Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2015 (11/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Martes 11 de agosto de 2015 /

El Peruano

nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Sylvia Elizabeth Cáceres Pizarro en el cargo de Asesora del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1272502-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Oficializan el "II Congreso Binacional de Contadores Públicos Perú - Ecuador", a realizarse en la ciudad de Piura
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 014-2015-EF/51.01 Lima, 7 de agosto de 2015 Visto: El Oficio N° 054-2015-CCPP del Colegio de Contadores Públicos de Piura. CONSIDERANDO: Que, la Decana del Colegio de Contadores Públicos de Piura, mediante el oficio N° 054-2015-CCPP solicita

la oficialización del "II CONGRESO BINACIONAL DE CONTADORES PÚBLICOS PERÚ-ECUADOR" para los días 27, 28 y 29 de agosto de 2015 en la ciudad de Piura; Que, el artículo 20° de la Constitución Política de 1993, dispone: "Los colegios profesionales son instituciones autónomas con personalidad de derecho público. La ley señala los casos en que la colegiación es obligatoria"; Que, el inciso g) del artículo 6° Atribuciones de los Colegios de Contadores Públicos de la Ley N° 28951, Ley de Actualización de la Ley N° 13253, de Profesionalización del Contador Público y de Creación de los Colegios de Contadores Públicos, dispone: "Organizar certámenes nacionales e internacionales con el fin de analizar y/o difundir los avances doctrinarios y técnicos de la profesión contable"; Que, por Resolución Ministerial N° 239-2005-EF/10 se ha delegado en el Contador General de la Nación, la facultad de oficializar seminarios, congresos, cursos y otros relacionados con la Contabilidad que organicen la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y sus Colegios de Contadores Públicos Departamentales; y En uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N° 239-2005-EF/10, concordante con el inciso g) del artículo 6° de la Ley N° 28951; SE RESUELVE: Artículo Único.- Oficializar el "II CONGRESO BINACIONAL DE CONTADORES PÚBLICOS PERÚECUADOR", organizado por el Colegio de Contadores Públicos de Piura a realizarse los días 27, 28 y 29 de agosto de 2015. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Director General Dirección General de Contabilidad Pública 1272314-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN