importantes brechas económicas, sociales y de acceso a derechos en perjuicio de los pueblos indígenas u originarios. Incluso hasta hoy, existen ciudadanos y autoridades que creen que la diversidad lingüística es un obstáculo para el desarrollo, una dificultad que el Estado supuestamente debería superar a través de la homogeneización lingüística de la población, es decir, castellanizando a los hablantes de lenguas indígenas u originarias. Así, en el Perú, durante siglos, el poder político y económico ha impuesto el castellano como la única lengua válida y de prestigio. Generando con ello, un proceso de desprestigio de las lenguas indígenas u originarias y la discriminación sistemática de sus hablantes. Por años, las lenguas indígenas han sido consideradas inferiores por estar asociadas a los pueblos indígenas y éstos, a su vez, a la pobreza y el analfabetismo. Lo mencionado se refleja en un país que posee una administración pública monolingüe para interactuar con una sociedad que habla 47 lenguas indígenas. En ese contexto, esta Política Nacional se constituye en la herramienta que permita a las autoridades de los diferentes sectores y niveles de gobierno asumir compromisos concretos para garantizar la efectiva implementación del marco jurídico que protege los derechos lingüísticos de los hablantes y la salvaguarda de las lenguas indígenas. Los lineamientos de esta Política Nacional reflejan las prioridades del Poder Ejecutivo en materia de lenguas indígenas, tradición oral e interculturalidad, y busca integrar y dar coherencia a todas las acciones que se implementen en los diferentes niveles de gobierno. Conviene subrayar que esta Política Nacional posee lineamientos específicos para la población hablante de lenguas indígenas originarias pero también lineamientos generales dirigidos a toda la población peruana. Como se podrá deducir, los derechos lingüísticos de los hablantes de lengua indígena solo podrán garantizarse si la sociedad peruana en su conjunto valora positivamente las lenguas indígenas y si se eliminan las prácticas discriminatorias contra sus hablantes. De modo que esta Política tiene alcance nacional e incluye como beneficiarios tanto a los hablantes de lengua indígena, pertenezcan o no a pueblos indígenas, como a los que no hablan ninguna lengua indígena. Asimismo, debe precisarse que los lineamientos de esta Política Nacional se centran en la protección de los derechos lingüísticos, cuyo goce esta evidentemente conectado al disfrute de otros derechos fundamentales asociados, la mayoría de las veces, al acceso a servicios públicos. Sin embargo, la planificación lingüística no será suficiente para superar la situación de exclusión y discriminación en la que muchas veces viven los pueblos indígenas u originarios. Finalmente, debe considerarse la diversidad de realidades regionales y locales, en ese sentido, la Ley N° 29735 establece que cada Región elaborará sus respectivas Políticas Regionales de lengua originaria, tradición oral e interculturalidad en base a los lineamientos generales que se establecerán en la Política Nacional. Con ese fin, el Ministerio de Cultura, a través de la Dirección de Lenguas Indígenas, ofrecerá asistencia técnica para el diagnóstico regional de vitalidad de las lenguas indígenas y de los derechos lingüísticos de los hablantes de lengua indígena, así como de la situación de las lenguas indígenas existentes en su jurisdicción.
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MINISTERIO DE CULTURA. (2015). Diez cosas que debes saber sobre las lenguas indígenas peruanas y sus hablantes. Lima: Dirección de Lenguas Indígenas. UNESCO. (2003). Vitalidad y peligro de desaparición de las lenguas. Documento adoptado por la Reunión Internacional de Expertos sobre el programa de la UNESCO "Salvaguardia de las Lenguas en Peligro" 10-12 de marzo de 2003. París, p. 1.